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José Bernard Pallais Arana

Del ostracismo a las listas negras

La historia nos enseña que la humanidad ha usado diferentes mecanismos para alejar de su seno a aquellos ciudadanos a quienes considera peligrosos. Entre ellos el ostracismo que inicia en Atenas en el año 510 a.C. en defensa de la soberanía popular, para enfrentar los comportamientos o actitudes que pudieran afectar a la sociedad, como las pretensiones tiránicas de un sujeto, principalmente de algún funcionario o político.

Con la evolución del derecho penal, diferentes legislaciones recogieron las figuras del Destierro, del Confinamiento y del Extrañamiento que bajo el argumento de la defensa de los intereses sociales, implicaba el aislamiento o exclusión de quien incurría en conductas que ponían en peligro la convivencia social o el orden establecido; aplicándose en Nicaragua como penas propias de los delitos políticos. Actualmente han sido eliminadas de la mayoría de las legislaciones, transformándose en penas privativas de otros derechos como el de residir en determinados lugares o de acudir a ellos, principalmente en el interés de la protección de la víctima.

Hoy nuevamente estamos hablando de procedimientos de aislamiento o exclusión, consistentes en la inclusión de algunos connotados personajes públicos en las llamadas listas negras que da a conocer la Oficina para el Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro de EE. UU. o listas OFAC que administra una serie de leyes que permiten aislar del sistema financiero norteamericano a organizaciones o individuos hostiles que por su peligrosidad pueden contaminar las transacciones comerciales o financieras que sustentan la economía de ese país.

La inclusión en las listas negras es una medida esencialmente administrativa, de carácter preventivo, en defensa de los intereses nacionales de los Estados Unidos de América; al igual que el ostracismo que consistía más en una sanción política, aunque democráticamente decretada, no constituye una pena jurídica ni una condena penal.

Asimismo las listas OFAC no son una creación del derecho internacional, son una creación propia del ordenamiento jurídico interno de una potencia mundial; ni se guían por el principio de universalidad, o principio de obligación extraterritorial de la Ley, por lo que las disposiciones de orden legislativo o administrativo norteamericanas carecen de vinculación jurídica para su aplicación fuera del territorio de ese país, razón por la que es absurdo hablar de injerencia o intromisión en los asuntos internos de otros países. Si jurídicamente la sanción que implica el ingreso al listado no tiene efectos en Nicaragua, mal puede hablarse, para tratar de defender al nacional que resulte enlistado, de práctica imperialista. No obstante lo anterior, no podemos negar el efecto indirecto que por la importancia financiera y comercial del enlistador, por la vía de hecho y no del derecho, puede provocar el excluirlo del sistema de transferencias internacionales y de las transacciones con ciudadanos americanos.

En el mundo globalizado de hoy, abierto a la información y a los movimientos del dinero y la inversión, la lista negra es de hecho un ostracismo en el ámbito de la aldea global creada por las fuerzas económicas, el afectado queda fuera del sistema bancario internacional, es excluido del mismo con gran descrédito personal por la amplia difusión que la medida genera.

Ante la incorporación de nuestros conciudadanos al nuevo ostracismo global, si bien no existen fundamentos para exacerbar nacionalismos trasnochados, sí debe llenarnos de vergüenza, no por sentir vergüenza ajena, sino por la vergüenza colectiva que la inclusión implica, al estimar que en nuestro país no existen instituciones capaces de investigar o sancionar los supuestos delitos de los involucrados.

El fracaso de nuestra democracia, la falta del Estado de derecho y el imperio de la impunidad sí son asuntos de los que todos somos corresponsables y nos debe llevar a una profunda reflexión el hecho de que otros tengan que tomar medidas defensivas ante la inoperancia de nuestro propio Estado.
El autor es abogado.

Opinión José Bernard Pallais Arana ostracismo archivo
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