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José A. Moreno Salmerón

El derecho a reclamar

Martin Luther King, Jr.  en un discurso de 1968 reflexiona sobre el movimiento por los derechos civiles y declara: “Al final, no recordaremos las palabras de nuestros enemigos sino el silencio de nuestros amigos”.

Uno de los derechos que más se ejercita en nuestro país es el derecho a reclamar. Lo escuchamos casi a diario en reuniones familiares y sociales, conferencias, paneles, aulas de clase, mercados, buses, en los medios de comunicación, en fin, quejarse  es casi parte de la vida diaria de los nicaragüenses, aunque estos reclamos normalmente solo se producen en nuestro entorno cotidiano.

En la Constitución, este derecho no aparece exactamente con este calificativo de reclamar, pero sí está ampliamente garantizado en el artículo 30 donde se refiere a la libertad de expresión, y en el capítulo de los derechos políticos que incluye el de asociación, participación, hacer peticiones, reunión, concentración, manifestación, movilización, organización, o el derecho a la información y sus diferentes manifestaciones.

En un verdadero Estado de Derecho no hay ninguna limitación al reclamo siempre que se realice dentro del cumplimiento de la norma superior y las leyes.

El problema radica que este reclamo se autocensura en la mayor parte de las veces y no trasciende para alcanzar los efectos deseados en lo político, en lo social, en lo económico, en lo ambiental, en lo laboral en fin, en cualquier ámbito del desarrollo de nuestras actividades, salvo en algunas ocasiones a través de los pocos medios radiales independientes que aun subsisten.

Este derecho no implica necesariamente confrontación, al contrario es el ejercicio del derecho y el respeto a la dignidad humana incluso en el tratamiento de los medios hacia la población como bien lo señaló recientemente la periodista Saphja Hamad en un artículo sobre Periodismo y Estado de Derecho.

Igual situación observamos en hechos cotidianos, por ejemplo cuando el chofer de un bus urbano o interurbano conduce temerariamente y los usuarios no reclaman porque están poniendo en peligro sus vidas, o el maltrato en oficinas públicas, o en centros de comercio, o bien obligar a los clientes a largas y tediosas filas en los bancos por falta de eficiencia de los noveles cajeros, o la utilización de espacios peatonales para talleres de vehículos o las aceras para negocio, etc.

Autocensurarse es equivalente a silencio y este a su vez a dejar pasar el problema para luego convertirlo en indecisión de participar para hacer efectivos los derechos y obligaciones como ciudadanos.

En fin, exigir nuestros derechos va más allá del simple reclamo, sino como bien establece el precepto jurídico: Tener la razón, saber ejercerlo y que satisfagan nuestras demandas.

Por lo tanto, el derecho a reclamar radica en el ejercicio de nuestros derechos con base en hacer respetar los elementos indispensables de un Estado de Derecho, del cual mucho se habla pero que debemos cumplir desde nuestro propio entorno, conociendo, difundiendo y promoviendo las garantías y derechos de nuestra ley suprema.

El autor es docente de derecho y ciencias políticas.

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