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Camión colisiona con ruta 113 en el sector de enatrel en Ciudad Sandino. Managua 17 de diciewmbre de 2016. FOTO LA PRENSA/Lissa Villagra

Muerte en las vías es mediada

En la mediación se busca resarcir el daño a la víctima y es monetario porque la vida no la podes reponer, entonces pagan gastos fúnebres y una cantidad considerable para quienes dependían económicamente del difunto, agregó el juez suplente William Larios.

En lo que va del año han ingresado 83 acusaciones por homicidio imprudente en los juzgados de Managua, según datos estadísticos de esta institución. En estos incluyen los procesados por causar muerte en accidentes de tránsito que son la mayoría.

Las acusaciones por este delito han disminuido respecto al 2015 que se presentaron 127 causas, aunque las muertes por accidentes de tránsito han aumentado a casi 700 en lo que va del año, según datos de la Policía Nacional.

En esta categoría también se suman los que provocan la muerte por negligencia médica por no guardar el debido cuidado. La mayoría de estos casos terminan en mediación aseguran jueces.

Los casos relevantes en este año son el homicidio imprudente del doctor David Páramo en perjuicio de Lizandra Jarquín, quien falleció después que este le practicó una liposucción y un aumento graso de glúteos; el caso de Fernando Reyes Chévez, el conductor de bus que causó la muerte de la trabajadora del poder judicial Ingrid Gaitán Rosales y a su hijo Elías Baltodano Gaitán, frente al Conchita Palacio.

Pena aumenta si hay presencia de alcohol

También está el caso del policía Diego Alfaro Blanco que por falta de pericia mató a una niña y lesionó a su mamá que caminaban sobre el anden peatonal, estos llegaron a mediación aunque se desconocen los términos.

Estos casos generalmente se tramitan en los juzgados locales penales, pero si la persona que conduce y causa el accidente, va en estado de ebriedad se tramita en juzgados de distrito penales de audiencia. Cualquiera que sea la circunstancia del homicidio imprudente se puede mediar si las partes así lo desean porque no existe la intención de matar y porque la pena es menor a los cinco años de cárcel, explicó la doctora Indiana Gallardo, titular del Juzgado Noveno Distrito Penal de Audiencia de Managua.

La mediación generalmente se da después de la audiencia preliminar porque los familiares de la víctima están dolidos y no quieren saber de nada, explicó el juez suplente Enrique William Larios.

En la mediación se busca resarcir el daño a la víctima y es monetario porque la vida no la podes reponer, entonces pagan gastos fúnebres y una cantidad considerable para quienes dependían económicamente del difunto, agregó Larios.

“Lo que nosotros controlamos en la mediación es que se respeten los derechos de las partes, ni uno se debe aprovechar de la necesidad de uno ni del dolor del otro. Los arreglos deben ser voluntarios, posibles, exigibles y con plazo definido a cambio de la suspensión de la acción penal a favor del procesado”, dijo Larios.

El homicidio imprudente se tramita bajo prisión preventiva porque el hecho es grave porque privó de la vida a una persona. “Si las partes no llegan a mediación el procesado queda preso”, dijo la juez Gallardo.

Homicidio imprudente en Código Penal

Según el Código Penal de Nicaragua, quien cause un homicidio por imprudencia temeraria, entendiéndose como tal la violación de las normas elementales de cuidado, se castigará con la pena de uno a cuatro años de prisión.

En cambio, quien cause un homicidio por impudencia temeraria bajo los efectos de fármacos, drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o bebidas alcohólicas será penado con prisión de cuatro a ocho años.

Además de la pena privativa, se impondrá la de inhabilitación especial por el período de la condena cuando la muerte sea producida con ocasión del ejercicio de profesión u oficio; de privación del derecho de conducir u obtener licencia cuando se produzca mediante la conducción de un vehículo automotor, o de privación del derecho a tenencia y portación de armas, cuando sea producida mediante el uso de ellas.

4 años de prisión e inabilitación especial del derecho de conducir por el mismo período de tiempo, fue la pena impuesta a Fernando Reyes Chévez, por el homicidio imprudente de Ingrid Patricia Gaitán Rosales y su hijo Joar Elías Baltodano Gaitán, de seis años.

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