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Corrupción, redes sociales
Martha Patricia Molina Montenegro

¿Nicaragua estancada en el IPC?

Es difícil despertar en Nicaragua sin enterarnos de algún acto de corrupción perpetuado en la Administración Pública. Según la Organización de Naciones Unidas: “La corrupción es un complejo fenómeno social, político y económico que afecta a todos los países del mundo”. En diferentes contextos, la corrupción perjudica a las instituciones democráticas, desacelera el desarrollo económico y contribuye para la inestabilidad política.

Los ciudadanos podríamos pensar que vivimos en una nación con doble cara. La primera, un país que ha suscrito cuerpos legales internacionales que van desde la Convención Interamericana Contra la Corrupción (CICC), cuerpo legal internacional ratificado y publicado por Nicaragua en el año 1999, hasta la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción ratificada y publicada por Nicaragua en 2005.

Si estudiamos ambos instrumentos legales, encontraremos una cantidad de recomendaciones que encauzan a los Estados, para que eviten prácticas corruptas. Por razones de espacio he escogido mencionar el artículo 9 de la CICC que dice: “Con sujeción a su Constitución y a los principios fundamentales de su ordenamiento jurídico, los Estados Partes que aún no lo hayan hecho adoptarán las medidas necesarias para tipificar en su legislación como delito, el incremento del patrimonio de un funcionario público con significativo exceso respecto de sus ingresos legítimos durante el ejercicio de sus funciones y que no pueda ser razonablemente justificado por él”.

La segunda cara es la de los constantes delitos contra la administración pública, entre ellos: peculado (conocido también como malversación), tráfico de influencias, abuso de autoridad, cohecho, entre otros; a pesar que la Constitución Política de Nicaragua, en su artículo 130 establece que ningún cargo concede a quien lo ejerce más funciones de las que le confiere la Constitución y las leyes y el 183 del mismo cuerpo legal expresa: Ningún Poder del Estado, organismo de Gobierno o funcionario tendrá otra autoridad, facultad o jurisdicción que las que le confiere la Constitución Política y las leyes de la República.

Recientemente, LA PRENSA abordó en su editorial: “Nicaragua entre los más corruptos” haciendo referencia al estudio elaborado por Transparencia Internacional en el Índice de Percepción de la Corrupción (IPC). Es importante recordar que el IPC indica el grado de corrupción en el sector público según la percepción de empresarios y analistas del país. Se evalúa con una escala de 0 a 100 puntos, donde los países que se acercan a cero puntos son los más corruptos y los que obtienen cien puntos, o se acercan a este, son aquellos con ausencia de corrupción.

Nicaragua presenta un endémico estancamiento en el IPC y esto la hace ser uno de los países más corruptos de la región. En 2016 obtuvo el puesto número 145 de los 176 países analizados (el puesto puede variar según la cantidad de países analizados) y un puntaje de 26 (recordando la escala 0-100). En 2015 ocupó el puesto 130 de 167 países, con un puntaje de 27 y en 2014 el puesto 133 de 174 países analizados, con un puntaje de 28. Lo anterior refleja que el país atraviesa por altos índices de corrupción.

No todo está perdido, para quedarnos con una Nicaragua de la primera cara que ilustré, es necesario trabajar arduamente, apegados a la Constitución y a las leyes. Si países como Alemania nazi, fueron capaces de salir de la hecatombe, nosotros no somos menos capaces, y no olvidemos que “la corrupción destruye las bases de las instituciones democráticas al distorsionar los procesos electorales, socavando el imperio de la ley y deslegitimando la burocracia”, (ONU).

La autora es experta en temas de anticorrupción y estado de derecho

Opinión IPC Nicaragua archivo
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