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Reforma al INSS viola DD. HH.

El régimen de Daniel Ortega anunció cambios en el INSS para mitigar la crisis que enfrenta la institución, entre las medidas adoptadas destacan el incremento a la tasa de los trabajadores y una deducción del 5% a las pensiones. El derecho a la seguridad social está reconocido en el artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, pero ¿cómo la reforma viola este derecho?

Un análisis simple podría concluir que los Derechos Humanos son progresivos, es decir, que una vez reconocido un derecho, el mismo solo puede ser modificado para ampliar su esfera de protección y no para lo contrario. Bajo esta premisa podríamos decir que el incremento de la tasa de los trabajadores y la deducción a la pensión de los jubilados son regresivas, pero no es tan simple. Para afirmar que las medidas son regresivas se debe tener en cuenta la movilidad demográfica del país, ya que los cálculos actuariales son los que garantizan la sostenibilidad del sistema.

En Nicaragua, el sistema de Seguridad Social  se fundamenta en un esquema de solidaridad, donde la fuerza laboral más joven aporta para el pago de las pensiones de los jubilados, es natural entonces pensar que si la sociedad envejece como en el caso europeo, se hace necesario hacer ajustes en el sistema.

El otro elemento a tomar en consideración son los límites al ejercicio de un derecho. Si hoy los pensionados reciben un monto, ¿por qué mañana se les hará Reforma al
INSS viola

DD. HH. una deducción del 5% sobre la pensión? Es necesario tomar en cuenta que los adultos mayores son considerados un grupo en situación de vulnerabilidad, lo anterior porque con el paso del tiempo se ven disminuidas sus capacidades físicas y son más propensos a enfermedades, lo que a su vez les impide incorporarse en la sociedad de manera plena.
Por ello, el Estado tiene un deber especial de protección y en consecuencia, cualquier medida legal que se adopte debe ser sometida a un test de proporcionalidad estricto para evitar que se presente discriminación por resultado en su implementación.

El test de proporcionalidad implica que la medida debe ser idónea, necesaria y proporcionada para alcanzar el fin propuesto, en este caso es salvar al Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS). Pero la propuesta del régimen no supera el test de proporcionalidad y se convierte en una medida que discrimina por resultado en su aplicación respecto de los adultos mayores, lo anterior porque la exigencia de necesidad implica que no exista otra alternativa para alcanzar el fin propuesto.

En correspondencia con lo anterior, podemos concluir que si la crisis del INSS no se debe principalmente a la movilidad demográfica (envejecimiento de la sociedad), estamos en presencia de una regresión del derecho a la seguridad social. Por otra parte, al no superar la medida el test de proporcionalidad estricto (que no exista alternativa) respecto de la deducción del 5% de la pensión de los jubilados, estamos en presencia de una medida legal que discrimina por resultado a un grupo en situación de vulnerabilidad, como lo son los adultos mayores. Ambas situaciones configuran una violación al Derecho Humano de la seguridad social.

La atención a este problema con enfoque de Derechos Humanos pasa por transparentar la información referida al INSS e incluir en el debate público a los diferentes sectores sociales que se ven afectados por la crisis de la institución. Para que el régimen de Daniel Ortega sobreviva a este problema que nos afecta a todos, debe deponer su vocación autoritaria e incluir a amplios sectores sociales, lo contrario no solo lo va a deslegitimar, sino que atiza el cúmulo de inconformidades ya existentes, poniendo en riesgo su permanencia en el ejercicio del gobierno.
El autor es maestro en Derechos Humanos.

Opinión INSS Nicaragua reforma archivo
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