Es conmovedor el silencio público alrededor del caso de la niña de 15 meses de edad, Dayra Blandón Sánchez, muerta a balazos junto con su padre en un operativo policial en el municipio de El Tuma-La Dalia, departamento de Matagalpa, el domingo 5 de febrero en horas de la madrugada.
Solo representantes de organismos de derechos humanos y algunas personas relevantes del país a título particular —cuyas denuncias han sido reportadas por LA PRENSA y otros de los pocos medios de comunicación libres que quedan en el país—, han hablado sobre este tema. Nadie más, mucho menos en las esferas oficiales, ha comentado nada alrededor de tan dramático caso.
Según la Policía, Cairo Blandón Lemus, quien murió balaceado junto con su tierna hija, era jefe de una banda de delincuentes y usó a la bebé como escudo humano para atacar a los agentes policiales y tratar de evitar su captura. Pero, si eso fue cierto, ¿no era preferible dejar que el perseguido se escapara, en vez de matar a la criatura que tenía en sus brazos? ¿Acaso no es eso lo que establecen los protocolos internacionales de actuación policial para casos como este y se desprende inclusive de lo que dice la Ley de la Policía Nacional de Nicaragua?
Defensores de los derechos humanos y expertos legales independientes han explicado que, de entrada, la patrulla policial que mató a la bebé y su padre cuando fue a capturarlo, violó la disposición del Código Procesal Penal de que los allanamientos de domicilio solo se deben ejecutar entre 6:00 de la mañana y 6:00 de la tarde. Fuera de ese horario, el allanamiento únicamente se puede realizar en casos de extrema gravedad y urgencia, y con mandato judicial. Lo cual no fue el caso ocurrido en el municipio de El Tuma-La Dalia y tampoco el presunto delincuente liquidado a balazos junto con su bebé fue sorprendido en flagrante delito por los policías.
La Ley de Organización, Funciones, Carrera y Régimen Especial de Seguridad Social de la Policía Nacional, que regula la función y actuación policial, define en su artículo 5 los principios doctrinarios de la Policía y asegura que tiene “altos valores humanos”, es “respetuosa de los derechos humanos” y solo hará uso de las armas de fuego “para evitar un daño grave, inmediato e irreparable”.
Nos preguntamos: ¿Podría causar un daño tan grave y representar tanto peligro, un hombre —por muy delincuente que fuese y aunque estuviera armado—, cargando una bebé en sus brazos? Y repetimos: ¿No era mejor, de acuerdo con esos principios de actuación y valores éticos que menciona la Ley de la Policía, dejar que el hombre se escapara y procurar luego su captura?
No vamos a pedir que se investigue esta tragedia humana y se deslinden responsabilidades, porque eso es imposible bajo el régimen orteguista. Solo deploramos el silencio de la ciudadanía ante un hecho que, en cualquier otro país, encendería la conciencia ciudadana y motivaría la indignación y la protesta, no solo de algunas personas, organismos y medios de prensa, sino de toda la sociedad.