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Nicaragua, cadena perpetua, Constitución, experto Gabriel Álvarez, Código Penal, violencia contra las mujeres, opositores

La bancada del FSLN aprobó la reforma constitucional para instaurar la cadena perpetua en Nicaragua. LA PRENSA/ Foto tomada de la Asamblea Nacional.

Diputados orteguistas ratifican cadena perpetua para quienes cometan “crímenes de odio”

Los setenta diputados del FSLN ratificaron en segunda legislatura la reforma a la Constitución de la República, para incorporar la cadena perpetua para quienes cometan "crímenes de odio", que es la figura que el régimen usa para criminalizar las protestas en su contra

La cuarta arma legal del régimen sandinista para usarla en contra de la población opositora en el país quedó aprobada este lunes 18 de enero. Los setenta diputados del Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN) ratificaron en segunda legislatura la reforma a la Constitución de la República, en la que se incorporó en el artículo 37 la cadena perpetua para quienes cometan “crímenes de odio”, que es la figura usada por el régimen para criminalizar las protestas sociales.

Los parlamentarios se trasladaron hasta Ciudad Darío, en el departamento de Matagalpa, para realizar una sesión especial por el natalicio del poeta universal, Rubén Darío, la que fue convertida en una actividad político-partidaria y hasta electorera por los legisladores del FSLN.

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Tras la sesión por Darío, los parlamentarios aprobaron la reforma constitucional, con lo que concretaron la figura de la prisión perpetua para ser aplicada como “una excepcionalidad” cuando se cometan, a criterio del régimen, “delitos graves (…) en circunstancias de odio, crueles, degradantes, humillantes e inhumanas, que por su impacto causen conmoción, rechazo, indignación, repugnancia en la comunidad nacional”.

Este 18 de enero fue la primera sesión ordinaria de la legislatura del 2021 y los sandinistas la estrenaron aprobando la reforma constitucional, pese al gran rechazo que tiene esa medida por parte de sectores sociales, políticos y empresariales.

No es retroactiva, afirma Cenidh

La presidenta del Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh), Vilma Núñez, señaló a los orteguistas de faltar el respeto de la figura del poeta Rubén Darío, al haber usado su casa natal para “aprobar un instrumento más de represión para el pueblo”.

“Es una forma de intimidar, porque te aseguro que muchos familiares de los presos que hay en estos momentos deben tener miedo de que esta ley les sea aplicada, lo cual sería ilegal e improcedente porque ninguna Ley es retroactiva”, aseguró Núñez.

La defensora llamó a que los abogados de ciudadanos que enfrenten acusaciones de delitos graves, deben explicarles a sus clientes como a los familiares, que “no entren en pánico” porque, “actualmente no se puede aplicar esta pena perpetua”. “Todos los delitos cometidos antes de esta aprobación no se puede aplicar la prisión perpetua, si no será legal hasta que entre en vigencia” la reforma, dijo Núñez.

Eso será cuando se publique en La Gaceta, Diario Oficial, la reforma constitucional y se publique una edición nueva de la Carta Magna con los cambios.

El Cenidh reiteró su crítica en para el Estado de Nicaragua se ha retrocedido en materia de derechos humanos.

“Esta ley es un retroceso grave en materia penal, se profundiza la represión que se ejerce mediante el sistema penal en contra de los derechos humanos”, insistió Núñez.

Para que en el sistema judicial sea aplicada la cadena perpetua ta por “crímenes de odio”, hace falta además que se reforme el Código Penal para incorporarla. La presidenta del Cenidh explicó que “una norma constitucional no se puede aplicar penalmente, para aplicarla deben reformar el Código Penal”. Además debe definirse cuándo un crímen se comete en “circunstancias de odio, crueles, degradantes, humillantes e inhumanas”, debido a que estas son figuras ambiguas.

Así votaron

Los diputados que votaron a favor fueron los 70 del FSLN. Se opusieron 13 de la bancada del Partido Liberal Constitucionalista (PLC), faltando uno de los legisladores, Maximino Rodríguez, a la sesión de este lunes. Tampoco llegaron Brooklyn Rivera, de Yatama, ni la diputada del Partido Conservador, Wendy Guido.

Mientras los cinco de la bancada de la PLI-ALN y Apre se abstuvieron, habiendo un cambio de posición de Alejandro Mejía Ferreti, presidente de la Alianza Liberal Nicaragüense (ALN) quien se sumó al resto de su bancada. Cuando en noviembre se aprobó en primera legislatura la modificación parcial a la Constitución, Mejía Ferreti votó en contra de la prisión perpetua.

Manipulan a Rubén Darío

Gustavo Porras, presidente de la Asamblea, y a quien Estados Unidos y Canadá sancionaron por violación a los derechos humanos, dijo que la medida que aprobaron tenía la legalidad puesto que estaba “certificada la presencia del amplísimo quórum” con 88 diputados participando.

“Aquí hemos cumplido a Rubén Darío que era revolucionario”, dijo Porras al cerrar la sesión, con lo que politizó al poeta universal, al atribuirle falsamente que  tenía “el espíritu antiimperialista”.

Siguiendo con la manipulación de la figura del máximo poeta nicaragüenses, Porras hasta aseguró que la prisión perpetua era porque “le estamos cumpliendo las profecías de Rubén”, aunque no precisó a qué se refería.

Porras es uno de los principales operadores de la dictadura y responsable de dirigir la represión contra las protestas ciudadanas que estallaron en abril del 2018, según han documentado  organismos defensores de derechos humanos internacionales.

Con esta reforma a la Constitución, son cuatro leyes aprobadas por la dictadura de Daniel Ortega y Rosario Murillo para endurecer su régimen totalitario. El combo lo conforman la Ley de Agentes Extranjeros, conocida como “Ley Putin”, con la que se obliga a organizaciones, asociaciones, medios de comunicación y empresas que reciben financiamiento de fundaciones y gobiernos extranjeros, a registrarse como un “agente extranjero” ante el Ministerio de Gobernación.

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La segunda legislación represora es la Ley contra el Ciberdelito, o “Ley Mordaza”, la cual criminaliza las publicaciones de los ciudadanos en las redes sociales y medios de comunicación, que para la dictadura sean “noticias falsas”, estableciendo penas de hasta diez años de cárcel.

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La tercera es la Ley “Guillotina”, con la que se inhibe de ser candidatos en las elecciones a los opositores que sean acusados de “traición a la Patria”, por promover protestas que para el régimen sean actos de “golpismo”, o que gestionen y celebren sanciones de gobiernos extranjeros en contra de personeros, negocios e instituciones de la dictadura orteguista.

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