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Uriel Pineda

La demanda de elecciones libres

La visita del secretario general de la OEA, Luis Almagro, ha generado muchas expectativas en torno al futuro inmediato del país, siendo la principal demanda volver a tener en Nicaragua elecciones libres.

Para garantizar esto, la lista de demandas es encabezada por el cambio de los magistrados del Consejo Supremo Electoral (CSE), seguido de permitir la observación electoral nacional e internacional, pero es necesario un cambio igualmente relevante que parece no incomodarle a los partidos de oposición, pese a que fue determinante en todos los fraudes electorales desde el 2008.

La Ley Electoral en su artículo 16 permite que el presidente y su suplente en los consejos electorales (municipales, departamentales y regionales) y las Juntas Receptoras de Votos (JRV) sean alternados entre los partidos políticos que obtuvieron el primero y el segundo lugar en las últimas elecciones generales. Esto significa que en Nicaragua los votos los cuenta el partido que está en el gobierno, junto con el partido que haya obtenido el segundo lugar en la última elección general. El hecho que a Eduardo Montealegre le hayan quitado la representación legal de ALN en el 2008 y la del PLI hace unos meses, implica que el régimen de

Ortega ha contado solo los votos siempre.
Dicha configuración legal en nuestra Ley Electoral es incompatible con estándares internacionales de Derechos Humanos relacionados al derecho al voto. La Observación General 25 al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, desarrolla el alcance del derecho a la participación política, fue aprobada por el Comité de Derechos Humanos de la ONU en 1996 y establece en su párrafo 20 que: “Debe establecerse una junta electoral independiente para que supervise el proceso electoral y garantice que se desarrolla en forma justa e imparcial y de conformidad con disposiciones jurídicas compatibles con el Pacto”.

Los ciudadanos tenemos derecho a que los consejos electorales sean independientes respecto de los partidos políticos e imparciales en la toma de decisiones. Adicionalmente, los partidos políticos tienen derecho a fiscalizar el proceso y escrutinio como lo consagra el mismo párrafo de la referida Observación General, al estipular que: “Deberá garantizarse la seguridad de las urnas y los votos deben escrutarse en presencia de los candidatos o de sus agentes”.

En septiembre pasado, LA PRENSA publicó una entrevista que realicé en la Ciudad de México al Consejero del Instituto Nacional Electoral (INE), Arturo Sánchez, sobre el funcionamiento del sistema electoral en el país azteca. En esa oportunidad le pregunté al consejero si se mostraría a favor de un sistema electoral donde los partidos políticos cuenten los votos, la pregunta le pareció muy extraña, pero respondió con contundencia: “De ninguna manera, por una razón, no hay forma de impedir que los partidos políticos tengan un interés”.

Sánchez también compartió que en México, para determinar quiénes cuentan los votos, el INE hace dos sorteos, primero se escoge un mes del año, y de ese universo de personas registradas para votar nacidas en ese mes, se hace un segundo sorteo para escoger una letra. Finalmente, las personas que nacieron en ese mes y que su apellido inicia con esa letra, son quienes contarán los votos, siendo imposible para los partidos políticos predeterminar quién realizará el conteo.

Creo puede ser inútil cambiar a los magistrados del CSE si el vicio de la contaminación política está “desde abajo”. El restablecimiento de la democracia en Nicaragua pasa por ciudadanizar los consejos electorales  y JRV, para garantizar nuestro derecho a órganos electorales independientes de la influencia de partidos políticos e imparciales en la presentación de los resultados.

No hay que perder de vista que la subsistencia de la democracia en Nicaragua depende de recuperar la confianza en el proceso electoral.

El autor es maestro en Derechos Humanos.

Opinión #EleccionesNi2016 elecciones libres Nicaragua archivo
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