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LA PRENSA/ARCHIVO

Régimen de Daniel Ortega mete estocada a los usuarios que reclamen alteraciones de facturas en Disnorte- Dissur

Se trata de una reforma eléctrica  publicada  por el Ministerio de Energía y Minas (MEM) el 5 de abril del 2019 en el diario oficial La Gaceta, número 68. Esta  modificó una normativa del  Instituto Nicaragüense de Energía (INE) del 2001.

El régimen le ha dado otra estocada a los consumidores con la aprobación de una reforma a la normativa del servicio eléctrico, luego que de manera silenciosa  en abril pasado ordenara que los usuarios que introduzcan reclamos de sus facturas eléctricas en Disnorte- Dissur y en primera instancia pierdan el caso,  para continuar el proceso de sus quejas deberán pagar una  parte del saldo en reclamo con base al promedio consumo de los últimos seis meses.

Juan Carlos López, asesor en temas de consumidores sostuvo que esta normativa busca que los con usuarios reclamen menos y mejorar la recuperación de la cartera de la empresa distribuidora de energía Disnorte-Dissur, que con la crisis ha enfrentado problemas económicos debido a que está teniendo problema de recuperación, cuyas pérdidas el régimen lo ha compensado con incrementos en la tarifa, que hasta junio roza el 10 por ciento.

“La normativa se aplica a todo aquel que tiene un contrato con la empresa distribuidora Disnorte-Dissur, esta normativa establece que el primer reclamo vos lo hacés sin ningún problema, pero si queres que tu caso continúe porque la empresa falló en contra, tenés que pagar tu consumo promedio de los últimos seis meses, de lo contrario el reclamo no va prosperar”, explicó López.

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Se trata de una reforma eléctrica  publicada  por el Ministerio de Energía y Minas (MEM) el 5 de abril del 2019 en el diario oficial La Gaceta, número 68. Esta  modificó una normativa del  Instituto Nicaragüense de Energía (INE) del 2001, en la cual no se estableció que se tenía que pagar parte de la factura para llevar a segunda instancia los reclamos por alteraciones en facturas.

El caso salió de la sombra, luego que empresarios de Carazo denunciaran la arbitrariedad que está aplicando Disnorte-Dissur, una medida que consideran los está estrangulando financieramente, dado a que una vez que pagan una cuantía de la factura en reclamo, no tienen seguridad de que van a poder recuperar ese dinero.

El delegado del Instituto Nacional de Defensa del Consumidor (Indec) de Carazo, Edwin Morales Belli señaló que las modificaciones que hicieron a la normativa no beneficia en nada a los consumidores, “porque la gente no está económicamente bien para estar pagando exorbitantes cantidades de dinero en energía eléctrica que quizás no ha consumido y ese porcentaje que se tiene que dar a la distribuidora, es como que ya pagaste la factura, por tanto no es ningún chiste, porque no te van a regresar el dinero y si en el hipotético caso hay un fallo a tu favor, tampoco te lo van a regresar y te lo van a aplicar a la cuenta del siguiente mes”, alegó.

Pero además de obligar a los usuarios a pagar gran parte de la cuantía que está en reclamo, el régimen también acortó el plazo que tiene la distribuidora para responder en primera instancia una queja.  En el numeral 7.7.3. del capítulo 7.7 de la reforma divulgada por el MEM, se establece que la empresa de distribución deberá resolver y responder en un plazo no mayor a tres días hábiles y no cinco días  como lo establecía la anterior regulación.

“El objetivo de esta reforma es que los usuarios reclamen menos y si van a reclamar al menos, Dinsorte-Dissur va tener un colchón económico de lo que pague el consumidor, la distribuidora quiere recaudar la cantidad que pueda y obviamente este procedimiento tampoco te garantiza que realmente vas a ganar el caso, al final del procedimiento la resolución puede ser negativa”, dijo López.

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Tarifa de riego afectada

Una vez que el usuario recibe una respuesta negativa en primera instancia, el régimen ordenó que para elevar la queja “ante la autoridad superior designada para resolver los recursos de revisión” de la distribuidora, el reclamante deberá pagar una tarifa que se establecerá con base al consumo promedio de los últimos seis meses.

Si el usuario no tiene un registro de consumo de los últimos seis o la tarifa promedio que se le calcula del último medio año es menor que el saldo en reclamo, la normativa establece que este deberá pagar el 75 por ciento de la factura que está en demanda.

“En aquellos casos que no existe registro de consumo que permitan aplicar los procedimientos antes definidos o cuando el consumo reclamado sea menor al consumo promedio mensual facturado previamente, el reclamante deberá enterar un pago a cuenta de la factura reclamada equivalente al 75 por ciento de la misma”, se lee en la resolución.

En otras palabras, si se tiene en reclamo una factura por 100 córdobas y el consumo de los últimos seis meses promedia 150 córdobas, entonces se obligará al usuario a que pague el 75 por ciento de los cien córdobas.

Otra medida

La resolución del MEM también establece un tratamiento para el suministro con consumo estacional, que en este caso aplican, por ejemplo, la tarifa para el riego en el sector productivo. En la disposición ordenó que estos cuando introduzcan un reclamo en segunda instancia deberán pagar el 75 por ciento de la factura en queja. Es decir no se les tomará en cuenta el saldo promedio del consumo de los últimos seis meses.

“Cuando se habla de consumo estacionales se está hablando de la tarifa de riego, específicamente eso se hizo para afectar al sector arrocero, eso te lo digo porque nosotros nos reunimos con la distribuidora y ellos nos dieron la explicación”, sostuvo López.

Les cobraron más

Enrique Garay, quien es propietario de una pulpería en Jinotepe aseguró que su factura salió alterada pero el no podría pagar el  95 por ciento de su factura para meterla a reclamo en segunda instancia.

Otro caso es de José María Velásquez, habitante de Managua, quien reclamó por un recibo de 23,721 córdobas y le exigieron depositar 21,452 córdobas, dinero con el que no cuenta, por lo que ahora está a la espera que le suspendan el fluido eléctrico.

Sin dinero, derecho se pierde

Para el defensor de los derechos de los consumidores de Carazo los más afectados son los comercios y no los consumidores de tarifa domiciliar, aunque la normativa establece la regulación para todos los consumidores.

Morales hizo un llamado a la ciudadanía nicaragüense a que se pronuncien y que exijan la derogación de las recientes reformas a las normativas del servicio eléctrico, “también le hacemos el llamado al INE, que no caiga en el juego de Disnorte-Dissur”.

Cabe destacar que el presidente de la Cámara de Energía, César Zamora, en entrevista con LA PRENSA admitió que el Gobierno este año venía ajustando la tarifa eléctrica para afrontar el incremento de las pérdidas comerciales que está sufriendo la distribuidora Disnorte-Dissur, debido a que está teniendo problemas de recaudación en el cobro de la factura, debido a la crisis sociopolítica.

Hasta junio la dictadura ha aplicado un incremento acumulado de 9.79 por ciento, situación que empeora porque el subsidio eléctrico se ha reducido fuertemente y los nicaragüenses resienten la recesión económica que vive el país después de la crisis sociopolítica.

Economía consumidores Disnorte-Dissur energía archivo

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