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Fiador

¿Ser o no ser fiador? Claves para saberlo

¿Cuáles condiciones se deben valorar antes de asumir esa responsabilidad? ¿Qué canales legales usar en cada incumplimiento de pago por parte del deudor?

Fernando (nombre ficticio) hizo el favor de ser fiador o codeudor tres veces al mismo número de compañeros de trabajo. El error, asegura, fue asumir esos tres compromisos en el mismo período.

La magnitud de la responsabilidad la conoció cuando sus compañeros de trabajo no pagaron y empezaron las llamadas de cobro de los bancos. A pesar de que él le notificaba a sus compañeros las llamadas de cobro, estos no daban señales positivas, lo que provocó que el 20 por ciento de su salario, que era relativamente alto, fuera embargado, por lo que tuvo que pagar en deudas que no eran suyas unos 40 mil córdobas.

“Mi susto fue cuando me llamó el gerente de la empresa donde trabajo y me dijo que tenía un embargo, te van a deducir de tu salario, me dice. Ahí comenzó la odisea, entonces yo le enseñaba la colilla a la que me debía y me los pagaba, era mi compañera de trabajo; el segundo, fue un buen amigo, pero no pagó. Me volvió a llamar el gerente y me dice ‘vos si sos buen fiador, aquí tenés otro embargo’ y ese fue problema porque el brother renunció de la empresa y me quedé con la deuda, años después me pagó y el último fue con otra compañera, que al final me terminó pagando con perfumes”, relató Fernando.

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Si bien este hombre corrió con la suerte de que sus deudores honraran las deudas, Alexandra (nombre ficticio) no. Ella asumió la deuda de su cuñada, que superaba los tres mil dólares, además casi pierde el trabajo porque su familiar se sentía ofendida por los cobros que ella le hacía y se atrevió a llegar a su trabajo a hacer un escándalo.

“Me acuerdo que le llegaba a cobrar porque me llamaban del banco, pero ella se declaró en bancarrota, entonces yo lo que hice fue hacer un arreglo de pago con el banco, porque si me llegaba el embargo de salario me corrían del trabajo porque ahí es prohibido que te embarguen. Me llevé varios años pagando eso y al final hasta enemigas nos hicimos”, relata Alexandra.

Historias como las de Fernando y Alexandra abundan y cada vez son más las personas que tienen temor a convertirse en codeudores, una figura financiera que si bien ha empezado a usarse con menos frecuencia en el sistema financiero nacional, aún se requiere para algunos créditos.

De ahí surge el dilema: ¿ser o no ser fiador? ¿Cuáles condiciones se deben valorar antes de asumir esa responsabilidad? ¿Qué canales legales usar en cada incumplimiento de pago por parte del deudor? ¿Qué consecuencias puede traer al historial crediticio?

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La asesora en Educación Financiera y autora del portal Dele Peso a sus Pesos, Gisella Canales, dice que antes de tomar la decisión se deben valorar dos aspectos: “Uno si mi relación con la persona deudora amerita asumir el compromiso (si es pareja estable o familiar o simplemente un conocido o compañero de trabajo); y dos, si tengo capacidad de pagar esa deuda, en caso que deba saldarla yo”.

Recuerde que al momento en que el deudor falle con el pago, automáticamente el fiador o codeudor debe asumir la deuda, como lo establece el contrato que es firmado por ambos.

Alexandra y Fernando admiten que no valoraron ninguno de los dos aspectos que plantea Canales, hacerlo les habría evitado los problemas que tuvieron que enfrentar.

“Son contratos que están bien preparados, bien pensados, el fiador tiene pocas oportunidades para decir qué ventajas puede tener frente a un deudor que no paga. Aquí el punto se centra en el hecho si el deudor no paga, no se localiza, se fue del país o quedó en desempleo o no tienen bienes para responder a sus obligaciones, el fiador tendrá que responder patrimonialmente también”, explica Noel Salazar, especialista en Derecho Civil y Penal.

El director del Instituto Nicaragüense de Defensa del Consumidor (Indec), Marvin Pomares, afirma que si bien son pocas las denuncias que reciben por incumplimiento de pago de los deudores, los casos que llegan son cuando ya han sido ejecutados los embargos y ahí poco o nada puede hacer.

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“Todavía cuando no está ejecutado el embargo por la orden de un juez ahí sí nosotros podemos ir a la institución a hacer que se comprometa al fiador para evitar que le embarguen. Muchas instituciones, muchas empresas realmente cuando embargan a un trabajador deciden correrlos porque ellos dicen ‘si el deudor quedó mal con el banco, con la casa comercial, nos va a quedar mal en el trabajo”, dice Pomares.

La única vía legal

¿Se puede cobrar por vía judicial? Las fuentes citadas coinciden en que la única alternativa que tiene el fiador es asumir la deuda y después proceder legalmente contra el deudor.

Salazar explica que el fiador tiene mucho que perder si la entidad bancaria o comercial inicia un proceso legal, porque el codeudor tendrá que disponer de un abogado para su defensa, invertir tiempo en el proceso que usualmente es de tres meses, además de retribuir el 25 por ciento de los gastos legales que destinó el demandante en el proceso.

“Lo único que podría ayudar a un fiador es asumir la deuda de manera directa y personal para que el banco o casa comercial le subrogue los derechos al fiador para que este pueda perseguir al deudor y exigir el pago de la deuda y cada uno de los gastos que hizo como fiador”, explica el especialista.

Y una vez que el fiador paga la deuda, según Canales una de las alternativas que tiene es demandar por la vía civil.

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“La demanda se realiza por acción de pago, más daños y perjuicios, con lo que podría reembolsarse al menos el 133 por ciento del total de lo que pagó, 100 por ciento de la deuda que asumió más una tercera parte en concepto de gastos legales y otros gastos. Según el Código Civil de Nicaragua en el numeral 2 del artículo 3,705, el fiador afectado incluso podría reclamar el pago de intereses por la deuda asumida, los cuales correrían a partir de la notificación del fiador al deudor de que asumió el compromiso financiero”, precisa Canales.

Sistema judicial desmotiva

Salazar afirma que pocos son los casos que llegan a los Juzgados por esa causa, porque el fiador se desmotiva y lo que menos quiere es seguir invirtiendo en una causa que no le genera la garantía que el deudor va acatar la orden del juez.

“Si el deudor demuestra que no tiene capacidad de pago, la ejecución de la sentencia se ‘congela’ en espera de que llegue el momento en que sí pueda pagar, ya sea con dinero o con el embargo de algún bien que esté a su nombre.

Pero como el juez no va a estar monitoreando eso, tocaría al fiador estar pendiente de que el deudor tenga capacidad de pago. Sería un proceso largo y desgastante”, explica Canales.

La “pequeña muerte cívica”

Pero los daños económicos que puede traer una incorrecta decisión de convertirse en codeudor no solo se limitan a un embargo salarial, por ejemplo, sino que también pueden trascender al récord crediticio.

“Ahí aparecés marcado (en el récord crediticio) y te volvés un sujeto pasivo, eso es una pequeña muerte cívica, es porque no te volvés un sujeto de crédito”, sentencia Salazar.

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“El fiador también ve afectado su récord crediticio en caso que el deudor entre en mora, haga arreglos de pago o reestructure el crédito, por tanto no solo se debe valorar el escenario de que no pague el deudor, sino el hecho de que cualquier atraso en las obligaciones, también le dañará su historial de pago, lo que podría ocasionarle serios apuros cuando requiera un crédito”, recuerda Canales.

Conseguir un acuerdo

Otra de las opciones que tiene el codeudor es asumir la deuda en su totalidad y gestionar un acuerdo con el prestamista (entiéndase entidad financiera, casa comercial u otro). “Bajo ese criterio algunos bancos, por ejemplo, y empresas dispensan los cargos financieros, es decir, los intereses moratorios, te paralizan la deuda, cuando se trata de préstamos, por ejemplo”, explica Noel Salazar, especialista en Derecho Civil y Penal.

Pedir retiro de figura como fiador

Gisella Canales, de Dele Peso a sus Pesos, da otra alternativa. En caso que el deudor constantemente se atrase o tiene alto riesgo de hacerlo, se puede solicitar ante el banco hacer cambio de fiador, de manera que el deudor tenga que buscar a otra persona, así el fiador original quedaría libre del compromiso.

Meditar decisión

Según el portal educaciónfinanciera.gob.sv, antes de asumir la responsabilidad de ser deudor la decisión debe ser pensada “dos veces” porque esta puede inclusive llevar a una persona a la bancarrota. También sugiere textualmente:

1. “Es recomendable que se asegure de que pueda estipularse en el contrato que la contraparte solo podrá ser eximida de la deuda si se comprueba que no tiene ningún medio de cómo pagarla. También es bueno que se cerciore si la persona que solicita el préstamo posee otras deudas con instituciones financieras”.

2. “Sería recomendable que usted no poseyera bienes a su nombre, ya que en caso de embargo podría perder alguna propiedad o hasta su casa”.

3. “Visite una institución financiera y solicite información sobre las consecuencias de lo que ocurre cuando alguien asume el cargo de fiador. Pregunte al representante del banco si le serviría una carta firmada por un notario en la que el solicitante del crédito autoriza para que sea embargado en caso de que incumpla con su deuda, y que se tome como último recurso el cobrarle al fiador”.

4. “Analice bien a la persona que le solicita el favor, para determinar si es una persona que podrá cumplir o no. Es recomendable que verifique con otros amigos si no ha tenido problemas de incumplimiento de pago con créditos anteriores”.

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