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Reynaldo Altamirano. LA PRENSA

Orteguismo engaveta solicitud de desaforación para el diputado del PLC, Reynaldo Altamirano

La Junta Directiva de la Asamblea recibió hace dos semanas la solicitud de los tribunales de Managua para que se levante la inmunidad al diputado Altamirano para que enfrente el proceso penal en su contra por supuesta estafa

Debido a deudas con el sistema bancario el diputado por el Partido Liberal Constitucionalista (PLC),  Reynaldo Altamirano Alaníz,  enfrenta un eventual proceso de desaforación en la Asamblea Nacional.

La Junta Directiva del Poder Legislativo recibió hace dos semanas la solicitud de una juez de los tribunales de Managua, la cual pide se suspenda la inmunidad al diputado Altamirano para que enfrente el proceso penal por supuesta estafa en su contra, proceso iniciado por un banco por incumplimiento de pago de una préstamo adquirido sobre una finca del legislador, ubicada en el municipio de Mulukukú, en la Costa Caribe Norte.

Altamirano Alaníz es diputado propietario del PLC por el departamento de Matagalpa para el período 2017 al 2021. Actualmente es integrante de las comisiones de Infraestructura y Servicios Públicos y de la de los Pueblos Indígenas Afrodescendientes.

LA PRENSA confirmó con fuentes legislativas que la solicitud de desaforación de Altamirano por parte de la autoridad judicial la recibió hace dos semanas el presidente del Parlamento, el orteguista Gustavo Porras (sancionado por Canadá y Estados Unidos por violación de los derechos humanos por su participación en la represión contra las protestas ciudadanas). Pero fue hasta este lunes 23 de septiembre que la directiva notificó de la solicitud de desafuero en su contra.

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El diputado Altamirano confirmó a LA PRENSA el proceso iniciado por parte de un banco por el incumplimiento en el pago de un préstamo que adquirió hace dos años, pero no quiso decir a cuánto asciende el monto adeudado.

Parlamentario dice que no lo han notificado, pero conoce del proceso

El legislador Altamirano considera “exagerado” que pretendan despojarlo de su inmunidad por cuanto afirmó estar en disposición de llegar a acuerdos con el banco al que le debe para saldar el préstamo.

“Mi propiedad está hipotecada con el banco. Debido a la crisis económica que todo el país sufre he tenido problemas para honrar el préstamo, pero he buscado negociar con el banco para alcanzar un arreglo. He sido claro que en lo que venda la finca les cancelo, mi propiedad vale tres veces la deuda que tengo y no me parece justo que se queden con la propiedad, pero estoy dispuesto a negociar”, dijo Altamirano vía telefónica.

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La solicitud para que se le levante la inmunidad al diputado Altamirano podría ser discutida en la Junta Directiva de la Asamblea el próximo jueves, según informó el jefe de la bancada del PLC, Jimmy Blandón.

La Ley Orgánica del Poder Legislativo establece en el Capítulo VII la “manera de proceder ante las solicitudes de declaración de privación de inmunidad de funcionarios públicos”. El artículo 152 refiere que cuando hay solicitud de desaforación de la autoridad judicial contra un funcionario, en este caso un diputado, será “recibida en Secretaría de la Asamblea Nacional la solicitud de desaforación de la autoridad judicial, se examinará el cumplimiento de lo dispuesto en la Constitución Política, la Ley N°. 83, Ley de Inmunidad y la Ley N°. 406, Código Procesal Penal”.

El artículo 154 de la Ley Orgánica del Legislativo precisa que las solicitudes de desaforación por parte de la autoridad judicial se deben “informar de inmediato a la Junta Directiva para su tramitación”, quien a su vez nombrará “de inmediato” a una Comisión Especial dictaminadora pluralista, con equidad de género y representativa del plenario e integrada por cinco diputados” para que “estudie y dictamine sobre la queja presentada”.

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Una vez integrada esa Comisión Especial, en un plazo de seis días escuchará en audiencia los argumentos del funcionario a quien se le solicita levantar la inmunidad. “La Comisión abrirá a pruebas por veinte días, contados a partir del último día de la audiencia, pudiéndose prorrogar por diez días más, a solicitud de la Comisión o del interesado ante la Junta Directiva de la Asamblea Nacional, siempre que se solicite antes del vencimiento del período de pruebas. Vencida la prórroga, la Comisión emitirá el informe del proceso de Investigación y Dictamen dentro de los diez días siguientes”, de acuerdo al procedimiento del artículo 154.

En su dictamen la Comisión Especial recomendará si procede la queja o acusación o su rechazo. De considerar que hay suficientes argumentos legales contra el funcionario afectado, en base al artículo 156 de la Ley Orgánica el dictamen de la Comisión será presentado en el plenario de la Asamblea Nacional en una sesión donde el funcionario, intervendrá en su defensa.

El artículo 157 de la Ley Orgánica del Legislativo establece que para suspender la inmunidad de un funcionario, en este caso un diputado, se requiere la votación de “la mayoría absoluta”. En caso que se desestime la acusación o queja, no se podrá seguir el caso, según la ley.

Política desaforación diputado. Gustavo Porras PLC archivo

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