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LA PRENSA/ ARCHIVO

Madre pierde custodia de su hija de cinco años por inculcarle sentimientos de odio contra su padre

Entre los medios de prueba aportados por el demandante figuran trece archivos de audio en los que se escucha a la mujer obligando a la niña que diga a su padre "maldito perro, ojalá que te murás".

La Justicia nicaragüense suspendió la autoridad parental a una mujer por obligar a su hija, menor de edad, a maldecir y a desear la muerte a su padre, hasta hacerla llorar de forma inconsolable, informó este martes una fuente judicial.

El juez Quinto de Distrito de Familia de Managua, Diego Manuel Arana Castillo, suspendió la autoridad parental y el cuido y crianza que la mujer ejercía sobre su hija, de cinco años, por inculcarle sentimientos de odio contra su padre, indicó el Poder Judicial en una declaración.

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Estos hechos se vinculan al Síndrome de Alienación Parental (SAP), que causa severos daños físicos y psicológicos que, en la mayoría de los casos, son irreversibles y afectan al individuo hasta su adultez, explicó el juez en su sentencia.

El judicial también ordenó a la comerciante, de 29 años, deposite en la caja única del Ministerio de la Familia una pensión del 25 % de sus ingresos ordinarios y extraordinarios para la manutención de la menor.

En abril pasado, el padre, de 36 años, demandó la suspensión de la autoridad parental contra la mujer con la que engendró a la niña, además, que se le adjudicara el cuido y crianza a él.

Entre los medios de prueba aportados por el demandante figuran trece archivos de audio en los que se escucha a la mujer obligando a la niña que diga a su padre “maldito perro, ojalá que te murás, por tu culpa no voy a la escuela” y “te odio porque me hacés llorar”.

Además: Las demandas más frecuentes son la pensión de alimento y el cuido y crianza de los hijos

Esto “no solo es lamentable, sino despreciable y repudiable porque de la sola escucha de estos audios, como ser humano cualquier persona se conmueve y siente un repudio inmediato al oír la voz quebrada y sollozante de la niña cuando no quiere decirle a su padre te odio”, consigna la resolución judicial.

Lo que dice la ley

El juez Arana Castillo invocó el artículo 294 del Código de Familia, que entre las causales para suspender la autoridad parental de un progenitor menciona el incumplimiento de sus obligaciones hacia el hijo en forma reiterada y maliciosa.

Asimismo, tener hábitos o costumbres capaces de producir deformaciones y trauma en la personalidad del niño o adolescente, mediante comprobación profesional del equipo multidisciplinario, y/o por someter al hijo a maltratos físicos, psíquicos o morales, capaces de lesionar su salud, su integridad física o su dignidad.

En su defensa, la demandada argumentó que su aún esposo la demandó como forma de presión para que ella retire la acusación penal por violencia psicológica, física y patrimonial que interpuso contra él en los Juzgados de Violencia.

El judicial dijo que no duda de la violencia sufrida por la demandada, lo que le ha causado un severo daño emocional, “pero esto no la autoriza a instrumentalizar a su hija y hacerla partícipe del odio y deseo de venganza contra su esposo por su infidelidad”.

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