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Uriel Pineda Quinteros

Reforma Penal, incremento de penas y DD.HH.

De forma conjunta el poder judicial, el poder legislativo y el poder ejecutivo han promovido una iniciativa de reforma penal que tiene varios elementos que representan una regresión en materia de Derechos Humanos (DD. HH.) Sin embargo, en esta oportunidad es de mi interés referirme a la propuesta de incremento de las penas al crimen organizado, delitos de naturaleza sexual  y el cercenado femicidio.

Desde luego que referirme a este aspecto de la reforma no es popular, pero sí es trascendente desde la perspectiva integral de protección a Derechos Humanos. Dicho esto, es importante destacar que desde un enfoque elemental, el Estado tiene la responsabilidad de garantizar la convivencia armónica de la sociedad, para ello echa mano de la función general de prevención del Derecho Penal. Esto quiere decir que los integrantes de una sociedad se abstienen de robar, agredir o matar por el temor de enfrentar cárcel.

En correspondencia con lo anterior, suena lógico pensar que si mayor es la pena, mayor el temor y más eficaz es la función general de prevención del Derecho Penal. Sin embargo, esto no aplica para la realidad de nuestro país, justo como lo señaló monseñor Leopoldo Brenes cuando lo abordaron al respecto, al manifestar que bastaba con que se cumpliera la ley.

Si bien la declaración se funda en valores espirituales, existe una profunda coincidencia con lo planteado por Luigi Ferrajoli, este connotado jurista plantea que no es el temor a una pena larga lo que garantiza que una persona se abstenga de cometer determinada conducta, sino la certeza que tendrá un castigo por incurrir en esa conducta. Es decir, la clave para reducir la incidencia delictiva no es una pena alta, sino combatir la impunidad.

Uno de los ejemplos más claro de esto son las foto-multas, a la gran mayoría de las personas no les importa exceder el límite de velocidad o pasarse una luz roja cuando acaba de cambiar el semáforo, pero si saben que les llegará una multa por hacerlo, entonces el comportamiento es distinto.

La impunidad es un problema muy grave en Nicaragua, del total de denuncias interpuestas en la Policía, el porcentaje que termina en sentencias condenatorias para los responsables es insignificante. A esto hay que sumar las cifras negras, es decir, personas víctimas de delito que no ponen denuncias porque la Policía no resuelve nada. Adicionalmente, en Nicaragua también hay que sumar politización del poder judicial y de los demás operadores de justicia, quienes convierten la cocaína en talco, los homicidios en suicidios y las masacres en homicidios imprudentes.

Perpetrador orteguista, impunidad segura.

La iniciativa presentada por el régimen es populismo penal, al crear la ilusión en la población de  mano dura contra este tipo de delitos, cuando la estrategia no solo es ineficaz, sino también hasta contraproducente. Digo esto porque las penas deben tener relación con el bien jurídico que tutelan, o sea, el homicidio al atentar contra la vida, es más grave que la violación porque atenta contra la integridad o libertad sexual.

Incrementar la pena por violación, también incrementa el riesgo de homicidio contra la víctima de violación, ante el temor del perpetrador de ir a la cárcel por cabos sueltos, esta situación es una analogía de lo que ocurre con el incremento de penas por secuestro.

El otro problema que deriva de esto, es que las condenas muy largas incrementan la inseguridad en los centros penales, por ser contrarias a la reinserción social de la persona privada de libertad.

Cuando se enfrenta una condena de una década o un poco más, existe el anhelo de libertad, si sabes que no saldrás o que tu vida habrá acabado cuando lo hagas, da igual tu suerte durante el cumplimiento de la condena.

El autor es maestro en Derechos Humanos.

Opinión
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