Aunque la Dirección General de Ingresos (DGI) no hubiera emitido un comunicado oficial, las exoneraciones de impuestos a los útiles escolares que anunció el Gobierno este fin de semana seguirían teniendo efecto, pues están respaldadas por la Ley 822 o Ley de Concertación Tributaria, señala María Félix Alonzo, subdirectora de capacitación del Instituto Nicaragüense de Investigaciones y Estudios Tributarios (Iniet).
Este fin de semana medios de comunicación oficialistas afirmaron que las exoneraciones a los útiles escolares se debían a una “disposición orientada por el presidente de la República, Comandante Daniel Ortega, y ratificada por la DGI”. Mientras que Rosario Murillo, vocera del Gobierno, anunció el pasado viernes 12 de enero como “muy importante” la ratificación de la exención de impuestos a todos los útiles escolares.
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“Esto es importante para conocimiento de todos los padres que preparan a sus muchachos y muchachas para ir a la escuela. Todos los libros, cuadernos, lápices, lápices de colores, lapiceros, plastilinas, mapas, estuches geométricos y otros, que se describen en los acuerdos ministeriales del cobro de impuestos, esto de acuerdo con el artículo 58 y 68 de nuestra Constitución. Información importante”, señaló Murillo.
No obstante, Alonzo asegura que este beneficio está vigente desde antes de la Ley de Equidad Fiscal, y no ha sido modificado aunque la Ley ha sufrido otras reformas. “Este beneficio también aplica en la importación, es decir, cuando se importan los materiales escolares: todos están exentos del Impuesto de Valor Agregado (IVA)”, subraya.
El comunicado de la DGI, según Alonzo, sirve para saber cuáles son los productos nuevos que se incluyeron en la lista de útiles, que por lo general, se renueva todos los años. “A veces se hacen cambios a la lista, se van agregando productos que están contenidos en los acuerdos ministeriales”, explica.
Este año, por ejemplo, se establecieron 61 productos o útiles escolares. Entre otros, la lista incluye: mochilas escolares, loncheras, acuarelas, estuches de pinturas escolares, correctores líquidos, borradores, plastilinas, libretas, blocks con o sin raya, diccionarios, enciclopedias, mapas, láminas educativas, libros de texto, cuadernos para colorear, compases, reglas, tijeras para artes manuales, tizas para escribir o dibujar, pizarras y tableros para escribir o dibujar, bolígrafos, juegos educativos y cuadernos escolares y universitarios.
Exención navideña fue ilegal
A diferencia de esta exención a útiles escolares, la medida dada a conocer por la Dirección General de Servicios Aduaneros (DGSA) en noviembre de 2017, en el que se determinó exonerar de impuestos las mercancías alusivas a la Purísima y Navidad, no tenía fundamento legal, porque las modificaciones tributarias deben pasar por el poder legislativo, según la experta.