Es comprensible que las empresas cuenten con códigos de vestimenta que logren que sus colaboradores tengan una proyección estética alineada a los objetivos de imagen de empresa. Sin embargo, en la actualidad, existen obligaciones sobre algunos usos estéticos que deberían encaminarse hacia una imagen más saludable y cero discriminativa.
Internacionalmente se han dado casos de solicitudes por parte del personal de las empresas para cambiar estos parámetros y crear conciencia sobre un vestuario más amigable, en lugar de copiar lineamientos solamente válidos en países con diferente clima y estilos de vida.
Algunas de las demandas a ser consideradas en estos códigos y que, lejos de poner en peligro la imagen de la empresa, la mejorarían, son el no obligar a las mujeres a usar zapatos altos, pues aunque hay una altura aparentemente cómoda de 5 a 10 centímetros, dependiendo de las funciones en ciertos puestos no serían cómodos en realidad. Expertos podólogos afirman que los tacones de 10 centímetros deberían advertir que “pueden dañar la salud”.
Otra regla de vestimenta sería el uso de trajes de saco completos que, en ciertos climas o ambientes y funciones laborales son, no solo incómodos, si no que llegan a hacer sentir mal físicamente a la persona por la subida de temperatura en el cuerpo.
Las mujeres en países de clima cálido suelen sentirse incómodas y hasta presentar problemas ginecológicos o presión arterial alta al usar obligatoriamente medias completas. Seguido de esto, podemos mencionar otras obligaciones que rayan en discriminación como obligar a una mujer a presentarse con el cabello liso, así no sea su cabello natural, obligándola a tener un gasto extra y alto.
Otros códigos obligan a vestir solo falda o solo vestido, cuando la opción del pantalón debería estar incluida por seguridad, funcionalidad y por qué no, elegancia.
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