14
días
han pasado desde el robo de nuestras instalaciones. No nos rendimos, seguimos comprometidos con informarte.
SUSCRIBITE PARA QUE PODAMOS SEGUIR INFORMANDO.
Discapacidad

José Antonio López, abogado laboralista de la CPDH. LA PRENSA/E. ROMERO

Tribunal de Apelaciones ampara a trabajadora con discapacidad

El Tribunal de Apelaciones de Managua notificó a la trabajadora con discapacidad despedida de la Asamblea Nacional que aceptó un recurso de amparo introducido en contra del Legislativo.

La Sala Civil número Uno del Tribunal de Apelaciones de Managua ( TAM) aceptó el recurso de amparo introducido por la extrabajadora con discapacidad despedida por la Asamblea Nacional, Martha Raquel Cabrera.

El abogado de la Comisión Permanente de Derechos Humanos (CPDH), José Antonio López, explicó que esa Sala pidió un informe a la Juez Quinto de Distrito del Trabajo, Mayra Woo Escobar que admitió la cancelación de contrato por parte de la Asamblea Nacional sin observar el debido proceso.

“Ellos están acogiendo el sentir o el pedir de Martha Raquel al decir aquí hubo una violación a los derechos laborales, que no se siguió el debido proceso, y debemos de recordar que nuestra Constitución Política dice que Nicaragua es un Estado social de derecho y debemos recordar también que estamos hablando de una trabajadora con discapacidad”, sostuvo López.

Esa Sala ordena a la judicial envíe el informe sobre el caso a la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en un período de diez días.

Esto para López demuestra que cuando fue notificado el reintegro el mismo día la Asamblea Nacional introducía un escrito en que se negaba a reintegrarla y por el contrario le anunció a la juez que pagarían la doble indemnización.

Según el artículo 156, inciso 1, del Código Procesal Laboral indica que se deberá notificar al Juzgado y al trabajador por lo que “se hizo algo indebido”, alega López.

“Aquí cabía dar lugar al reintegro a Martha Raquel, por eso se recurrió de amparo”, señala el abogado López.

El 28 de junio la judicial determinó que quedaba por finalizada la relación laboral entre Cabrera y el Estado de Nicaragua, en este caso con la Asamblea Nacional y únicamente mandó a oir a Cabrera para conocer su propuesta sobre la liquidación final.

Al aceptar esa Sala del TAM el recurso introducido por Cabrera, también manda a suspender la resolución de la judicial “por cuanto el acto recurrido es materia de fondo sobre lo que ha de conocer y resolverl la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia”.

Puede interesarte

×

El contenido de LA PRENSA es el resultado de mucho esfuerzo. Te invitamos a compartirlo y así contribuís a mantener vivo el periodismo independiente en Nicaragua.

Comparte nuestro enlace:

Si aún no sos suscriptor, te invitamos a suscribirte aquí