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Teresa Rodríguez, actual alcaldesa de Camoapa, se desempeñó como vicealcaldesa de Edmundo Robleto, quien renunció tras una denuncia pública de maltrato interpuesta por su esposa Luz Marina Mora.

Teresa Rodríguez, exalcaldesa de Camoapa. LA PRENSA/M.RODRÍGUEZ

Poder electoral rechaza destitución de concejala sandinista de Camoapa

Teresa Rodríguez, también exalcaldesa, fue defenestrada de su concejalía por no asistir durante 60 días continuos a las sesiones convocadas por el Concejo Municipal

“No a lugar”, fue la resolución emitida por el Consejo Supremo Electoral (CSE) ante la destitución de la concejal Teresa Rodríguez, quien fungió como alcaldesa de Camoapa, Boaco, por el Frente Sandinista en el período anterior, y fue defenestrada de su concejalía por no asistir durante 60 días continuos a las sesiones convocadas por el Concejo Municipal.

El secretario del Concejo Municipal, Juan Francisco Salazar, mencionó que pese a seguir los procedimientos indicados por la ley, la Secretaría de Actuaciones del CSE no aceptó la destitución de Rodriguez.

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“Nos argumentan que, si bien tiene más de 60 días de no asistir a las sesiones ni trabajo de comisión, asistió al cabildo. Entonces, le toman desde la perspectiva del cabildo y no de la sesión, aunque es más importante sesionar y hacer el trabajo de comisión”, explicó Salazar, del Partido Liberal Constitucionalista (PLC).

Asimismo, en la resolución se detalla que son necesarios los votos de dos terceras partes de los integrantes del Concejo Municipal, para destituir a alguno de ellos, en este caso debieron ser 15 votos a favor, pero solo obtuvieron 14 votos.

Cubren a sandinista

Según Salazar, dicha resolución era algo que “se esperaban”, ya que el implicado en la destitución era un miembro del Frente Sandinista. “Se revisó la documentación (que llevamos) y lógicamente, así lo esperábamos, al ser un concejal del gobierno de turno le van a apañar que falte cuantas veces quiera”, agregó.

Durante el período de gobierno anterior, el artículo 24 de la Ley de Municipios (Ley 40), en el cual se detallan las causales de la pérdida de la condición de concejal, fue aplicado a uno de los concejales opositores, quién fue removido inmediatamente de su cargo por el Concejo Municipal.

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Para Salazar, la aplicación de dicho artículo en este gobierno local responde a una intención de corregir anomalías en la labor de los concejales y promover que estos asuman sus funciones y no evadan sus responsabilidades con el pueblo.

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