Un hombre pasará 15 años en prisión por violación agravada en perjuicio de su sobrina materna, cuyo hecho se dio sobre una lápida del cementerio de Chiquilistagua, en Managua.
El juez tercero especializado en Violencia de Managua, Edén Aguilar, dio a conocer este viernes la sentencia contra el sujeto de iniciales M.S.G., de 37 años, por haber abusado sexualmente a su sobrina de iniciales D.A.N.G., de 16.
Según la Fiscalía, el sábado 28 de mayo de 2016 a eso de las 4:30 de la tarde, la víctima salió de su casa ubicada en la comarca Chiquilistagua, sector del kilómetro 12 de la carretera Vieja a León.
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La adolescente se dirigía a visitar a su hermana y abordó una mototaxi y cuando el conductor había recorrido dos cuadras, el acusado — tío materno de la jovencita— también abordó el mismo vehículo.
Intimidó con navaja
Cuando el sujeto estaba en la mototaxi junto a su sobrina, la intimidó con una navaja que se la colocó en el costado izquierdo y le dijo al conductor que lo trasladara a un bar y le expresó a su sobrina que si no entraba la iba a lesionar.
Estando en el bar, el agresor sexual obligó a su sobrina a beber cerveza; también la golpeaba con el puño porque la adolescente no quería beber.
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Siempre bajo intimidación, a eso de las 11:00 de la noche del 28 de mayo de 2016, el sujeto llevó a su sobrina al cementerio de Chiquilistagua y abusó de ella. Cuando la estaba violando, la adolescente gritaba y el agresor sexual le propinó un golpe en la boca y le provocó una lesión en el labio inferior.
En un determinado momento del ataque sexual, la adolescente logró soltarse y salió corriendo y pidió ayuda en una vivienda; después la madre de la víctima tuvo conocimiento de la situación y denunció el caso en la Policía, contra su hermano.
Argumentos
El juez Edén Aguilar argumentó la imposición de la pena máxima al sentenciado por que este actuó con autoridad, con relación a la víctima. También está el parentesco porque el acusado es hermano de la madre de la víctima, es decir tío materno, y se aprovechó de la confianza de la menor, para ejecutar su acción.
El judicial dijo que también quedó acreditado que la víctima producto de la agresión sexual tiene una afectación a su psiquis y requiere tratamiento especializado en salud mental.