La juez Adela Cardoza, titular del Juzgado Segundo Distrito Penal de Juicio de Managua, ordenó este 7 de septiembre de 2017, archivar definitivamente la causa contra Jorge García Abarca, acusado de matar a un ladrón que entró armado en su casa el pasado 14 de diciembre de 2016.
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“No actuó en ventaja de la víctima porque este entró armado a la casa del procesado y él defendió su bien jurídico protegido que es la vida; por esto existe un eximente completo de responsabilidad que lleva a falta de sanción o pena. La misma ley da permiso de defenderse siempre que exista la racionalidad, la proporcionalidad en consecuencia se dicta el sobreseimiento definitivo a favor del procesado”, dijo la judicial. Además, ordenó el cese inmediato de las medidas cautelares de presentación periódica en los juzgados capitalinos.
Jorge García manifestó estar muy agradecido con la sociedad que se manifestó a su favor a través de las redes sociales y a los medios de comunicación que lo apoyaron. “Estoy contento con la resolución tardada porque fueron ocho meses de espera, pero al final se me dio la razón de que tenía que defenderme a mí y a mí familia”, dijo.
Así ocurrieron los hechos
El pasado diciembre dos ladrones entraron a un cuarto donde se encontraba García junto a dos familiares, les pidieron los celulares y salieron. García buscó un arma y le disparó a Altamirano, el otro ladrón huyó del lugar.
García había sido declarado culpable de homicidio en perjuicio de Francisco David Altamirano Hernández (quien junto a Rexi Guadalupe Morales Altamirano entraron a asaltar armados) por un jurado de conciencia el 30 de junio de 2017. La Fiscalía pedía 15 años de cárcel en su contra y el hecho generó indignación social y acciones jurídicas para absolver al acusado de los delitos acusados.
El pasado 24 de julio, la fiscal departamental de Managua Mirna Siles reconoció que la fiscal auxiliar se excedió en solicitar la pena máxima, y anunció que introducirían un “incidente de nulidad” para que se revise la actuación del jurado.
Siles alegó que desde un inicio estaba probada la legítima defensa del acusado, por lo cual solicitaron una medida cautelar diferente de la cárcel.