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El fallecido magistrado orteguista Francisco Rosales, padre de Daniel Arturo. LA PRENSA/ ARCHIVO

Magistrado de la CSJ justifica viaje representando al FSLN

El experto constitucionalista Óscar Castillo le recuerda que el artículo 158 de la Constitución lo manda a regirse por la Ley orgánica del Poder Judicial.

Mientras el magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Francisco Rosales, es del criterio que puede participar sin restricción alguna en actividades político-partidarias del partido en Gobierno, aun siendo magistrado del poder judicial, el constitucionalista Oscar Castillo dijo que no eran válidos los argumentos jurídicos de Rosales, porque debe cumplir con mandatos legales.

“No van a conculcar mi derecho político y mi opción política bajo ningún punto. El único que puede es el constituyente y el constituyente no estableció ninguna prohibición”, afirmó el magistrado Francisco Rosales, presidente de la Sala de lo Constitucional de la CSJ, en una nota de prensa de esa institución.

La reacción de Rosales se debe a que LA PRENSA publicó el pasado lunes que él participó en un Congreso de la Internacional Socialista celebrado en Cartagena de Indias, Colombia, representando al FSLN, violando la Ley Orgánica del Poder Judicial, según el constitucionalista Gabriel Álvarez.

“La Constitución Política en su artículo 161, inciso 3, establece los requisitos para ser magistrado… “estar en pleno goce de sus derechos políticos y civiles”. Después no hay ninguna prohibición al respecto”, dijo Rosales.

Además, dijo que la Ley Orgánica del poder judicial y la de Carrera Judicial eran aplicables a jueces y magistrados de Apelaciones, no así a los de la Corte.

Al respecto, el doctor Castillo argumentó que, según el artículo 158 de la Constitución, establece como reserva de la Ley que será la Ley de materia la que regulará al poder judicial, por lo que la Ley Orgánica no es Ley genérica, sino Ley que reglamenta estas disposiciones constitucionales antes descritas, es decir, que regula desde la Corte Suprema de Justicia que es quien lo representa hasta el último funcionario y empleado del mismo.

“La Ley no distingue ni separa que solamente a jueces y magistrados de Apelaciones. Todo lo contrario habla de jueces y magistrados (entiéndase a los dos tipos de magistrados que existen: los de Apelación y los de Corte Suprema de Justicia).

Rosales es famoso porque fue uno de los impulsores para que el presidente designado Daniel Ortega se postulara a la reelección en el 2011 a pesar de que la Constitución Política se lo impedía. Él y sus colegas sandinistas de la Sala Constitucional declararon inaplicable el artículo 147 de la Carta Magna.

También fue uno de los magistrados que el año pasado descabezó a la oposición.

“No habría imparcialidad”

El constitucionalista Oscar Castillo agregó que no es válida la argumentación del magistrado Rosales, porque no habría imparcialidad en la aplicación de la justicia.

“No es válida la argumentación jurídica de decir que la Ley no te obligue a no ejercer actos partidarios o electoral, ya que es para todos por igual, pero además no “es ético” que quien ocupe un cargo de este tipo y nivel se involucre en tales actividades, porque no estaría asegurando “la imparcialidad de la justicia ni mucho menos su transparencia”, dijo Castillo.

Política Asamblea despidos Gustavo Porras archivo

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COMENTARIOS

  1. Chepeleon Arguello Urtecho
    Hace 7 años

    Cuando leí este artículo me trajo a la mente aquella frase muy popular en tiempos del somocismo: “La guardia lee como quiere”.

  2. Justo Nicaragua
    Hace 7 años

    Bueno hombre es que la guardia lee como le da la gana.

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