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Nicaragua, murillo

Rosario Murillo cuando por primera vez apareció en público con mascarilla en la celebración del 41 aniversario de la Revolución Popular Sandinista. LAPRENSA/Tomado de medios oficialistas

Rosario Murillo defiende exoneración de IVA y no explica qué ley dio a Ortega facultad para autorizarla

«Fue el comandante Daniel Ortega que autorizó la aplicación de la exoneración», admite Murillo, pero no explica qué ley le dio esa facultad de modificar el régimen fiscal, cuando la Constitución Política de Nicaragua se lo prohíbe.

La vicepresidenta Rosario Murillo defendió este jueves la decisión de su Gobierno de exonerar, al margen de la ley, el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a servicios y productos que ofrecerán las empresas de alimentos, bebidas y hospedajes en las ferias que ellos organizarán en el marco de las fiestas patrias y aseguró que fue su esposo, Daniel Ortega, fue quien autorizó dicha medida, pese a que la Constitución Política de Nicaragua no le da facultad para modificar el régimen fiscal, cuya responsabilidad recae principalmente en la Asamblea Nacional.

Durante su intervención este mediodía, Murillo aseguró que dicha medida  fue ratificada este jueves  y que la misma se hizo porque fueron los empresarios y emprendedores que la solicitaron y que fue Daniel Ortega quien la autorizó. No obstante, Murillo no explicó en qué ley se amparó Ortega para modificar el régimen tributario de Nicaragua, una facultad que solamente, según la Constitución Política de Nicaragua, tiene la Asamblea Nacional.

El artículo 114 de la Constitución Política de Nicaragua establece que «Corresponde exclusivamente y de forma indelegable a la Asamblea Nacional la potestad para crear, aprobar, modificar o suprimir tributos. El Sistema Tributario debe tomar en consideración la distribución de la riqueza y de las rentas. Se prohíben los tributos o impuestos de carácter confiscatorio…».

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«Hoy en la mañana se ratificó, reiteró, explicó y se abundó en detalles sobre el anuncio de la medida tributaria de exoneración del IVA de los días patrios en conjunto con los empresarios turísticos, emprendedores turísticos y las autoridades del Intur, el Inifom, enfin todos los que estamos trabajando y avanzando, el pueblo nicaragüense, la expresión de empresarios, emprendedores turísticos, que solicitaron esa medida y que el comandante Daniel autorizó la aplicación de esta exoneración del Impuesto al Valor Agregado sobre las ventas que realicen los emprendimientos, los establecimientos de alimentos, bebidas y hospedajes en la feria nacional que estamos promoviendo en la campaña de promoción de nuestra Nicaragua dulce», dijo Murillo.

Murillo confirmó que la idea es que la gente salga en los días patrios, pese a la amenaza de rebrote de coronavirus que han advertido los empresarios. «A nosotros los que trabajamos, esas visitas contribuyen a que los hermanos emprendedores turísticos, los empresarios turísticos puedan asegurar el pan nuestro de cada día … además todos ganamos», enfatizó.

El régimen fiscal, que no contempla exoneraciones del IVA para eventos turísticos nacionales como el que anunció Murillo, fue modificado mediante una resolución que emitió el Ministerio de Hacienda y Crédito Público amparándose en el artículo 127 de la Ley de Concertación Tributaria numeral 16, pero la misma establece que solo se autoriza exoneración para productos agropecuarios que participan en ferias internacionales como Expica.

El numeral 16 dice: «Las realizadas en locales de ferias internacionales o centroamericanas que promuevan el desarrollo de los sectores agropecuario, micro, pequeña y mediana empresa, en cuanto a los bienes relacionados directamente a las actividades de dichos sectores».

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Los especialistas han explicado que el problema no es la exoneración, la cual no va a beneficiar a una mayoría de las empresas turísticas, sino que la misma se hace al margen de la ley y refleja cómo Ortega manosea la Constitución Política de Nicaragua. Los analistas han explicado que la decisión de Ortega de aplicar la exoneración al margen de la Asamblea Nacional, es una muestra de soberbia por parte del régimen, porque bien rápidamente pueden hacerlo por la vía legal tomando en cuenta que tienen el control del poder legislativo y con facilidad hubiese hecho la modificación.

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