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La jurisdicción universal es la vía

En las últimas semanas ha habido un creciente interés en la activación de mecanismos internacionales para que Daniel Ortega y sus cómplices enfrenten a la justicia por los Crímenes de Lesa Humanidad que han cometido en el contexto de la represión a la protesta en Nicaragua. A efectos de que el debate no se diluya o peor aún, se generen falsas expectativas en un contexto complejo, estimo pertinente resaltar algunas cosas al respecto.

Para que la Corte Penal Internacional (CPI) conozca de los hechos ocurridos en Nicaragua, el Consejo de Seguridad de la ONU debe adoptar una resolución y derivarles el caso o Nicaragua debe suscribir el Estatuto de Roma y manifestar su anuencia para que estos hechos sean investigados y sancionados. Cualquier otro esfuerzo es inútil. En vista del colapso institucional que hay en el país, la alternativa que nos resta es centrar esfuerzos en la aplicación del principio de la Jurisdicción Universal, el cual permite que un país realice actos de investigación y ejerza su jurisdicción penal respecto de hechos ocurridos en otro territorio cuando se trata de casos como Crímenes de Lesa Humanidad.

La Jurisdicción Universal tiene su origen en la costumbre internacional para sancionar la piratería en alta mar. Al término de la Primera y Segunda Guerra Mundial se establecieron precedentes para sancionar a mandos militares por Crímenes de Guerra bajo el argumento que sus acciones atentaron contra los intereses de la humanidad. Los Convenios de Ginebra de agosto de 1949 retoman el principio respecto de los Crímenes de Guerra y la idea es reforzada en el Protocolo Adicional I a los Convenios de Ginebra de 1977 (artículos 88 y 89).

Hace dos décadas exactamente el dictador chileno Augusto Pinochet fue arrestado en Inglaterra por requerimiento del juez de la Audiencia Nacional de España Baltazar Garzón, quien pretendía procesarlo por diversos crímenes cometidos en Chile. No podemos olvidar los esfuerzos del juez de la Audiencia Nacional de España Santiago Pedraz, quien impulsó procesos judiciales contra 8 funcionarios guatemaltecos por crímenes cometidos en los años 80. Por último, desde 2010, la jueza argentina María Servini de Cubría impulsó un proceso contra 19 funcionarios del franquismo en España.

Si tomamos en cuenta la dificultad jurídica que representa someter la situación de Nicaragua ante la CPI y la gravedad del tipo de casos que esta conoce, la vía adecuada es la Jurisdicción Universal, pero esa meta requiere un accionar político y jurídico realmente especializado, ya que considerar que los informes de la CIDH son prueba suficiente para acreditar los Crímenes de Lesa Humanidad cometidos por el régimen Ortega-Murillo toma distancia de la argumentación jurídica más elemental.

El autor es maestro en Derechos Humanos.

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