14
días
han pasado desde el robo de nuestras instalaciones. No nos rendimos, seguimos comprometidos con informarte.
SUSCRIBITE PARA QUE PODAMOS SEGUIR INFORMANDO.
Cristian Fajardo, dirigente del Movimiento 19 de Abril en Masaya, junto a María Adilia Serrano. TOMADA DE FACEBOOK

Cristian Fajardo, dirigente del Movimiento 19 de Abril en Masaya, junto a María Adilia Peralta Serrano. TOMADA DE FACEBOOK

Establecen fecha tentativa de juicio oral contra líder de Movimiento 19 de Abril en Masaya

Julio Montenegro, abogado defensor de Christian Fajardo y María Adilia Peralta observa una serie de irregularidades en el proceso que empezó con la detención que considera fue ilegal

Después de una audiencia inicial que duró unas cuatro horas y se extendió a eso de las 8:00 p.m. del viernes, la judicial Karen Chavarría, quien sustituyó a la juez Indiana Gayardo,  determinó de forma tentativa programar para el 15 de noviembre del presente año, la audiencia de juicio oral y público en contra del líder del Movimiento 19 de Abril en Masaya, Christian Fajardo y su esposa María Adilia Peralta.

El defensor Julio Montenegro, observa una serie de irregularidades en este proceso. Uno de los cuales está relacionado con la detención ilegal que fue ejecutada por miembros del Ejército de Nicaragua que no están facultados para hacerlo. Y que considera esto causa nulidad del proceso. ” Eso tiene que ver con lo que en la doctrina norteamericana se conoce como los frutos del árbol envenenado, pues todo lo que es producto de un acto irregular, los actos que se realicen no son válidos”, explicó.

Así como el hecho relacionado con el delito de terrorismo que la Fiscalía pretendía que fuese conocida la causa aplicándoles la nueva Ley de terrorismo, publicada el 20 de julio en La Gaceta, que contempla sanciones más fuertes con penas de 20 a 30 años. Fajardo y Peralta le atribuyen hechos ocurridos en fechas que van desde abril y máximo hasta el 15 de julio.

Montenegro alegó ante la judicial que la norma no aplica de manera retroactiva cuando es perjudicial al acusado, solo cuando favorece al reo “y eso cualquier estudiante de derecho lo sabe porque es el ABC”.

Esto llevó a Montenegro a presentar un incidente de nulidad que la judicial no lo negó y se limitó a sostener que en el presente caso lo que se deben aplicar es la Ley 641, Código Penal.

“Yo estoy entendiendo que ella está en desacuerdo con el Ministerio Público y ya no se va aplicar la ley nueva, sino que se va aplicar el Código Penal”, dijo Montenegro.

Lea Además: Gobierno de Daniel Ortega criminaliza las protestas

Durante la audiencia de este viernes, Montenegro  ya había presentado antes una excepción por asunto de incompetencia en cuanto a que ambos procesados son acusados por hechos ocurridos en Masaya y son juzgados en Managua y que está relacionado con la Ley 952, de reformas a la Ley 641, que autoriza a los judiciales a conocer los casos de forma centralizada.

Montenegro las califica como reformas “irregulares”, porque la Constitución no ha sido reformada y establece el derecho a un juez natural y que por encima de la Constitución Política no existe ley ordinaria, reglamento, decreto o cualquier otra disposición “que altere ese precepto”.

Sin embargo, el incidente fue rechazado, pese a que no hubo ninguna fundamentación por parte de la Fiscalía.

También el defensor de Fajardo y Peralta introdujo otro incidente de nulidad relacionado con las pruebas anticipadas, pues en la primera audiencia “el Ministerio Público presenta un pliego de ocho personas que iban a ser testigos”, sobre quienes no establece qué van a declarar sino que solo expuso las generales de ley.

Y al día siguiente citaron a una audiencia a una de las abogadas que realizaba la defensa de Fajardo y Peralta, para realizar la toma de testimoniales de pruebas anticipadas, señala Montenegro.Esto fue autorizado por la judicial a pesar que el el artículo 202 del Código Procesal Penal establece dos excepciones para que el testigo pueda declarar ante de juicio y es por peligro de muerte y la otra por estar de tránsito en un país determinado.

No obstante, Montenegro reconoce que hay una reforma de de forma maliciosa de la Ley 735, de Prevención, investigación y persecución del crimen organizado y de la administración de los bienes incautados, decomisados y abandonados , que indica “que también será cuando los testigos corran algún peligro por sus vidas”.

Sin embargo, la misma ley aclara que “la juez estimará”, en estos casos, por lo que Montenegro dice “no significa que la juez solo porque lo pide el Ministerio Público lo debe hacer”, sino que la Fiscalía debe acreditar que hay una condición real de peligro a la vida de ese testigo o que esa persona estaba de tránsito, “sí no hay esa motivación y esa fundamentación, como efectivamente no aparecía en el escrito ni lo hizo en audiencia el fiscal, no tenía la juez por qué hacer un anticipo de pruebas”.

“Lo más increíble es que de ocho testigos que están ofreciendo en su acusación, donde no se dice que va a decir cada testigo, de los ocho son siete los que pasan a testimoniar al día siguiente en menos de 24 horas.  Es prácticamente hacer un juicio anticipado y sin ninguna oportunidad de defensa, porque ¿cómo va alegar el defensor, si no aparece expresado en ese escrito que es lo que va a vertir cada testigo?”, cuestiona Montenegro.

Supuestamente se menciona que uno de los testigos tenía que viajar, pero de acuerdo a lo que ha indagado Montenegro, habían siete personas detenidas y “lo que podemos presumir que si estaban detenidos estaban bajo coacción”.

A Montenegro le llama la atención  que la Fiscalía justificó en la audiencia que ya  tendría su momento en la audiencia preparatoria para que pudiera cuestionar lo relativo al elemento de prueba anticipada, cuando la audiencia preparatoria es para los testigos que no han sido evacuados. La juez alegó que allí estuvo presente la abogada defensora y contrario a lo esperado hubo respuesta inmediata. Y deja en indefensión a los acusados.

Puede interesarte

×

El contenido de LA PRENSA es el resultado de mucho esfuerzo. Te invitamos a compartirlo y así contribuís a mantener vivo el periodismo independiente en Nicaragua.

Comparte nuestro enlace:

Si aún no sos suscriptor, te invitamos a suscribirte aquí