La gran mayoría de asegurados y pensionados cree que los únicos beneficios que se pueden obtener del Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS) es la atención médica y la pensión, pero hay una serie de prestaciones en especie a las cuales podemos acceder.
Prótesis y ortesis, sillas de ruedas, calzado ortopédico, muletas, anteojos, bastones, audífonos, prótesis ocular, andariveles, servicio o subsidio de funeral y préstamos de dinero son los beneficios adicionales que ofrece el INSS y que voy a explicarte en el artículo de hoy.
Subsidio de funeral:
Este beneficio aplica para los asegurados activos y para los pensionados, ya sea pensión de vejez, de invalidez, por discapacidad y también lo recibe la viuda.
Este beneficio tiene dos opciones: la entrega del ataúd o entrega de dinero. Para ambos se deberá presentar el acta de defunción del asegurado o pensionado y llenar el formulario de solicitud.
¿Cómo se calcula ese subsidio? Se toma de referencia el último salario devengado y se fija en el 50 por ciento del mismo. En caso que el cálculo dé un número inferior al salario mínimo de la industria manufacturera (C$4,873.29), éste se definirá como el monto del aporte. El monto máximo a otorgar es US$750, que equivale al 50 por ciento de la pensión máxima que otorga el INSS ($1,500). Regularmente este trámite tarda de 15 a 30 días.
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No prescribe. Si no conocías de este beneficio y alguno de tus padres o pareja era cotizante o recibía pensión y falleció hace años, aún podés reclamarlo, explica el especialista en temas de seguridad social, Manuel Israel Ruiz, quien destaca que la prescripción se da a los seis meses después de solicitado, es decir si no se retiró, pero “si la persona lo solicitó varios años después, no se vence, se puede hacer ahora”.
Equipos:
Las prótesis y ortesis, sillas de ruedas, calzado ortopédico, muletas, anteojos, bastones, audífonos, prótesis ocular, andariveles, están pensadas específicamente para los pensionados, pero si sos asegurado activo y lo requerís, también podés optar a ello. La diferencia es que a los pensionados se les entrega permanentemente, mientras que para los asegurados es en concepto de préstamo explicó Ruiz.
“En el caso de los asegurados activos es en caso de que sea producto de algún accidente de trabajo, pero la idea es que lo preserve solamente durante el tiempo que médicamente lo requiera y si no los regresa se le va a cobrar, porque la idea es que le sirva a otros asegurados”, detalló Ruiz.
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Préstamos:
Los pensionados por vejez, invalidez, discapacidad o viudez y quienes reciben pensiones para víctimas de guerra, pueden optar a pequeños préstamos sin intereses, pagando únicamente el mantenimiento del valor de la moneda.
Ruiz explicó esos préstamos generalmente son de C$2,000 a C$4,000 y en caso de fallecer el pensionado deudor, no se cobra al beneficiario.
Todos estos beneficios aplican para el régimen integral del seguro facultativo y para el régimen obligatorio, que es cuando laborás para alguna empresa.
Si querés darle peso a tus pesos debés conocer y hacer uso de estos beneficios poco populares del INSS.
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(*) Autora del blog de finanzas personales Dele Peso a sus Pesos
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