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Proponen a jueces vaciar cárceles de Nicaragua ante pandemia del coronavirus

Abogados proponen a jueces despejar cárceles de Nicaragua por el peligro del Covid-19

La población penal en Nicaragua sobrepasa los 10 mil privados de libertad, según notas del Ministerio de Gobernación y en cada celda hay hasta 15 reos en un mismo espacio

Ante el peligro de contagio por el Coronavirus en Nicaragua, que hasta martes 31 de marzo se reportan oficialmente en Nicaragua  cinco casos positivos  abogados y familiares de reos solicitan la libertad de estos,de acuerdo a la ley, para descongestionar las cárceles que están hacinadas desde hace varios años y así disminuir la exposición al contagio.

Al respecto, la abogada de presos políticos y activista por los derechos civiles Yonarqui Martínez  presentó hoy junto a familiares de sus representados que también son presos políticos, cuatro escritos solicitando cambios de medidas cautelar y otros beneficios alternos a la prisión, como la convivencia familiar, argumentando la emergencia sanitaria.

“Es una propuesta que se le hace a los diferentes jueces locales, de distritos, de Ejecución de Sentencia y Tribunales de Apelación del país, en casos que están condenados a delitos menos graves, cuyas penas son menores a los cinco años, enfermos crónicos, que corren más riesgo de contagio mortal con el Covid-19. Esto es aplicable a todos los privados de libertad”, explicó Martínez.

 

La población penal en Nicaragua sobrepasa los 10 mil privados de libertad, según notas del Ministerio de Gobernación y en cada celda, que mide cerca de tres por dos metros cuadrados, hay entre 15 en un mismo espacio, según han denunciado los presos a sus familiares. Además, hay completa insalubridad, porque hay cortes de agua potable, la tubería es vieja y se atasca constantemente.

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Reos viejos y enfermos crónicos

Entre los escritos presentados hoy están el caso de Francisco Javier Hernández Morales, condenado a 15 meses por violencia psicológica, misma que cumplirá en junio de este año. La abogada explicó que tiene una afectación pulmonar por herida de arma corto punzante y lo hace más propenso a contraer enfermedad contagiosas, como es el caso del Covid-19.

También se presentó escrito a favor de Elíseo de Jesús Casco Baltodano quien tiene 58 años y es hipertenso, Francisco Pineda Guatemala, quien tiene el intestino de plástico y padece de mucha diarrea por condiciones insalubres dentro del sistema y Jorge García de Matagalpa,de la tercera edad y quien padece de presión alta y próstata.

La abogada Martínez  hace responsable al Ministerio de Gobernación, a los jueces y a la policía de cualquier muerte producto de la pandemia en la población penal , por no tomar medidas para disminuir la aglomeración y hacinamiento en las cárceles. “Estoy dejando constancia de lo solicitado. Cada caso va debidamente argumentado con pruebas adjuntas. Si algo les pasa la responsabilidad va sobre ellos”, recalcó la abogada.

Los casos sin condena firme

Para los casos donde aún no hay condena porque están en etapa de juicio, el abogado Boanerge Fornos explicó que el artículo 134 del Código Procesal Penal referente a  la duración del proceso, dice que todo juicio con reo detenido se deberá pronunciar veredicto o sentencia en un plazo no mayor de tres meses contados a partir de la primera audiencia. Si no hay reo detenido, este plazo se elevará a seis meses. Cuando se trate de delitos menos graves, estos plazos serán de uno y dos meses, respectivamente. En los juicios por faltas deberá recaer resolución en un plazo máximo de diez días.

En cada caso, el plazo puede ser interrumpido a petición de las partes, igualmente  lo interrumpirá el caso fortuito o la fuerza mayor. En este caso, la pandemia del coronavirus cae en este precepto legal y pueden suspenderse las audiencias de acuerdo a las circunstancias de cada caso.

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De igual manera, el artículo 172 del Código Procesal Penal establece la revisión de medidas cautelares cada mes, y cuando se estime prudente, se sustituirá por otras menos gravosas. Los abogados lo pueden solicitar.

“A fin de descongestionar los sistemas penitenciarios y las celdas preventivas ubicadas en las delegaciones policiales, los jueces y tribunales deben revisar las medidas cautelares de prisión preventiva y cuando corresponda sustituirlas por otras menos gravosas, para evitar que la pandemia del  coronavirus pueda causar estragos en la población que se encuentra privada de libertad”, recalcó  Fornos.

Si los jueces aplican estas medidas legales para descongestionar las celdas y penitenciarios, como en otros países afectados por esta pandemia, podría tener un efecto importante en el descongestionamiento de los complejos judiciales existentes en Nicaragua.

 

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