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Cuota fija, desfasada y divorciada de las mipymes en Nicaragua

Actualizar y ampliar los rangos contemplados en la cuota fija, abolir el impedimento de que los negocios establecidos en centros comerciales no pueden acceder al régimen simplificado y facilitar el acceso a los incentivos fiscales son las tres propuestas que sugiere la Red de Empresarias de Nicaragua (REN).

Actualizar y ampliar los rangos contemplados en la cuota fija, abolir el impedimento de que los negocios establecidos en centros comerciales no pueden acceder al régimen simplificado y facilitar el acceso a los incentivos fiscales son las tres propuestas que sugiere la Red de Empresarias de Nicaragua (REN) para incentivar la formalización de empresas en el país.

Para ello la REN, que elaboró la iniciativa con la asesoría del Instituto Nicaragüense de Investigaciones y Estudios Tributarios (Iniet), recomienda una reforma a la Ley 822, Ley de Concertación Tributaria y a la Ley Mipyme, Ley 645, Ley de Promoción, Fomento y Desarrollo de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

De concretarse estos ajustes fiscales, esto vendría a beneficiar especialmente a las empresarias, tomando en cuenta que el 32 por ciento de las empresas nicaragüenses están en manos de mujeres, cuyos negocios en su mayoría son pequeños y que sufren de grandes limitaciones, como el acceso al crédito por estar en la informalidad. Solo el 0.9 por ciento es empresa grande en manos de mujeres.

Según Marina Stadthagen, directora ejecutiva de la REN, con esta propuesta pretenden que los emprendimientos logren formalizarse, lo que les facilitaría el camino hacia el acceso al crédito, pues en la actualidad la Ley 822 establece que solo los que tengan ventas de hasta 10 mil córdobas mensuales pasan a formar parte del primer escalafón de la cuota fija, donde se está exento del pago de impuestos.

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El cuestionamiento de las empresarias es que dado a factores inflacionarios, por ejemplo, un negocio que recién comienza con facilidad puede sobrepasar la venta mensual de 10 mil córdobas, lo que implicaría por tanto empezar a pagar impuestos bajo el régimen simplificado. En la fase inicial los negocios requieren de capital para invertir en tecnología y ampliar la producción.

“Es absurdo que alguien que vende 10 mil córdobas, el techo en la actual normativa para no pagar impuesto cuando se está registrado en el régimen de cuota fija, tenga que hacerlo cuando sus ganancias son aproximadamente de 3,000 córdobas (mensuales), según hemos calculado”, explica Stadthangen.

Es por ello que las empresarias proponen que el monto para estar exento del pago de impuesto dentro de la cuota fija se aumente a 60 mil córdobas mensuales.

En el estudio Obstáculos que Enfrentan las Mujeres Emprendedoras en Nicaragua en el sector cuero calzado y panificador, la Fundación Nicaragüense para el Desarrollo Económico y Social (Funides) señala que el 89.1 por ciento de los negocios de ese tipo están bajo el régimen de cuota fija, de ellos el 92.1 por ciento son negocios de mujeres.

“El bajar los costos de la entrada a la formalidad puede estimular que más empresas se formalicen. Sin embargo, creemos que también hay que reducir otros costos financieros y no financieros, de entrada a la formalidad, como trámites engorrosos y Seguridad Social”, menciona la directora ejecutiva de la REN.

En tanto, se propone que en el estrato 5 el monto máximo se aumente a 200 mil córdobas, es decir, el doble de lo actual.

“El monto de los 100 mil córdobas (monto máximo actual para ser cuota fija) ha quedado desfasado por condiciones macroeconómicas como: inflación, deslizamiento de la moneda, entre otros (…)”, señala la REN.

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Otro de los requisitos para estar en la cuota fija es que el inventario en mercadería no supere los 500 mil córdobas mensuales, la propuesta de la REN es que este monto se aumente a un millón de córdobas mensuales.

Paralelo a los ajustes antes mencionados, se plantea que los actuales montos establecidos en el régimen de cuota fija se actualicen según la devaluación de la moneda. Igualmente se recomienda armonizar las regulaciones de los pequeños contribuyentes con el reglamento de la Ley Mipyme, Ley 645, Ley de Promoción, Fomento y Desarrollo de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

El problema, según la REN en su propuesta, es que mientras en la cuota fija, que está pensada para los pequeños y medianos negocios, se establece que sus ventas máximas mensuales deben ser de 100 mil córdobas, en la Ley Mipyme se considera a las micro, pequeñas y medianas empresas a aquellas con ventas de nueve millones de córdobas anuales, es decir, 750 mil mensuales.

El presidente ejecutivo del Iniet, Julio Francisco Báez, dice que el principal problema es la falta de armonización entre la Ley Mipyme y la Ley de Concertación Tributaria (LCT), a eso se le suma la falta de voluntad política para apoyar a los micro, pequeños y medianos negocios.

“La actual legislación trae beneficios indiscriminados a la gran empresa, castigo al asalariado y ausencia de políticas a sectores emergentes, como todos los trabajadores de las micro, pequeñas y medianas empresas”, dice Báez.

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Tanto Funides como el Iniet coinciden en que una de las principales barreras que tienen las empresas, en su mayoría pequeñas, para acceder a los incentivos fiscales es que desconocen cómo hacer uso de ellos.

“La falta de conocimiento para exigir, por ejemplo, la adecuación de la VET (Ventanilla Electrónica Tributaria) es un imperativo, la parte administrativa de la operación los grandes contribuyentes tienen asesores, tienen conocimiento, tienen equipos financieros, pero estas empresas pequeñas no lo tienen y hay una carencia de información, no hay política de capacitación”, advierte Báez.

La REN plantea que también se necesita que la Dirección General de Ingresos (DGI) diseñe un formulario en el que el contribuyente registre los ingresos por mes y de esa manera se aplicarían los impuestos correspondientes. “Este mecanismo permitiría que en los meses de ventas bajas se pague lo justo”, precisa el documento elaborado por el Iniet a petición de la REN.

LA PRENSA/WILMER LÓPEZ

Quieren vender en centros comerciales

El artículo 250 de la LCT establece que no pueden pertenecer al régimen de cuota fija los negocios que estén ubicados dentro de centro comerciales, plazas de compras y localidades similares.

La propuesta de la REN es que se derogue ese artículo, porque no se ajusta con la realidad que vive el país. “La capital está registrando aumento en infraestructuras dedicadas al comercio, por lo cual este crecimiento tiene que acompañarse por mecanismos que permitan la inserción de pequeños contribuyentes al sistema tributario con independencia al sitio donde operen, en vista que la cuota fija debe centrarse en el ingreso”, detalla el informe.

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La directora ejecutiva de la REN señala que ese tipo de restricciones no permiten que algunos servicios o productos en manos de las empresarias se visibilicen en esos establecimientos, pese a que ahí puede estar su público meta.

“Hay que recordar que la formalización facilita el acceso al crédito, porque brinda una forma de probar ingreso y el crecimiento, porque no quedan limitados a vender en la informalidad, sino que pueden venderle a otras empresas que requieren de facturas”, agregó la directora ejecutiva de la REN.

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LA PRENSA/ ARCHIVO

Urgen reformas concretas

Báez apunta que es importante que se haga una nueva Ley Mipyme y no reformas, para que en verdad se incentive a este sector empresarial, que se estima aportan más del 40 por ciento del Producto Interno Bruto y generan gran parte del empleo.

El informe recomienda que se inicie a capacitar a los contribuyentes sobre la comprensión del sistema tributario y otros aspectos, como la contabilidad, organización y métodos.

“Los pequeños contribuyentes podrían tener acceso a incentivos como lo establecido en el artículo 35 de la LCT, referido a la depreciación inmediata de los activos adquiridos en el período fiscal o beneficios por contratación de personas con discapacidad”, finaliza el documento.

Nicaragua tiene una de las tasas de informalidad más altas de América Latina, según han advertido diversos organismos. Las estimaciones apuntan a que al menos el 80 por ciento está en la informalidad.

Nadie responde

Esta propuesta de reforma a la Ley de Concertación Tributaria fue enviada a finales de septiembre de este año a Martín Rivas Ruiz, director de la Dirección General de Ingresos (DGI) y presidente de la comisión de cuota fija de la DGI, pero hasta el momento no ha respondido. “La carta la mandó Hilaria Salinas, presidenta de la Red de Empresarias de Nicaragua, a finales de septiembre, (pero) no hemos recibido aún respuesta”, dijo la directora ejecutiva de la REN, Marina Stadthagen. También se lo han enviado al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, al Ministerio de Fomento, Industria y Comercio y a diputados, pero no ha tenido ningún avance.

mipymes
Mipymes del sector textil en Nicaragua participan en ferias para ganar más clientes. LAPRENSA/Y.LÓPEZ

Aprovechar incentivo a ventas en ferias

La Red de Empresarias de Nicaragua propone derogar el artículo 127 de la Ley de Concertación Tributaria (LCT), cuando en 2014 gravaron en Impuesto de Valor Agregado (IVA) a los productos que sirven de materia prima para la producción de mipymes, como el caso de textil vestuario.

En la numeral 23 del artículo 127 de la LCT establece que las ventas realizadas en ferias internacionales o centroamericanas que promuevan el desarrollo de las mipymes están exentas de IVA. “Este beneficio hasta el momento no ha sido aprovechado por las mipymes, por lo que es conveniente optimiza.

Economía Cuota Fija Empresarios Mipymes Nicaragua archivo

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