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Régimen de Ortega controlará a través del Ministerio de Hacienda las compras millonarias de bienes y servicios del Estado

A través del decreto presidencial 25-2019 se está obligando al sector público realizar compras corporativas, donde el Ministerio de Hacienda y Crédito Público será el órgano encargado de los procesos de contratación

A partir del 1 de diciembre de este año, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público se convertirá el comprador único de las instituciones del Estado, luego que el régimen de Daniel Ortega ordenara a las instituciones públicas adoptar la modalidad de compras corporativas de los bienes y servicios, cuyo sistema  ya se encuentra establecido en el reglamento de la Ley 737, Ley de Contrataciones Administrativas del Sector Público, pero que nunca se había utilizado.

Hasta ahora las compras de bienes y servicios del Estado eran hechas por cada institución pública, cuyas adquisiciones se daban a conocer a través de convocatorias en La Gaceta y el portal de Nicaragua Compra.  Los oferentes privados hacían sus propuestas directas a las entidades que requirieran estos bienes y servicios. La institución que solicitaba la compra contrataba directamente al proveedor.

Basada en el decreto presidencial, Dayra Valle, especialista en contrataciones del Estado, señala que esta modalidad de compras corporativas será “prioritaria”, es decir que estaría por encima de las contrataciones ordinarias como licitación pública, selectivas, simplificadas y compra menores, las cuales  solo quedarán funcionando para  las contrataciones de obras y consultorías una vez que entre en vigencia el decreto presidencial.

También expresó que al juntar varias instituciones las compras serían millonarias, creando un proceso altamente vulnerable al tráfico de influencia, por lo cual señala que debe haber una fiscalización abierta.

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“La Ley 737 (Ley de contrataciones del Sector Público) no señala en especifico esta modalidad complementaria, sino hasta el reglamento. La modalidad de compra corporativa tiene la función de juntar a varias instituciones y hacer una sola compra de bienes y servicios, eso no se incluye las consultorías y obras. Con esta nueva modalidad va haber un comprador único que sería Hacienda”, señala Valle.

En el decreto presidencial 25-2019, que apareció en el diario oficial La Gaceta del 30 de octubre, el régimen señala que las entidades públicas tendrán 30 días para adoptar esa modalidad de compras y durante este periodo se creará una normativa de regulación de cómo funcionarán estas adquisiciones.

Hacienda controlará estas compras a través de la Dirección General de Contrataciones del Estado.

Valle advierte que al ser la Dirección General de Contrataciones del Estado el órgano rector, habría una ilegalidad ya que este “es un órgano normativo entre el comprador y el vendedor y si se convierte en el comprador único, se convertiría en juez y parte”.

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Presidencia quiere un informe de cumplimiento de la normativa

Pero además en el decreto se estableció, que después de haber entrado en vigencia, en 90 días o sea tres meses (a finales de febrero) se debe enviar un informe del cumplimiento del decreto a la Presidencia.

“El artículo 3 (del decreto) dice que a partir de su entrada en vigencia, 90 días después se tiene que mandar un informe de la compra corporativa, el cual va ser remitido a la presidencia, cuando el Estado tiene la obligación no solo de remitirla a la presidencia sino publicarla abiertamente para que la población pueda ejercer un control de la modalidad, necesitamos saber cómo está la rendición de cuentas”, señala.

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Valle explica que dicha modalidad se ha puesto en práctica en varios países, como una medida de ahorro, ya que juntar a varias instituciones para hacer una sola compra mejora la capacidad de negociación, nos obstante en Nicaragua se le debe prestar una mayor atención y en este caso se esperaría que la Contraloría General de la República ejerza su función de fiscalización.

“La compra corporativa funciona así, por ejemplo hay varias personas que quieren comprar la misma cosa, entonces dicen juntemos para comprar y mandamos a un delegado como comprador, en este caso lo que tienen que hacer las instituciones es firmar un acuerdo interinstitucional y Hacienda va seleccionar el oferente idóneo, este tipo de contrataciones hay que vigilarla porque se habla de recursos cuantiosos, porque grandes proveedores se van a llevar grandes recursos del Estado”, detalla.

De hecho el mismo régimen admite en el decreto que la misma busca “reducir los costos de transacción y aprovechar las ventajas de la economía de escala”.

Según el decreto, las contrataciones que ya estén firmadas deberán seguir hasta que estas caduquen.

Sacaría del juego a
pequeños proveedores

Valle añadió que con la contratación corporativa se estaría sacando del juego a los pequeños y medianos oferentes, porque al ser contrataciones grandes muchos no tendrá la capacidad de suplir la demanda.

Agregó que con este decreto al ministerio de Hacienda se le están dando mayor poder; y que aunque podría alegar que tiene la capacidad también debe vigilarse la gestión que hará con respecto a esta nueva modalidad de contratación.

Entre los bienes que adquiere cada año el Estado  figuran, por ejemplo, compra de fotocopiadoras, papelería, productos de limpieza, pintura, repuesto de vehículo, entre otros; cuanto a  servicios, figura el de  mantenimiento, de asesoría, de restaurantes, informático, de seguridad y otros.

El próximo año el Estado tienen planificado en gasto corriente por bienes y servicios 12,653 millones de córdobas, ligeramente superior a los 12,201 millones de córdobas programados para este año, según los informes presupuestarios.

Economía Estado de Nicaragua Ministerio de Hacienda archivo

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