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María Félix Estrada Alonzo

María Félix Estrada Alonzo

Planifica tu pensión

Llegó el momento que analices tus perspectivas de jubilación y cotices de tal forma que obtengas una pensión digna que cubra tus necesidades básicas. Una buena planificación en Seguridad Social para lograr este objetivo

Si tienes más de 50 años de edad, no esperes cumplir los 60, llegó el momento que analices tus perspectivas de jubilación y cotices de tal forma que obtengas una pensión digna que cubra tus necesidades básicas. Una buena planificación en Seguridad Social para lograr este objetivo, incluye:

1. Solicitar en la Delegación del INSS más cercana a tu domicilio un Historial Laboral. Ahí podrás revisar si están completas las semanas que has cotizado y en caso que falten, podrás hacer las aclaraciones o reclamos correspondientes en dicha institución.

2. Identifica la pensión que podrías tramitar:

a. Pensión reducida: necesitas desde 250 hasta 749 semanas, para obtener una pensión entre 1,910.00 a 3,656.00 córdobas. Aquí debes hacer un alto y valorar si tienes la edad suficiente y la capacidad económica para seguir cotizando, a fin de aspirar a una pensión ordinaria, que otorga beneficios adicionales.

b. Pensión ordinaria: requiere 750 semanas cotizadas o más, pero cuidado: acumularlas no significa haber llegado a la meta. Seguir cotizando te podría ayudar a aumentar tu pensión.

3. Consejos para proyectar tu pensión ordinaria:
a. Identifica el período de semanas que el INSS utilizará dentro de las semanas acumuladas, con el propósito de obtener un promedio salarial, a saber:

—De 750 semanas cotizadas pero menos de 1,000, haremos dos grupos salariales de las últimas 250 semanas y las 250 anteriores (9.6 años aproximadamente), y te quedarás con el cálculo más alto.

—Si tienes más de 1,000 semanas pero menos de 1,250, tomaremos las últimas 200 semanas cotizadas (3.8 años aproximadamente).

—Por más de 1,250 semanas, ocuparemos las últimas 150 cotizadas (2.9 años aproximadamente). Ejemplo: un asegurado con 1,400 semanas realizará un promedio de salarios de las últimas 150 semanas cotizadas.

b. Calcula el porcentaje que aplicarás al promedio salarial, con los siguientes procedimientos del artículo 85 del Reglamento de la Ley de Seguridad Social:

—Salario inferior a dos veces el salario mínimo de la industria manufacturera: 1,400 semanas menos 150=1,250, entre 52 (semanas del año) = 24.04 por 1.591 (factor de crecimiento) = 38.25. A este, le sumas 45 (factor base). El resultado final es 83.25 por ciento.

—Salario superior a dos veces el salario mínimo de manufactura: 1,400-150 = 1,250÷52= 24.04x 1.15 (factor de crecimiento)= 27.65. A este, le sumas 37 (factor base). El resultado final es 64.65 por ciento. En otras palabras, si tu promedio salarial fuese C$12,000, al aplicarle el 64.65 por ciento, generaría una pensión de C$7,758.00; en cambio, si tu promedio es de C$7,000.00, la pensión sería de C$5,827.50. Recordemos que la pensión nunca puede superar US$1,500.00.

c. Asignaciones familiares. No olvides que al monto de tu pensión podrás agregarle un 15 por ciento si tienes esposa, y 10 por ciento por cada hijo menor de edad.

4. Toma previsiones. Si eres un asegurado con más de 1,600 semanas revisa tu caso, ya que en ocasiones si continúas cotizando sin aumentar el promedio salarial sería un esfuerzo en vano. O bien si trabajas por tu cuenta y no has llegado a las 750 semanas, quizás sea conveniente que tomes un seguro facultativo para completar cotizaciones.

Finalmente es importante que este ejercicio lo realices por lo menos unos 5 años antes de jubilarte, luego repetir a los 3 años y 1 año de previo, con el objetivo de evaluar si continúas cotizando y/o si necesitas aumentar tu promedio salarial. Debes estar pendiente de futuras reformas a la Ley o el Reglamento de Seguridad Social, que podrían cambiar por completo las expectativas y te obligarían a diseñar una nueva estrategia.

*La autora es miembro del INIET y del Despacho Báez Cortés & Asociados. www.iniet.org

Economía Nicaragua pensión archivo

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COMENTARIOS

  1. Humberto Rene Davila
    Hace 7 años

    Los maestros a que edad se pueden jubilar normalmente segun la ley.?

  2. Humberto Rene Davila
    Hace 7 años

    Pregunta,si uno se jubila,¿puede seguir tabajando.?¿cual es el techo que debe ganar segun el valor de la jubilacion?

  3. mariela1
    Hace 7 años

    Necesitamos más de este tipo de información. Hay que educarse. Por favor, ahora un artículo sobre que tipo de seguro podemos elegir, opciones, etc. Gracias!

  4. Pancho Madrigal
    Hace 7 años

    Excelente articulo. Muchas gracias. En mi caso llevo varios años pagando el seguro facultativo – desafortunadamente solo el de pension por vejez IVM ya que el facultativo integral que incluye atencion medica es demasiado caro. Cuesta casi el doble – y cada año solicito al INSS un Reporte de Historial Laboral para estar seguro que mis cuotas se estan registrando debidamente. El usar una hoja de calculo me ayudo a decidir entre jubilarme a los 60 años cumplidos con 965 cuotas o esperarme, continuar pagando y lograr las 1,001 cuotas para obtener una mayor pension. Cada mes pago segun el salario maximo vigente. Resulta que con las 965 cuotas logro la pension maxima, aun sin el 15% adicional que me daran por mi conyugue.

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