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Propuesta de Ley de Cambio Climático apuesta por la rendición de cuentas

Propuesta de Ley de Cambio Climático considera que es necesario la rendición de cuentas por medio de auditorías sociales, ya que la población debe saber en qué se invierte el dinero destinado para proyectos o programas con ese fin.

Que cada nicaragüense conozca cómo se utilizó el financiamiento para programas y proyectos dirigidos a mitigación, planificación y adaptación ante el cambio climático es parte de la propuesta de ley de cambio climático.

Esta iniciativa denominada Ley General de Gestión Integral para la Adaptación y Mitigación ante el Cambio Climático contiene 13 principios rectores y fue presentada a otros actores este jueves.

La  propuesta que tiene en su cuerpo 51 artículos es resultado de procesos de consultas con comunidades de diversas partes del país, organizaciones no gubernamentales ambientalistas y un grupo de expertos, dijo Carlos Méndez, punto focal de la Alianza Nicaragüense de Cambio Climático (Anacc).

En Nicaragua, la mayoría de las leyes no establecen principios referidos a la rendición de cuentas a través de auditorías sociales de los programas y proyectos, explicó Méndez.

“Se va a disponer de fondos para el financiamiento internacional que venga al país para gestionar acciones (…), pero estos deben estar sujetos a mecanismos de rendición y transparencia”, argumentó.

Las comunidades deben de conocer en qué y cómo se están utilizando los fondos y cuáles son los efectos que implica. “Es una responsabilidad de las autoridades nacionales rendir cuentas”, dijo Morales. La Ley busca regular el marco jurídico en torno a la temática ambiental, expresó Víctor Campos, director de Centro  Humboldt.

Llaman a formar comité climático

Por medio de la creación de un Comité Nacional de Cambio Climático se piensa que este pueda diseñar la Política y el Plan Nacional de Cambio Climático, además de fomentar la implementación de mecanismos de desarrollo limpio se lee en la propuesta de Ley.

También no se deja por fuera las responsabilidades compartidas. En el artículo 21 se propone que una actividad pública o privada que genere un peligro o amenaza un ecosistema ante el cambio climático, la autoridad competente podrá restringir, modificar o cancelar las concesiones.

Para Alejandro Alemán, oficial de cambio climático de Centro Humboldt, “el clima está cambiando y en un país en el que la mayor parte de la economía depende de las condiciones climáticas, y las condiciones de vida dependen de esas condiciones es un poco inviable considerar que el marco político-institucional va a seguir siendo el mismo, a como está”, refirió.

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