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defensa propia, Managua,

El procesado Jorge Ricardo García Abarca (de camiseta a rayas) junto a su abogado Israel Zelaya Rivas, durante audiencia en los juzgados. LA PRENSA / A. FLORES

Ciudadano mató a ladrón, pero la ley no lo justifica

Recientemente este caso se volvió controversial en las redes sociales (Facebook), ya que el procesado posteó una información titulada “Libertad para Jorge”

Jorge Ricardo García Abarca fue declarado culpable del homicidio de Francisco David Altamirano Hernández, de 32 años, quien se metió a robar a la casa del acusado, ubicada en reparto Las Brisas, Managua, el pasado 14 de diciembre del 2016. García no ha estado preso y hasta el momento goza de medidas alternas a la prisión.

Recientemente este caso se volvió controversial en las redes sociales (Facebook), ya que el procesado posteó una información titulada “Libertad para Jorge”, donde expone que la justicia lo está “condenando” a 15 años de cárcel por defender a su familia de dos ladrones que entraron armados a su casa, pues le disparó a uno en “defensa propia” y lo mató.

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El veredicto de culpabilidad lo dio un tribunal de jurado de conciencia, compuesto por cuatro mujeres y un hombre, el 30 de junio de 2017, a eso de las 4:40 minutos de la tarde, en el Juzgado Cuarto Distrito Penal de Juicio de Managua.

El jurado para dar su veredicto se basó en la abundante prueba que se presentó durante el juicio como testigos, peritos de la Policía que trabajaron en la escena del crimen y médico forense.

Ladrones entran a la casa

Según acusación del Ministerio Público y lo dicho por testigos en juicio, Altamirano Hernández entró a robar a la casa del procesado junto con otro sujeto a eso de las 2:40 de la tarde. Dentro de la casa había tres adultos —incluyendo al acusado— y un niño de dos años y medio, quienes estaban descansando en las habitaciones.

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Habitantes del reparto Las Brisas, en Managua, denuncian constantes robos en sus viviendas tras el caso de Jorge García.
LA PRENSA / M. GONZÁLEZ

Los delincuentes primero entraron a una habitación donde tomaron supuestamente dinero, luego Altamirano Hernández entró al cuarto donde estaba el acusado con otro familiar y su sobrino, y les dijo que era un robo y le dieran sus celulares; estos se los entregaron y el delincuente salió del cuarto para ayudarle al otro a cortar un cable con una tenaza para poder llevarse un televisor, momento que aprovechó el acusado para sacar su arma que estaba debajo de la almohada.

“Cuando el ahora occiso voltea hacia donde están ellos, el procesado le dispara en el cuello y este da la media vuelta para retirarse, pero cae inmediatamente boca abajo en el piso, momento aprovechado por el procesado García para realizarle otro disparo por la espalda”, según acta de juicio.

El otro delincuente salió huyendo del lugar y aunque el procesado le disparó dos veces, no logró darle, según la Fiscalía.

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El disparo en el cuello perforó el esófago, lesionó la carótida, la yugular y fracturó la primera y segunda cervical y el sujeto murió instantáneamente, según declaró en el juicio Néstor Membreño, médico forense.

Lo que dicen los policías

Según el teniente Eddy Coronado, en la escena del crimen fueron ocupadas dos armas de fuego: la que andaba el occiso, la cual no fue disparada nunca en la escena, pues fue ocupada en la cintura del fallecido y con sus proyectiles completos, y la del procesado que sí fue utilizada.

El oficial Ricardo Murillo de Trazología de la Policía, dice que uno de los disparos fue realizado de abajo hacia arriba y el otro de forma contraria (ambos a larga distancia) cuando el ahora occiso ya iba de retroceso por la posición del cuerpo con cabeza hacia la salida y piernas hacia el cuarto y la posición del cadáver boca abajo.

Argumento de la Fiscalía

La fiscal Jeaneth Zamora fue clara en pedir un veredicto de culpabilidad argumentando: “Aquí lo que acusamos es el uso excesivo del medio que utilizó el acusado. Nadie debe privar de la vida a nadie, él (delincuente) debía pagar su pena, pero no con su vida”, dijo la fiscal en sus argumentos finales.

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Luego prosiguió: “Él (procesado) debió amarrarlo y entregarlo a la Policía. El occiso no usó su arma de fuego y lo dijo el perito. Aquí ya no había un peligro inminente porque el médico forense dijo que estaba boca abajo y el arma metida en la cintura y el acusado le dispara y lo remata en el suelo y no le basta porque sigue al otro y le dispara y no lo alcanza porque se resbaló en la sangre del occiso, no me queda más que pedir veredicto de culpabilidad”, dijo la fiscal.

El defensor

Israel Zelaya Rivas, defensor del procesado, argumentó la defensa propia y el inminente peligro porque eran dos hombres armados, —aunque en el juicio se dejó claro que solo el occiso andaba armado— que entraron a la casa a robar y que su representado lo que hizo fue defenderse.

Sin embargo, la ley manda a demostrar la legítima defensa cumpliendo una serie de requisitos establecidos en la ley y para la fiscal la defensa no logró demostrarla.

Pendiente sentencia

Durante el debate de pena, la Fiscalía pidió 15 años de cárcel por las circunstancias en que se dieron los hechos y porque dos menores quedaron en la orfandad.

El defensor pidió la pena mínima porque su representado no tiene antecedentes y está enfermo. La lectura de sentencia está programada para el 26 de julio, aunque este caso aún no termina porque la Fiscalía introdujo el 21 de julio un incidente de nulidad, pero se desconoce respecto a qué.

“No debió ser acusado”

Para el director jurídico del Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh), Gonzalo Carrión, el primer cuestionamiento en este caso debe hacerse a la Fiscalía que no debió acusar.

Carrión recordó que la responsabilidad primaria corresponde a la Fiscalía “de haber tutelado los intereses y derechos que estaban en juego”, en este caso los del acusado García y por lo cual señala que en este caso la responsabilidad no es del jurado.

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Carrión al igual que el secretario de la Asociación Nicaragüense Pro Derechos Humanos (ANPDH), Álvaro Leiva Sánchez, señalan que el Código Penal establece claramente la eximencia de responsabilidad penal por actuación en defensa propia como sucedió con el caso de Jorge García.

“Esa es una arbitrariedad y una injusticia total del poder judicial, pues dónde se ha visto que un ciudadano va a ser procesado y condenado por defender su derecho a su propiedad privada, a su intimidad y de su familia”, señala Leiva Sánchez.

El jefe de proyectos de la Comisión Permanente de Derechos Humanos (CPDH), Denis Darce, recordó que el Código Penal establece cuáles son los elementos de la defensa propia por lo cual el defensor debió esgrimir a favor de su representado y empujar la extinción del caso. Aunque dijo que “en término de derechos humanos no tenemos nada que decir si no conocemos el proceso. Ese tipo de casos no se ventila a través de las redes”.

El funcionario del Cenidh recordó que el asalto es planificado y la persona que se introduce a un lugar a cometer un asalto “llega con todo el dolo. Los robos con violencia, con intimidación, los que irrumpen a una casa violentamente (sic) van preparados para más allá, van dispuestos a más que robar porque las personas pueden resistirse al robo…”.

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La tarde de este sábado la petición iniciada por María José Mora Benard en el sitio change.org ya contaba con más de 5,400 firmas en un día y su promotora aspira a conseguir 7,500 firmas en defensa de García, para solicitar a la fiscal general Ana Julia Guido que “no se siga metiendo gente inocente a la cárcel”.

Reina inseguridad

Tras lo sucedido en la casa de habitación de Jorge García, los habitantes del residencial Las Brisas hablan de la gran inseguridad que viven desde hace años en este sector de la capital.

“Una ola de robos se han desatado en este lugar, ese caso de Jorge ha sido el más sonado porque hubo un muerto de por medio, pero aquí los robos son constantes, sin temor a equivocarme en un mes se registraron más de tres robos en diferentes viviendas del residencial, tenemos temor de vivir aquí”, afirmó Raúl Silva, habitante del sector.

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Varios pobladores han decidido contratar los servicios de vigilancia las 24 horas para resguardar sus viviendas, pero no creen que esta sea la solución porque les genera muchos gastos por eso es que solicitan mayor presencia policial en el sector.

Cuando la ley justifica

En el artículo 34 del Código Penal de Nicaragua están las eximentes de responsabilidad penal, entre estas, en el numeral cuatro está quien “actúe en legítima defensa de la persona o derechos propios o ajenos”, siempre que concurran los requisitos siguientes:

a) Agresión ilegítima. En caso de defensa de los bienes se considerará agresión ilegítima, el ataque a los mismos que constituya delito y los ponga en grave peligro de deterioro o pérdida inminentes. En caso de agresión ilegítima a la morada y sus dependencias, se considerará la entrada indebida en una u otras;
b) Necesidad racional del medio empleado para impedir o repeler la agresión;
c) Falta de provocación suficiente por parte del defensor.

Colaboración Mariela González

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COMENTARIOS

  1. Christ Montiel
    Hace 7 años

    Mi pregunta. El procesado debía esperar a que el delincuente lo encañonara y le hiciera al menos un disparo para poder aducir defensa propia? Adonde vamos a parar?

  2. Esc Service Center
    Hace 7 años

    Adelante ladrones ya saben están protegidos por el sistema judicial y la fiscalia.

  3. Esc Service Center
    Hace 7 años

    Estos fiscales y el juez se graduaron por encuentro o por asistir a la plaza, seguro son miembros del partido.

  4. Jorge Ivan Hernandez
    Hace 7 años

    Increible lo que le está pasando al dueño de casa. Por eso los que opinamos llegamos a
    pensar que el ladrón muerto era empleado de alguna autoridad o cumplia con algún encargo. Jorge lo que le están haciendo es 100% INJUSTO y los vecinos debemos estar
    complacidos de que hay un delincuente menos rondando nuestras casas, por eso alguien
    escribió: Cuando advierta que las leyes no lo protegen contra ellos, sino, por el contrario,
    son ellos los que están protegidos contra usted,es que el sistema esta podrido.

  5. Erick Téllez
    Hace 7 años

    Necesita cambiar de abogado.

  6. La verdad ...
    Hace 7 años

    En donde estudiaron estos que hacen las leyes al revés ? esto esta’ muy raro ; pero justifican con ley sin ética !!!

  7. Welbin Romero
    Hace 7 años

    Sin duda es increíble… también las deducciones de los peritos, imagínese usted despertar en el cuarto de su casa amenazado por un ladrón armado y darse cuenta que hay otro u otros, le disparo y que hago, espero al forense para que me diga si ya murió, si ya no puede dispararme. Dice la información que la fiscal afirma “y no le basta porque sigue al otro y le dispara…” Jorge, por dios, debiste esperar a los peritos de la policía para que te informaran si el otro ciudadano andaba armado, solo son unos días para que lo agarren y el les confiese que no andaba armado, pero además, el no te iba a disparar !es una persona honesta¡, otro le hubiese mentido a la policía.
    Será que nuestros notables especialistas, saben lo que es el temor y la adrenalina, y su influencia en las personas involucradas en este tipo de casos… !!PERO DESPUÉS SE PIDE CONFIANZA EN EL SISTEMA DE JUSTICIA¡¡

  8. Margarita
    Hace 7 años

    Nuestros jueces padecen de un serio problema de interpretación de las leyes, eso es gravísimo. La aplicación torcida de la Ley conduce ineludiblemente al caos. Ahorita resulta que si defiendes a tu familia y a tus bienes de la acción criminal de unos delincuentes, puedes ir a parar a la cárcel; y del otro lado, ellos, los criminales son alentados a cometer más asaltos, violaciones y robos, porque lo harán a sabiendas de que serán amparados por los jueces de nuestro país. Nótese que son los jueces los operadores de la Ley, los que tergiversan lo que manda la Ley. La Ley es clara y no deja lugar a la interpretación caprichosa de las personas. ¡Libertad inmediata para el señor Jorge García Abarca! Hoy es él, mañana podemos ser nosotros.

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