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Comisionado Fidel Domínguez, Policía, familia Reyes Alonso, torturas, secuestro, toma de rehenes, allanamiento ilegal

Comisionado mayor Fidel Domínguez, el jefe de la policía orteguista en León, señalado por organismos de derechos humanos de abusos de derechos humanos, torturas, amenazas de muerte, represión selectiva y delitos considerados de lesa humanidad. LA PRENSA/TOMADO DE LA PÁGINA DE LA POLICÍA ORTEGUISTA

Tortura, secuestro extorsivo, allanamientos ilegal, toma de rehenes. Los delitos del comisionado Fidel Domínguez contra la familia Reyes Alonso

"Lo que vimos cometer contra esa familia de León, con el comisionado Fidel Domínguez dirigiendo, son múltiples violaciones a los principios y derechos constitucionales, así como delitos claramente establecidos en el Código Penal de Nicaragua", señaló el constitucionalista Gabriel Álvarez

Secuestro extorsivo, allanamiento ilegal, toma de rehenes y tortura son de los principales delitos, aunque no los únicos, que el comisionado general Fidel Domínguez y los otros policías que le acompañaron en el ataque a la familia opositora Reyes Alonso, por los que deberían ser investigados y procesados esos oficiales, de acuerdo al análisis del constitucionalista Gabriel Álvarez.

“Lo que vimos cometer contra esa familia de León, con el comisionado Fidel Domínguez dirigiendo, son múltiples violaciones a los principios y derechos constitucionales, así como delitos claramente establecidos en el Código Penal de Nicaragua”, señaló Álvarez.

El artículo 36 de la Constitución establece que “toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral. Nadie será sometido a torturas, procedimientos, penas ni a tratos crueles, inhumanos o degradantes. La violación de este derecho constituye delito y será penado por la ley”.

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Ese precepto constitucional se regula en el Código Penal, existe evidencia clara de los abusos cometidos por la Policía Orteguista (PO) contra la familia Reyes Alonso, a quienes se amarró de las manos, los golpearon, les hicieron grabar videos repitiendo consigas y compromisos de la dictadura, además de  robaron computadoras y celulares.

El pasado 25 de noviembre por la tarde la PO irrumpió sin una orden de allanamiento y de forma violenta en la vivienda de la familia Reyes Alonso, en León. Dentro de la vivienda, la Policía mantenía secuestrados a Diego Reyes, María Eugenia Alonso, Diego Reyes Alonso Jr y una señora de 94 años sometiéndolos a torturas y amenazas. Todo fue grabado por los policías quienes posteriormente difundieron el video en las redes sociales.

“Si hubiese una institucionalidad seria y democrática mínimamente funcional, inmediatamente se hubiesen abierto procesos de investigación para someter a juicio al comisionado Domínguez y a cada policía que lo acompañaba”, reclamó Álvarez.

Esas investigaciones deberían incluir a la cadena de mando en la PO, por cuanto el jurista Álvarez señaló que la actuación de los miembros de ese órgano responden a una “obediencia” de la política de represión abalada y promovida por el alto mando como en el Ejecutivo.

Comisionado Fidel Domínguez, Policía, familia Reyes Alonso, torturas, secuestro, toma de rehenes, allanamiento ilegal
La familia Reyes Alonso son reconocidos opositores al régimen lo que les ha hecho blanco del odio de la policía y los fanáticos orteguistas. LA PRENSA/ TOMADO DE REDES SOCIALES

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Una subordinación que no los exime a los oficiales de sus responsabilidades penales, porque nadie está obligado a obedecer una orden que es violatoria de los derechos elementales del ser humano, de acuerdo a las leyes nacionales e internacionales.

 Álvarez explicó que el Ministerio Público debió actuar de oficio contra los policías que cometieron el ataque a la familia Reyes Alonso. Sin embargo hasta ahora esa entidad guarda silencio como suele hacerlo en los casos en que cualquier alto funcionarios del régimen, directivos del partido Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN) o simpatizantes orteguistas comete crímenes contra manifestantes y dirigentes opositores al régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo.
Asuntos internos de la PO debió abrir también un proceso investigativo contra el comisionado Domínguez y el resto de los policías que actuaron en la agresión criminal contra la familia Reyes Alonso.

Los delitos que se habrían cometido

¿Cuáles son los delitos cometidos contra la familia Reyes Alonso? El constitucionalista Álvarez identificó el de secuestro extorsivo, allanamiento ilegal, tortura y la toma de rehenes entre algunos de los delitos tipificado en el Código Penal en este aberrante caso de abuso de autoridad policíal.
El Código Penal en el artículo 396 tipifica la toma de rehenes “como el que prive de su libertad a una o más personas y la retenga contra su voluntad con finalidad terrorista” cuya sanción será una pena de diez años de prisión. Y “si como consecuencia e los hechos descritos anteriormente, se produce la muerte o lesiones de una o más personas”, quien lo comete “será sancionado además de la pena anteriormente descrita” (10 años de cárcel), con la pena del delito que corresponda”, según ese artículo.
Según el artículo 201 del Código Penal, el delito de allanamiento ilegal “la autoridad, funcionario o empleado público que allane un domicilio sin las formalidades prescritas por la ley, será sancionado con pena de tres a cinco años de prisión e inhabilitación por el mismo período”.
“Una simple lectura de la Ley sería fácil para constatar que probablemente, en esos y otros tipos penales, se demuestra la actuación ilegal del comisionado Domínguez. Además, se violaron la propia ley de la Policía y los protocolos de actuación policíales nacionales e internacionales sobre el respeto al legalidad, a los derechos humanos, de imparcialidad y objetividad. Todos esos los hizo trizas el comisionado Domínguez”, afirmó Álvarez.
Domínguez asumió la jefatura policía en la ciudad de León el 23 de agosto del 2018. Desde entonces ha implementado el terror como forma de “seguridad”,  donde se le ha acusado de dirigir violentos ataques contra opositores.
La familia Reyes Alonso ha sido de las que más han sufrido el escarnio por parte del jefe policía de León a quien han denunciado por asedio, hostigamiento y amenazas constantes.
El artículo 164 del Código Penal establece que se comete secuestro extorsivo “quien secuestre a una persona con el propósito de exigir por su libertad un provecho, rescate o cualquier utilidad, o para que se haga u omita algo, con fines publicitarios o de carácter político“. La pena por ese delito son de cinco a diez años de prisión.
La reiterada y pública acción criminal del comisionado Domínguez denota la descomposición transversal y total de la Policía para asegurar la seguridad de la ciudadanía, debido a que en los más de 12 años de la dictadura de Ortega y Murillo su comportamiento es de un cuerpo armado partidario más del orteguismo.
Tras el estallido de las protestas ciudadanas en abril del 2018 a la PO se le atribuyen dirigir con parapolicías y grupos de choque del régimen que han cometido una serie de delitos como asesinatos, desapariciones forzadas, torturas, violaciones crímenes, detenciones ilegales calificados de delitos de lesa humanidad por organismos de derechos humanos.
La tortura está tipificada en el artículo 486 del Código Penal en su capítulo II donde se le considera entre los delitos de lesa humanidad.
“Se entenderá por tortura causar intencionalmente dolor o sufrimientos graves, ya sean físicos o psíquicos, a una persona que el acusado tenga bajo su custodia o control, sin embargo se entenderá por tortura el dolor o los sufrimientos que se deriven únicamente de sanciones lícitas o que sean consecuencia normal o fortuitas de ellas”, reza el párrafo cuatro del artículo 486 del Código Penal.
Se establecen de siete a diez años de prisión para “quien someta a otra persona a cualquier tipo de tortura física o psíquica con fines de investigación penal, como medio intimidatorio, castigo personal, medida preventiva, pena o cualquier otro fin“, de acuerdo al Código Penal.
Además la autoridad, funcionario o empleado público que realice alguna conducta característica de tortura, se le aplicará la “inhabilitación absoluta de ocho a doce años”, según la Ley.
También los superiores del funcionario”que no impida la comisión de alguno  de los hechos tipificados” como tortura “cuando tenga conocimiento y competencia para ello, será sancionado con pena de cinco a siete años de prisión e inhabilitación especial para ejercer el empleo o cargo público de cinco a nueve años”.  La misma pena se le impondrá a la autoridad o empleado público que conociendo los hechos “omita denunciar” dentro de las 48 horas siguientes, a partir del momento que los conoció.

Deterioro absoluto de la PO

El constitucionalista Álvarez señaló que las leyes establecen el procedimiento de la PO en donde se prohíbe que entren sin orden judicial a una vivienda “y menos que, sin orden de detención, se ate de las manos a las personas y se les obligue a grabar un video para que repitan consignas y perdón a un partido, en este caso el Frente Sandinista”.
“Eso es un portento a la estupidez y un monumento al atropello de la brutalidad policíal en la historia de la humanidad. Si piensan que realmente actúan bien demostraría el deterioro absoluto e irreversible de la institución policía, y si los mandos y los policías de línea piensan que esa actuación (del comisionado Domínguez) es correcta, la Policía no sirve y no debería seguir existiendo”, afirmó Álvarez.
Pero la versión más creíble para el jurista es que el comisionado Domínguez con los demás policías que agredieron brutalmente a la familia Reyes Alonso, en León, responden en desobediencia de la Constitución y demás leyes, “en protección de los intereses políticos de Ortega y Murillo, amparados en a la impunidad”.
“La Policía en Nicaragua dejó de existir y se convirtió en un feudo, lo cual evidencia la urgencia de transformarla porque el orden público está sometido a estos atropellos”, sentenció Álvarez.

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