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El reo Hugo Jaens sentado a la derecha de Henry Fariñas durante una audiencia de juicio. LA PRENSA/ ARCHIVO

Fiscalía y juez expulsan del país de forma ilegal a narcotraficante condenado por el caso Henry Fariñas

Según resolución judicial, quien promovió el incidente de expulsión del reo fue la Fiscalía, el 15 de mayo de 2020, argumentando el artículo 95 del Código Penal de Nicaragua. Sin embargo, el reo no cumplía dos condiciones legales claves que lo hicieran meritorio de ser liberado y luego expulsado de Nicaragua

La juez sexto de ejecución de sentencia de Managua, María Concepción Ugarte Barillas coludida con el Ministerio Público del régimen, ordenó la expulsión del país del reo Hugo Mauricio Jaen Figueroa, quien tiene doble nacionalidad (nicaragüense-estadounidense) el 27 de mayo pasado a petición de la Fiscalía, sin que este cumpliera los requisitos para optar a dicha figura legal.

Hugo Mauricio Jaen Figueroa era el segundo al mando en la organización narco dirigida acá en Nicaragua por Henry Fariñas, exadministrador del night club Élite en Guatemala y Nicaragua. Ambos fueron condenados a 30 años de cárcel por transporte internacional de droga, crimen organizado y lavado de dinero, en el 2012 en el Juzgado Segundo Distrito Penal de Juicio de Managua.

Según resolución judicial, quien promovió el incidente de expulsión de dicho reo fue la Fiscalía, el 15 de mayo de 2020, argumentando el artículo 95 del Código Penal de Nicaragua. Dicho artículo ordena: “Las penas privativas de libertad inferiores a cinco años, impuestas a un extranjero con entrada o permanencia ilegal en Nicaragua, podrán ser sustituidas por su expulsión del territorio nacional a instancia del Ministerio Público”.

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No cumplía requisitos claves

“Esta normativa no se le podía aplicar a Jaens  porque no es extranjero, es ciudadano nicaragüense, ni la condena que cumple es menor de cinco años,  sino de 18 años”, explicó el abogado Boanerge Fornos, coordinador de Acción Penal, grupo de exfiscales críticos del sistema penal en Nicaragua.

Sin embargo, la judicial resolvió de acuerdo a la petición de la Fiscalía. “La resolución es notoriamente improcedente. Ni la Fiscalía, apegada a derecho, debió hacer la petición, porque no cumple los requisitos, ni la judicial debió otorgarla. Más bien debió cumplir con su deber de regular las acciones de la Fiscalía”, explicó Fornos.

Ahora Jaens está en libertad con la condición de no regresar al país por la misma cantidad de años a los que fue condenado en Nicaragua, según el párrafo segundo del mismo artículo 95 del Código Penal. “El extranjero expulsado no podrá regresar a Nicaragua por un período no menor al doble de la pena impuesta por el delito cometido, contado a partir de la fecha de su expulsión. Si regresa cumplirá las penas que le hayan sido sustituidas”, dice el citado artículo.

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Tratado con paños blandos desde el inicio

Según acusación del Ministerio Público, Jaens era el administrador del nigth Club Élite en Nicaragua y  manejaba los asuntos de la organización narco cuando Fariñas estaba fuera del país. Además, lo relacionaron porque en el 2005 firmó sociedad anónima ante el notario José María Henríquez Moncada  con los estadounidenses James Arthur Shackelford y Gerald James Shackelford, a quienes señalan como verdaderos dueños de la cadena de night clubs Élite en Centroamérica. Estos también fueron sacados del expediente por la Fiscalía y no fueron acusados.

La pena de 30 años de cárcel contra Jaens fue reformada en el 2014,  por magistrados de la Sala Penal Dos del Tribunal de Apelaciones de Managua, quienes la redujeron a 18 años de prisión. Según la juez Ugarte, el expulsado cumplió ocho años y dos meses de formal prisión, donde según ella estuvo bajo el estatus migratorio de ilegal, aunque es ciudadano nicaragüense.

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