14
días
han pasado desde el robo de nuestras instalaciones. No nos rendimos, seguimos comprometidos con informarte.
SUSCRIBITE PARA QUE PODAMOS SEGUIR INFORMANDO.
Michael Healy

Michael Healy, presidente de Upanic. LA PRENSA/Archivo

Cosep se queja por arbitrariedad en el proceso de registro del Beneficiario Final en el CSJ

En conferencia de prensa, Healy explicó que el Registro Público empezó a rechazar la actualización de información de las sociedades mercantiles, que deben cumplir con ese procedimiento en el marco de la creación del Registro del Beneficiario Final, creado en la Ley 1035, Ley de Reforma a la Ley 698, Ley de Registros Públicos. Esta es la razón.

El presidente del Consejo Superior de la Empresa Privada (Cosep), Michael Healy, denunció ayer que las empresas están siendo obligadas en el Registro Público de la Corte Suprema de Justicia a inscribir todos los cambios que la junta accionaria de estas han experimentado a lo largo de la creación de la empresa, lo que va contra la ley.

En conferencia de prensa, Healy explicó que el Registro Público empezó a rechazar la actualización de información de las sociedades mercantiles, que deben cumplir con ese procedimiento en el marco de la creación del Registro del Beneficiario Final, ordenado por la Ley 1035, Ley de Reforma a la Ley 698, Ley de Registros Públicos.

De no cumplir con el procedimiento, que deber hacerse también en el Registro Mercantil, las empresas “no podrán inscribir ningún documento en el Registro, ni aprovecharse de sus efectos legales; las sociedades mercantiles no inscritas no tendrán personalidad jurídica y el juez no dará curso a demandas presentadas por sujetos que debiendo estar inscritos en el Registro, no adjunten a la demanda la certificación correspondiente”, según establece la Ley 1035.

Healy explicó que en el Registro Público a las empresas les están diciendo que deben inscribir a los socios iniciales de las mismas que no estén reportados en el Registro Mercantil, de lo contrario no les permiten quedar registrados tal como lo ordenó la Corte Suprema de Justicia el pasado 2 de octubre.

Según Healy, la ley no es retroactiva y por tanto las empresas no deben inscribir a los socios iniciales de una compañía, que luego traspasaron sus participaciones a los actuales accionistas, bajo la excusa de que se debe cumplir con la Ley creadora del Registro del Beneficiario Final.

Procedimiento es ilegal, dice Cosep

A criterio del presidente del Cosep, la exigencia es ilegal, pero además conlleva a costos elevados para las empresas cumplir con ese procedimiento y “obstruye el procedimiento y la dinámica empresarial”.

Es decir, el Gobierno está intentando que las sociedades mercantiles no solo deben actualizar la información de los socios actuales de las mismas, es decir los que ya están inscritos, sino que también les está pidiendo inscribir a los socios originales de las mismas, en caso de que haya habido un proceso de traspaso de acciones en el pasado.

“Es una arbitrariedad de que el Registro esté exigiendo a las sociedades actualicen su información inscribiendo todos los traspasos de acciones efectuados por esta sociedad desde el inicio de las mismas, pretendiendo de que se actualicen todos los traspasos de acciones que una sociedad ha efectuado desde su fundación, obviando que algunas pueden tener una vida jurídica desde hace más de ochenta años, lo cual resulta imposible y costoso realizar”, expresó.

Aumenta la inseguridad jurídica

A criterio del Cosep, esta exigencia, que considera ilegal, crea un clima de inseguridad jurídica, ya que se está aplicando una norma de nueva data con efecto de retroactividad sobre hechos pasados y previos a la Ley 1035, que ordena la creación del Registro del Beneficiario Final de una empresa.

Healy insistió en que la ley no puede ser retroactiva y por tanto no se pueden regular hechos posteriores a la vigencia de una ley.

“Como Cosep hacemos un llamado a la Corte Suprema de Justicia y a la Dirección General de Registro para que enmiende este error, ya que las sociedades mercantiles inscritas en el Registro Público con anterioridad a la Ley 1035 no deben ser obligadas a actualizar los cambios en su estructura accionaria de participación o propiedad de las sociedades mercantiles realizados antes del 25 de agosto del 2020. Hacerlo conlleva violaciones a normas constitucionales contenidas en los artículos 32, 130, 160 y 183 de la Constitución Política de Nicaragua”, expresó.

Estos artículos tutelan el principio de legalidad, para evitar arbitrariedades de los funcionarios públicos, explicó.

Alistan  recursos

También el presidente del Cosep, Michael Healy, aseguró que están en proceso de finiquitar los recursos por inconstitucionalidad de la Ley de Agentes Extranjeros y la Ley de Ciberdelito y que en los próximos días introducirán en la Corte Suprema de Justicia ambos recursos.

Healy afirmó que ambas leyes son represivas y además dañarán a los más necesitados, particularmente la Ley de Agentes Extranjeros o “Ley Putin”, que busca bloquear el acceso a recursos externos de los organismos no gubernamentales que trabajan inclusive con poblaciones vulnerables.

Economía cosep archivo

Puede interesarte

×

El contenido de LA PRENSA es el resultado de mucho esfuerzo. Te invitamos a compartirlo y así contribuís a mantener vivo el periodismo independiente en Nicaragua.

Comparte nuestro enlace:

Si aún no sos suscriptor, te invitamos a suscribirte aquí