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Cartas al Director, farsas electorales
Francisco Antonio Samper B.

Policía Nacional, ¿sucursal de la DGI?

Una epidemia azota Nicaragua: las multas de tránsito que impone la Policía a los conductores de vehículo. Con la actitud inverosímil y la acción discrecional de los agentes de tránsito, pareciera que los ciudadanos nicaragüenses vivimos algo semejante a los personajes que recrea el insigne literato checoslovaco Franz Kafka en sus novelas clásicas.

Y es que me pregunto, ¿se ha transformado la Policía en una sucursal de la Dirección General de Ingresos (DGI)? Los datos oficiales del Gobierno, publicados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP), juzga a confirmar positivamente esta interrogante, así lo demuestran las cifras de los informes de Liquidación del Presupuesto General de la República (PGR) del 2007 al 2016, el informe de Ejecución Presupuestaria de enero a septiembre del 2017 y el Proyecto del PGR del 2018.

En los años 2007, 2008, 2009 y 2010 las recaudaciones por las multas de tránsito fueron absolutamente moderadas: en el 2007 se recaudó 878 mil córdobas, equivalentes a 47.5 mil dólares, y continuaron con un ascenso módico sin sobrepasar la cantidad de 70.0 mil dólares anuales.

A partir del año 2011, la institución policial inicia su metamorfosis recaudadora al dar un salto colosal en la recaudación con relación al 2010. En este año la recaudación por multas de tránsito fue de 1.45 millones de córdobas, equivalentes a 68 mil dólares, mientras que en el 2011 la recaudación se ubicó en 29.24 millones de córdobas, equivalentes a 1.3 millones de dólares, para un incremento de 1,813.4 por ciento, medido en dólares.
Si comparamos el año 2010, antes del “gran salto”, con la proyección estimada del 2018 que se sitúa en 350.60 millones de córdobas, equivalentes a 11.11 millones de dólares, se denota un incremento de 16,208 por ciento (siempre medido en dólares), en un período, apenas de ocho años.

Cabe mencionar, que en el 2010 las multas de tránsito representaron solo 0.12 por ciento con respecto al total de los ingresos no tributarios, mientras que en el 2018 se estima una proporción de 13.46 por ciento. Semejante salto solo se justifica si el Ejecutivo le haya asignado a la Policía Nacional (PN) el rol preponderante de un ente recaudador. En ese sentido, no podemos descartar que la intención de incrementar el monto de las multas de tránsito, a través de un proyecto de ley que se “esfumó” de la página web de la Asamblea Nacional, esté vinculado a la meta recaudatoria establecida en el proyecto del PGR de 2018, que corresponde al monto de C$350.60 millones, tal como lo señalamos anteriormente.

Es importante explicar que en el Proyecto del Presupuesto General de la República 2018 (PGR-2018), las multas de tránsito son disfrazadas bajo el concepto de “multas por incumplimiento de leyes”, tal vez para no asustar a la ciudadanía. Es posible que este concepto abarque otros tipos de multas, no obstante, estas otras multas tienen montos marginales. Por ejemplo, en la ejecución presupuestaria del tercer trimestre de 2017, el monto de las otras multas representó apenas 1.24 por ciento del total de las multas recaudadas.

En todo caso, le corresponde al MHCP o a la Asamblea Nacional informar si las “multas por incumplimiento de leyes” corresponden al total de las multas de tránsito o bien incluye otros tipos de multas. Para efectos de transparencia presupuestaria y de informe a la ciudadanía, considero que se debe de mantener el formato de los presupuestos e informes presupuestarios de los años anteriores, es decir, desagregando los conceptos con sus cifras correspondientes.

Finalmente, ante esta situación de una Policía recaudadora, es ineludible preguntarse: ¿Qué hacer? Si bien es cierto que sectores importantes de los ciudadanos no confiamos en el sistema, por la naturaleza autoritaria del actual régimen, no obstante, considero que la acción ciudadana debe orientarse a ejercer los recursos legales que establecen el artículo 30 de la Ley No. 431 y sus reformas, “Ley para el régimen de circulación vehicular e infracciones de tránsito”. En ese contexto, es imperativo que los organismos de la sociedad civil y los propios partidos políticos de oposición orienten legalmente a los ciudadanos y es necesario que estas organizaciones abran oficinas legales para colaborar con la ciudadanía. Solo así podemos combatir, aunque sea parcialmente, el sesgo recaudador de la institución policial.
El autor es economista, abogado y notario público

Opinión multas de tránsito Nicaragua archivo
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