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La golpiza a las presas políticas

Al leer la noticia de la golpiza propinada a 17 presas políticas en la cárcel La Esperanza y la obstaculización a la labor de la CIDH y otras organizaciones de derechos humanos (DD. HH.) en Nicaragua para investigar este hecho, es imposible no sentir enojo, indignación e impotencia. Pero esta situación es un reflejo de la gravedad del contexto de los derechos humanos en nuestro país.

Durante más de una década, el régimen Ortega-Murillo ha apostado a “taparle el ojo al macho”, para que no salgan a la luz las violaciones a DD.HH., esto ha implicado: amenazar o comprar a las víctimas; ocultar y no brindar información; obstaculizar y desacreditar el trabajo de organismos de DD. HH.; y controlar y/o neutralizar a la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PPDDH).

El problema con esta estrategia es que han eliminado los controles internos que persuaden a los funcionarios para no cometer violaciones a DD.HH. por el temor a la consecuencia, peor aún, en el contexto actual la represión a voces disidentes contra el régimen es objeto de premiación como el caso del comisionado Ramón Avellán.

La misma estrategia ha hecho que el Estado eluda sus obligaciones reglamentarias de protección de DD. HH., de suerte tal que normativamente tenemos un rezago de hasta más de dos décadas en algunas temáticas. Por ejemplo, sobre estas denuncias de graves violaciones a DD. HH. de las presas políticas, las premisas investigativas serían: investigar con perspectiva de género; el uso desproporcionado de la fuerza del personal penitenciario; la aplicación de castigo corporal; la utilización de castigos colectivos; y la práctica de tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes.

Sobre la tortura, Nicaragua carece de legislación que exija: la certificación del estado físico de una persona desde el momento de su detención; régimen de responsabilidades para los funcionarios que no denuncien la tortura cuando tengan conocimiento de ello; reconocimiento de las facultades investigativas en materia de tortura para la PPDDH; certificación de médicos forenses para la aplicación del Protocolo de Estambul; protocolo de investigación sobre tortura por parte del Ministerio Público; una adecuación del Código Penal sobre la tipificación de tortura acorde a estándares internacionales. En otras palabras, en Nicaragua no existe una reglamentación adecuada para prevenir, investigar y sancionar la tortura.

Si bien, la documentación de violaciones a DD. HH. y las reparaciones dependen principalmente de voluntad política, el rezago normativo existente en Nicaragua podría dificultar el acceso a la justicia de las víctimas, el caso de Nicaragua más que un reto mayúsculo para las instancias internacionales de DD. HH., es una oportunidad para que nos comprometamos como país con los DD. HH.

El autor es maestro en Derechos Humanos.

Opinión Crisis en Nicaragua golpiza Presas políticas archivo
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