14
días
han pasado desde el robo de nuestras instalaciones. No nos rendimos, seguimos comprometidos con informarte.
SUSCRIBITE PARA QUE PODAMOS SEGUIR INFORMANDO.
transparencia

Hacia mayor financiamiento e inversión

Desde nuestras primeras Agendas Cosep en el año 2009 hemos planteado la necesidad de fortalecer la competitividad del país.

Desde nuestras primeras Agendas Cosep en el año 2009 hemos planteado la necesidad de fortalecer la competitividad del país. Como parte de nuestras propuestas hemos priorizado los temas de acceso a financiamiento y mejora y desarrollo de nueva infraestructura.

De hecho, en la Encuesta de Empresas Sostenibles que presentamos a inicios de este año, ambos temas encabezan los principales obstáculos señalados por los empresarios entrevistados para el desarrollo de sus empresas.

En este sentido en los próximos días se estarán aprobando dos proyectos de ley consensuados que responden a los temas priorizados como son la Ley de Garantías Mobiliarias y la Ley de Asociación Público Privada.

En relación con nuestro objetivo de garantizar un mayor acceso al financiamiento para nuestras empresas, en particular para el sector Pyme que tiene dificultades para acceder al crédito, hemos consensuado la Ley de Garantías Mobiliarias.

Con la ley buscamos promover el crédito a través de la regulación de todo tipo de garantías mobiliarias, mediante la ampliación de los bienes, derechos o acciones que puedan ser objeto de garantías obligacionales; lo cual permitiría superar el problema de convertir en sujetos de crédito a empresas que hasta este momento se le ha dificultado el acceso al crédito.

El contenido normativo que hemos venido trabajando los equipos técnicos del sector público y privado nos ha permitido contar con una versión que incorpora los aportes y visión de todos los actores involucrados.

La ley permitiría la ampliación del universo de los sujetos de crédito que tienen derecho de acceder a oportunidades de créditos o constituir relaciones obligacionales, a garantizar una mayor amplitud para que todo tipo de obligación sea susceptible de ser garantizada con una garantía mobiliaria y una mayor flexibilidad para constitución y contrato de garantías mobiliarias.

También debemos destacar que la ley plantea una clara identificación de los derechos y obligaciones de las partes, es precisa en la transparencia en cuanto a publicidad, prelación y efectos de una garantía, para lo cual entre otras cosas se crea el Registro Público de Garantías Mobiliarias.

Asimismo, por seguridad jurídica se mantienen los procedimientos de ejecución judicial (forzosa) en el Código Procesal Civil y establece un procedimiento especial por acuerdo de partes para ejecución extrajudicial que en forma expresa reconoce los métodos alternos de solución de controversias al remitir a la Ley No. 540, Ley de Mediación y Arbitraje.

Por el otro lado, en relación a mejorar y desarrollar nueva infraestructura, hemos logrado llegar a consenso con la Ley de Asociación Público Privada que es fundamental no solo para responder a la demanda de infraestructura sino para continuar atrayendo inversión y generando empleo en el país.

La intención gremial empresarial es que a partir de esta ley se puedan celebrar en el país contratos de Asociación Público Privada para el desarrollo de infraestructura pública sobre bienes públicos y para la prestación de servicios públicos o de interés general.

La ley tiene como objetivo permitir la construcción, ejecución, reparación, aprovechamiento, mantenimiento, modernización, mejoramiento y la operación de dicha infraestructura o la prestación de sus servicios asociados; explorando fuentes complementarias de ingresos para el inversionista privado que faciliten el financiamiento de la infraestructura pública.

En particular, se busca contar con la financiación de infraestructura y servicios públicos que son necesarios, y para ello era necesario dotar al país de un moderno marco normativo y regulatorio para la ejecución de proyectos bajo el modelo de Asociación Público Privada, en un esquema que implica la distribución de los riesgos del proyecto entre las partes y el desarrollo de esquemas de remuneración asociados a la disponibilidad y el nivel del servicio.

El marco normativo recoge las mejores prácticas internacionales e incorporan las figuras jurídicas que permitan la rectoría del Estado, el incentivo a la inversión, transparencia, publicidad y auditoría social, rentabilidad social, eficiencia económica, competitividad de los participantes privados, seguridad, responsabilidad fiscal, supervisión y fiscalización, condiciones de calidad y modernidad, debido proceso, integridad y probidad, RSE y sostenibilidad ambiental.

Es relevante destacar que en la ley se establece un Régimen de Licitación conducido por la Institución Contratante, detallándose todas las etapas procedimentales que permita cumplir con cada etapa de los procesos licitatorios, en observancia de los principios de transparencia, objetividad, publicidad y debido proceso.

Con estas leyes estaremos avanzando en garantizar mayor acceso al financiamiento del sector Pyme, pero también estaremos promoviendo la atracción de inversiones para el desarrollo de infraestructura y servicios para toda la población nicaragüense.

Columna del día

Puede interesarte

×

El contenido de LA PRENSA es el resultado de mucho esfuerzo. Te invitamos a compartirlo y así contribuís a mantener vivo el periodismo independiente en Nicaragua.

Comparte nuestro enlace:

Si aún no sos suscriptor, te invitamos a suscribirte aquí