El proyecto de Ley de Justicia Constitucional dejará en la “indefensión” a los nicaragüenses porque no podrá recurrirse por inconstitucionalidad ante una ley que haya sido anteriormente considerada “cosa juzgada” por la Corte Suprema de Justicia (CSJ), según el análisis que hace el jurista Uriel Pineda, experto en derechos humanos.
La Ley de Justicia Constitucional está propuesta para reemplazar a la actual Ley de Amparo. El texto de la nueva ley fue elaborado por magistrados de la CSJ, siendo su principal creador el magistrado sandinista, Francisco Rosales; y participaron además diputados sandinistas.
Pineda no encuentra “diferencias significativas” en el texto general de la Ley de Justicia Constitucional con la Ley de Amparo, pero el punto que causa inquietud es sobre el abordaje referido a los conflictos entre poderes de Estado.
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Señala el jurista que en la iniciativa de ley, los diputados incorporan en el recurso de inconstitucionalidad un nuevo concepto que le llaman efecto de cosa juzgada en la sentencia por inconstitucionalidad.
CSJ bloqueará
“¿Qué significa esto?”, explica Pineda, que si bien se mantendría el derecho de los ciudadanos de poder recurrir por inconstitucionalidad contra una ley que apruebe la Asamblea Nacional, si considera que es contraria al espíritu de la Constitución Política de Nicaragua, se enfrentará al bloqueo en la CSJ.
“Este nuevo principio de cosa juzgada lo que viene a hacer es que si se aprueba una ley x y la ciudadanía activa ese principio de recurrir por inconstitucionalidad y la Corte resuelve favorablemente al gobierno o de las autoridades descartando el recurso, eso tiene efecto de cosa juzgada”, explica.
Dice el especialista en temas de derechos humanos que en la práctica este principio de cosa juzgada en la Ley de Justicia Constitucional haría, que, por ejemplo, no se pueda actuar en contra en el caso del Canal Interoceánico donde la CSJ ya emitió una sentencia (la 30), donde declara constitucional la Ley 840, que otorga la concesión.
“De aplicarse la Ley de Justicia Constitucional, en el supuesto de que construyan el Canal o empiecen a hacer obras relacionadas con este, y empiecen a expropiar o a afectar cualquier otro derecho de las personas (en la ruta de construcción), a la hora que quieran ampararse los afectados van a tener dificultad por ese principio de cosa juzgada”, indica.
“Van a salir en la Corte con el argumento de que esto ya se declaró constitucional (la Ley 840)”, dice Pineda.
Indefensión
Opina el jurista que ante el riesgo de quedar la ciudadanía “en indefensión” por la Ley de Justicia Constitucional se debe gestionar para que se reforma la propuesta antes de que se apruebe en la Asamblea.
“Se genera indefensión a las personas porque ya no tienen mecanismos legales ante una arbitrariedad en este contexto de que ya se haya pronunciado sobre la inconstitucionalidad en el poder judicial y por tanto se le deniega el acceso a la justicia”, sostiene.
Pineda advierte que esa aplicación de cosa juzgada “crea zozobra” e “inseguridad jurídica” en todos los ámbitos.
Consulta interrumpida
La consulta de la nueva iniciativa está en manos de una Comisión Especial integrada en su mayoría por diputados sandinistas.
Aunque se aprobó inicialmente un programa de consultas a gremios de abogados, universidades, sector privado y organismos de la sociedad civil, así como del poder judicial, el proceso se interrumpió primero porque la Comisión Especial vio necesario ampliar el listado de personas y organizaciones a pedir su opinión sobre el proyecto de ley.
La presidenta de esa Comisión, la diputada sandinista Auxiliadora Martínez, refirió el jueves pasado, que se pidió a los gremios que enviaran por escrito sus opiniones sobre la propuesta de Ley de Justicia Constitucional.