14
días
han pasado desde el robo de nuestras instalaciones. No nos rendimos, seguimos comprometidos con informarte.
SUSCRIBITE PARA QUE PODAMOS SEGUIR INFORMANDO.

La reforma al Código Procesal Civil fue introducida en la Primera Secretaría de la Asamblea Nacional. LA PRENSA/ARCHIVO

FSLN impulsa reforma a Código Procesal Civil

La reforma al Código Procesal Civil fue introducida en la Primera Secretaría de la Asamblea Nacional el viernes pasado

La propuesta de reforma al Código Procesal Civil (Ley 902) presentada en la Asamblea Nacional busca fortalecer la capacidad, principalmente, del sistema bancario y de microfinanzas para recuperar los créditos ante el impago de los deudores, según abogados consultados.

La reforma al Código Procesal Civil fue introducida en la Primera Secretaría de la Asamblea Nacional el viernes pasado por los diputados sandinistas Edwin Castro, Iris Montenegro, Irma Dávila, Jenny Martínez, Johanna Luna, José Figueroa Aguilar y Wálmaro Gutiérrez.

Los abogados y exdiputados opositores José Pallais y Eliseo Núñez Morales coincidieron en que la reforma al Código Procesal Civil, como está planteada, es positiva porque llena los vacíos que tiene la Ley actual en los procedimientos de la adjudicación y de la subasta de bienes inmuebles vinculados al crédito financiero.

“El proyecto de reforma lo veo positivo porque conserva un nivel adecuado de los derechos de los deudores, pero a la vez clarifica mucho los derechos de los acreedores y hace más expedita la adjudicación de los bienes”, afirmó Pallais.

Lea además: Lista prórroga a Código Procesal Civil

La propuesta de los sandinistas modifica ocho artículos del Código Procesal Civil que están relacionados con las regulaciones sobre la tasación y adjudicación de los bienes embargados, la actualización del valor del inmueble hipotecado, así como la convocatoria de la subasta de bienes y el pago de crédito hipotecario.

Peritos registrados ante la Siboif

Uno de los cambios propuestos refiere al artículo 697 sobre la tasación de los bienes embargados, donde se establecerá que solo los peritos evaluadores “inscritos en el Registro de Peritos Valuadores de la Superintendencia de Bancos y de otras Instituciones Financieras (Siboif) que posean conocimientos técnicos en la materia” intervendrán en este tipo de casos.

Actualmente el Código deja a discreción del juez que lleva el juicio por incumplimiento de pago designar al perito “de entre quienes demuestren conocimientos técnicos en la materia” para que fije el valor de los bienes embargados para proceder al pago de la deuda.

“Creo que es sano que los peritos sean evaluadores aprobados por la Siboif, así como que el precio para determinar el valor del bien inmueble sea el precio de realización y no el de mercado o el catastral, porque lo hace más justo. Con base en el precio de realización hace más fácil que se pueda vender el bien y recuperar así la deuda”, afirmó Pallais.

La reforma propone que el valor se calcule con base “en las cargas o gravámenes que pudieran tener”.

Pallais afirmó que la propuesta de reforma al Código “fortalece la recuperación de los créditos”, pues recordó que este instrumento jurídico, cómo quedó aprobado en el año 2015, fue criticado por el sector financiero porque “no garantizaba apropiadamente los derechos del acreedor y que es indispensable para la buena marcha de la economía que se proteja el crédito”.

Lea también: Empleados judiciales listos para el nuevo procedimiento civil oral

“Si se protege el crédito y su pronta recuperación en caso de impago se alienta a que se den facilidades crediticias, que es de beneficio para el país, desde luego protegiendo al deudor sin que ello haga onerosa la recuperación de los recursos facilitados por el sistema bancario”, dijo el exdiputado.

 

Siempre queda la garantía en la Ley que si el bien inmueble vale más que la deuda y de los gastos para recuperar esa deuda, que se le devuelva esa porción
al deudor a través de pasos que ahora están estableciéndose con
una mayor claridad”.
José Pallais, abogado.

Ventaja para la banca

El abogado Eliseo Núñez Morales explicó que la propuesta de reforma al Código Procesal Civil que hacen los sandinistas “está de acuerdo con las necesidades que este país requiere en el campo de la recuperación de las deudas (…), porque con esto el sistema bancario recupera las ventajas que se quitaron cuando se aprobó el nuevo Código Procesal Civil (en 2015)”. Aunque para Núñez, la Siboif debe asegurarse de que esto “no signifique una relajación en las regulaciones a los bancos que les dé excesiva libertad en otorgar créditos, porque eso puede conducir a un endeudamiento peligroso”.

Lea más en: Ley Constitucional sustituirá la de Ley de Amparo

Política Código Procesal Civil FSLN reforma archivo

Puede interesarte

×

El contenido de LA PRENSA es el resultado de mucho esfuerzo. Te invitamos a compartirlo y así contribuís a mantener vivo el periodismo independiente en Nicaragua.

Comparte nuestro enlace:

Si aún no sos suscriptor, te invitamos a suscribirte aquí