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Plan B de la OEA

El 7 de febrero del presente año LA PRENSA publicó que la CIDH admitió “el caso de la reelección ilegal del dictador Daniel Ortega”; en el que se violó el derecho a ser electo de Fabio Gadea Mantilla porque su oponente, que además hizo fraude para “ganarle” las elecciones, no podría haber sido candidato a la Presidencia porque la Constitución lo prohibía (Artículo 147, a).

Sin duda, la CIDH adoptó la opinión vinculante de la Comisión de Venecia (Comisión Europea para la Democracia a Través del Derecho) del 20 de marzo de 2018, que fue preparada a solicitud del secretario general de la OEA Luis Almagro y que determinó que: (Arto. 86) “no existe un derecho humano específico y diferenciado a una reelección”, y, (Arto. 96) “el derecho a ser reelegido no es un derecho absoluto”. Es lícito limitar ese derecho y para vencer esa prohibición antes del 2011, era necesaria una reforma constitucional.

Pero el régimen, a través de la sentencia del 19 de octubre de 2009 de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), decretó que la Constitución violaba el derecho del comandante a ser reelecto. Según la Comisión de Venecia, la sentencia de la CSJ no podría restablecer un derecho que nunca existió. Por lo tanto, la CIDH debería decidir que el Estado de Nicaragua violó el derecho de Fabio a ser electo, al obligarlo a enfrentar a un candidato inhabilitado.

El 8 de mayo de 2016 se publicó la reforma permitiendo la reelección indefinida, esta vez, siguiendo el procedimiento constitucional, pero el Arto. 128 de la misma opinión (Comisión de Venecia) establece: “Cuando se proponen reformas constitucionales que aumenten o prolonguen los poderes de los altos niveles de Estado, dichas enmiendas… solo deberán surtir efecto para los mandatarios futuros y no para el funcionario en el cargo”. La reforma del 2016 no era aplicable al gobernante en esa fecha. Por tanto, su candidatura era ilícita también en 2016 violando el derecho de Luis Callejas y otros candidatos, a ser electos, y el derecho de los nicaragüenses a elegir entre candidatos legalmente habilitados… Así pues, los dos mandatos del 2012 y 2017 resultaron en una usurpación. Esto no es una sentencia, pero es la base jurídica para una decisión política.

Con el diálogo se busca la paz, la libertad de todos los presos políticos, la justicia, elecciones libres adelantadas y supervisadas. Si no funciona, vendrá el Plan B, del Grupo de Lima que con 18 votos desconoció a Maduro, en nuestro caso, seguido por sanciones.

El autor fue canciller de Nicaragua de 2002 a 2007.

Opinión Daniel Ortega OEA plan b archivo
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