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El Gobierno de Estados Unidos ha sancionado a cuatro altos funcionarios de la dictadura con la Ley Global Magnitsky. LA PRENSA/ARCHIVO/EFE

Experto en delitos financieros: “Nica Act se convertirá en enérgica ley de sanciones”

El experto en delitos financieros en América Latina, Gonzalo Vila, analiza el impacto de la ley firmada recientemente por el presidente Donald Trump, que posibilita mayores sanciones al régimen de Nicaragua

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La Oficina de Control de Activos Extranjeros en Estados Unidos (OFAC) administra programas de sanciones diferentes —unos sesenta—, explica el director para América Latina de la Asociación de Especialistas Certificados en Delitos Financieros, Gonzalo Vila, al analizar la Nica Act, firmada el 20 de diciembre por el presidente Donald Trump y que abre la posibilidad de mayores sanciones al régimen de Daniel Ortega.

Vila, de 49 años, es un experto en temas financieros, con una amplia trayectoria en periodismo financiero y de investigación que le llevó, dirigiendo en aquel momento la publicación especializada Alerta de Lavado de Dinero, a escribir artículos y realizar investigaciones sobre el gobierno del expresidente nicaragüense Arnoldo Alemán y su entonces director de rentas, Byron Jerez, ambos hoy aliados de Ortega.

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“(Los bancos de Nicaragua) se verán expuestos a enormes sanciones”, explica vía correo electrónico desde Perú, en donde imparte una capacitación a cooperativas, claro, si incumplen las disposiciones estadounidenses.

Después de firmar Trump la Ley Nica, ¿cuál es el impacto directo en el caso de Nicaragua?

Va a permitir la imposición de sanciones a funcionarios nicaragüenses y otros implicados en violaciones de derechos humanos dentro del gobierno de Daniel Ortega.


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Según la Ley Nica o Nica Act, el Departamento del Tesoro de EE. UU. podrá sancionar a toda persona extranjera, incluidos funcionarios anteriores o actuales del gobierno de Nicaragua, o cualquier persona que actúe en nombre de ese gobierno, que el presidente de EE. UU. determine que haya participado en actos significativos de violencia o conductas que constituyan abuso o violación de los derechos humanos contra personas vinculadas con las protestas que empezaron en Nicaragua el 18 de abril de 2018.

Gonzalo Vila, director para América Latina de la Asociación de Especialistas Certificados en Delitos Financieros. LAPRENSA/ARCHIVO

Hasta ahora EE. UU. ha sancionado a funcionarios usando la Ley Magnitsky o incluyéndolos en la OFAC, como ocurrió con Rosario Murillo y Néstor Moncada Lau, ¿cuál es la diferencia de las sanciones planteadas en la Nica Act?

Una arista muy importante es que, a través de la Nica Act, EE. UU. también condicionará los préstamos de organismos internacionales a Nicaragua.

La Ley Nica da instrucciones a los funcionarios estadounidenses de diversos organismos internacionales para que utilicen la influencia de Estados Unidos para oponerse a préstamos u otro tipo de asistencia financiera o técnica al gobierno nicaragüense para proyectos en Nicaragua. Esta pata de la Nica Act puede resultar en consecuencias muy severas .

¿Cómo afecta la reputación a nivel internacional de las personas que son objeto de sanciones?

Las personas que sean objeto de sanción bajo esta ley no pueden hacer negocios con ciudadanos y/o residentes de Estados Unidos y no pueden tener cuentas en EE. UU., no pueden participar de transacciones financieras y comerciales en ese país, no pueden viajar a EE. UU. y sus activos son blanco de congelamiento.

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Los bancos e instituciones financieras de EE. UU., o que realizan operaciones a través de EE. UU., van a tener que realizar estrictos procesos de debida diligencia para determinar que no operan con personas sancionadas por la Nica Act.

De aquí que el tema reputacional es un aspecto a tener en cuenta, pero desde un punto de vista muy práctico, el blanco de la sanción debe enfrentar retos restrictivos que limitarán enormemente su capacidad de operaciones internacionales.

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La Ley Magnitsky —que fue sancionada a finales de 2012 con la intención de castigar a funcionarios del gobierno de Rusia responsables de la muerte del contador ruso Sergei Magnitsky en una prisión de Moscú, en 2009— desde 2016 se aplica a nivel mundial y autoriza al gobierno de EE. UU. a sancionar a los infractores de derechos humanos a escala internacional, no solamente de Rusia, a congelar sus activos y a prohibirles el ingreso a los EE. UU.
se suma a otras sanciones

La Nica Act se convertirá en una enérgica ley de sanciones dirigida al actual gobierno nicaragüense que se suma a la Global Magnitsky Sanctions Regulations (Glomag), que es administrada por la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), la agencia de control financiero dependiente del Departamento del Tesoro de Estados Unidos que se ocupa de la aplicación de las sanciones internacionales estadounidenses en el ámbito financiero.

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En julio de 2018, el gobierno de EE. UU. sancionó bajo la Magnitsky Global a tres funcionarios nicaragüenses por su responsabilidad en la represión y por su participación en actos de corrupción.

A fines de noviembre, Trump firmó un nuevo decreto ejecutivo específicamente sobre Nicaragua, que habilitó al Departamento del Tesoro a sancionar a otras dos personas.

Entre los funcionarios sancionados se encuentran la vicepresidente Rosario Murillo, esposa de Ortega; el jefe de la Policía, primer comisionado Francisco Díaz; Fidel Moreno Briones, secretario general del gobierno municipal de Managua; Néstor Moncada Lau, uno de los principales asesores presidenciales; Roberto Rivas y Francisco López.

¿En qué situación queda la banca nacional con relación al cumplimiento de la sanción?

La banca nicaragüense, y todo el sistema financiero en general de Nicaragua, deberá estar muy atenta a no realizar operaciones ni prestarles servicios a las personas que sean designadas bajo la Nica Act si quieren mantener cuentas de corresponsalías internacionales, especialmente en EE. UU., y no exponerse a potenciales sanciones económicas.

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Es muy factible que los bancos internacionales que ya prestan servicios de corresponsalía a la banca de Nicaragua refuercen las exigencias y los controles para con sus pares de Nicaragua, con el objetivo de cerciorarse de que las instituciones de Nicaragua no terminen abriendo las puertas a estos actores en la lista negra, quienes pueden terminar exponiendo enormemente a los bancos de EE. UU. a severas sanciones.

Sin embargo, intuyo que la banca internacional ya conoce bien a sus pares nicaragüenses luego de años de operaciones y transacciones y sabe que estos últimos no van a poner en riesgos sus vínculos internacionales. Es posible que la promulgación de esta ley también condicione la apertura de nuevas relaciones internacionales de corresponsalías para instituciones financieras de Nicaragua que no cuentan todavía con lazos internacionales.

¿Qué pasaría si los bancos no cumplen o si permiten que terceros ligados a los sancionados operar pese a la prohibición?

Se verán expuestos a enormes sanciones. En los últimos 15 años tenemos muchos ejemplos de bancos y otras instituciones financieras que han recibido severas sanciones por el incumplimiento del llamado régimen de sanción OFAC, es decir, operar con personas o entidades que se encuentran sancionadas por EE. UU.

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En 2014, OFAC llegó a un acuerdo récord de US$963 millones con el banco francés BNP Paribas —que fue una parte de una sanción total de US$8,900 millones— para resolver una investigación de OFAC sobre la práctica sistémica por parte de BNP Paribas de ocultar, eliminar u omitir referencias a información sobre actores sancionados por EE. UU., una práctica conocida como stripping o eliminar información en los mensajes Swift para que no figure el origen o los actores de las transacciones ya que los mismos están prohibidos por OFAC.

Los tipos de sanciones

Según el experto Gonzalo Vila, las sanciones administradas por la OFAC se pueden clasificar en generales o selectivas. “Una sanción general prohíbe todas las transacciones entre el país sancionado y Estados Unidos, excepto en circunstancias especiales cuando la OFAC otorga una licencia. Esto significa que no puede haber importaciones, exportaciones, financiación de bienes, distribución de tecnología y servicios, o intermediación comercial entre los ciudadanos estadounidenses y el país sancionado. OFAC tiene sanciones generales contra varios países, como por ejemplo Corea del Norte, Sudán y Siria”, explica Vila.

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En el caso de las selectivas, añade, se puede prohibir el comercio de un producto específico entre EE. UU. y otro país o prohibir las transacciones entre EE.UU. y personas específicas, como por ejemplo los funcionarios nicaragüenses que han sido nombrados bajo la Ley Magnitsky o Nica Act.

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