A través de la reforma penal quedará eliminada la mediación en los casos donde haya personas muertas o lesionados graves en accidentes de tránsito que sean causados por un conductor en estado de ebriedad o bajo la influencia de estupefacientes. En esos casos el delito será tipificado como homicidio imprudente agravado y el señalado de cometerlo enfrentará en prisión preventiva el juicio y será procesado con la misma dureza como si fuese un delincuente de alta peligrosidad, afirmaron las autoridades que impulsan las reformas penales.
El combo de propuestas de reforma al Código Penal (Ley 641), al Código Procesal Penal (Ley 406) y a la Ley 779 o Ley Integral contra la Violencia hacia las Mujeres, quedaron dictaminadas este miércoles por la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional, y serán aprobadas la próxima semana tal y como las envió el Gobierno.
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Según esas propuestas y las explicaciones de los diputados sandinistas, se reformará el artículo 565 del Código Penal para establecer que los jueces técnicos canalicen todos los delitos considerados graves, y el homicidio imprudente agravado pasará a ser uno de este tipo.
Carlos Emilio López, diputado sandinista designado y miembro de la Comisión de Justicia, explicó que en el Código Penal se tipificará como homicidio imprudente agravado cuando un conductor ebrio o bajo la influencia de estupefacientes, provoque un accidente de tránsito y como consecuencia haya personas muertas. Además, estos casos no serán procesados bajo el sistema de jurados de conciencia, sino por un juez técnico.
Eliminan mediación
El subdirector de la Policía Nacional, el comisionado general Francisco Díaz, explicó que la reforma penal establecerá que “no hay mediación” cuando se tipifique homicidio imprudente en accidentes de tránsito, causado por un conductor en estado de embriaguez o bajo los efectos de estupefacientes.
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“El Código Penal establece que en este caso si el conductor va borracho o bajo los efectos de drogas y él es el culpable de ocasionar muertos o lesionados graves, su pena es mayor a los cuatro años de cárcel, es de 5 a 8 años, por lo tanto se elimina la mediación”, afirmó el comisionado Díaz.
El artículo 141 del Código Penal actualmente establece que “quien cause un homicidio por imprudencia temeraria, entendiéndose como tal la violación de las normas elementales de cuidado, se castigará con la pena de uno a cuatro años de prisión”. Aunque la pena se eleva de 4 a 8 años cuando el homicidio por impudencia temeraria se cause “bajo los efectos de fármacos, drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o bebidas alcohólicas”.
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En la propuesta de reforma original del Ejecutivo enviada a la Asamblea no aparece un aumento de la pena de cárcel por homicidios imprudentes; pero según la interpretación del subdirector de la Policía, al pasar este delito a ser considerado uno grave en el Código Penal los años de cárcel serán de 5 a 8 años.
Sin embargo, el diputado sandinista designado miembro de la Comisión de Justicia, Carlos Emilio López, afirmó: “La sanción penal para el homicidio imprudente agravado es de 4 a 8 años” .
Al plenario de la Asamblea
“En los delitos que hemos aumentado el número de años de prisión de libertad (en la reforma) son aquellos delitos que son contra la vida y delitos sexuales, hemos aumentado un promedio de cinco a diez años”, afirmó López.
La versión final de cuál será la pena de cárcel para el delito de homicidio imprudente se conocerá cuando la Comisión de Justicia pase el dictamen firmado de las reformas penales al plenario de la Asamblea para su aprobación la próxima semana.
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El diputado López confirmó que los homicidios imprudentes agravados causados en accidentes de tránsito al ser considerados graves serán procesados como el resto de delitos contra la vida como “el homicidio, asesinato, femicidio, parricidio, en los delitos sexuales (…) trata de personas y los delitos que tienen que ver con corrupción, peculado, lavado de dinero y los delitos del crimen organizado” y por tanto “la única medida cautelar que se va a imponer”, y “opera únicamente el juez técnico y no el jurado de conciencia”.
La magistrada Ramos dijo que las reformas penales responden a los casos de crímenes atroces que se han cometido en el país los últimos meses, y que serán tipificados como asesinato agravado “porque la ley no solo tiene una función punitiva sino también social de advertir a los infractores que las penas por hechos graves tienen graves consecuencias“.
Voto razonado del PLC
La bancada del Partido Liberal Constitucionalista (PLC) presentó un voto razonado a las reformas penales dictaminadas, en el que respaldan el aumento en promedio de entre 5 y 10 años las penas de cárcel para los parricidios, femicidios, asesinatos, violación a menores de 14 años y violación agravada.
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Lo que rechazó esa bancada es que se imponga la prisión preventiva como medida cautelar, que prácticamente desaparezcan los jurados de conciencia porque los jueces técnicos conocerán todos los delitos graves y a que se procesen en Managua los casos considerados por el Ministerio Público y la Policía como de “relevancia social”.
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Jimmy Blandón y Maximino Rodríguez, diputados designados del PLC e integrantes de la Comisión de Justicia, coincidieron con penalistas independientes en que se está violando los artículos 34, 51 y 158 de la Constitución con los cambios penales propuestos.
Rodríguez cuestionó en la Consulta: “¿Qué va a quedar si al final del juicio el juez técnico determina que el ciudadano no infringió la ley? ¿Será indemnizado?”, planteó Rodríguez, pero los oficialistas no lo aclararon.
Combo de reformas sin consulta
La Comisión de Justicia solo consultó a quienes redactaron las reformas penales propuestas y excluyó a los organismos defensores de derechos humanos, de grupos de mujeres y abogados independientes que se han expresado en contra de las medidas.
Este miércoles los únicos escuchados en la Comisión fueron el subdirector de la Policía Nacional, comisionado general Díaz; el procurador general, Hernán Estrada; la fiscal general Ana Julia Guido y los magistrados sandinistas Rafael Solís y la presidenta de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Alba Luz Ramos.
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Los señalamientos de que las reformas violan la Constitución y se crean tribunales de excepción para amedrentar a la oposición y grupos sociales adversos al Gobierno, para el procurador Hernán Estrada se hacen “por desconocimiento”. El jefe de la bancada sandinista, el diputado designado, Edwin Castro, se negó a responder por qué se excluyó de la consulta a los sectores de la sociedad que están en contra de esos aspectos de las reformas penales.
Cosep sigue analizando
El Consejo Superior de la Empresa Privada (Cosep) no asistió a la consulta de las reformas penales en la Comisión de Justicia, porque su presidente José Adán Aguerri viajó a Miami a un evento empresarial. “Con la carrera ya no logré coordinar” quién asistiría en representación del Cosep, afirmó Aguerri vía mensaje de texto. Dijo que posiblemente este jueves ya tengan los abogados del Cosep un análisis sobre las reformas penales propuestas por el Ejecutivo y con ello una posición del sector privado al respecto.