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De izquierda a derecha: Christian Alemán, Fernando Alemán, Manuel Tinoco, Christian Duarte, Lomje Martínez y el abogado Rafael Chávez. LA PRENSA/Archivo/Cortesía

Seis culpables por el asesinato del hermano de monseñor Jorge Solórzano

Diego Donaldo Solórzano Pérez fue asesinado el pasado 11 de enero cuando llegaba a su empresa a trabajar

Después de escuchar la declaración de 36 testigos y recibir pruebas documentales, la juez Décimo Tercero Distrito Penal de Juicio de Managua, Fátima Rosales, declaró culpables del delito de asesinato agravado a los seis implicados en el crimen del empresario Diego Donaldo Solórzano Pérez, de 75 años.

Los reos declarados culpables por el crimen son Christian Alexander Duarte Martínez, su pareja Lomje Patricia Fajardo Martínez, Manuel Tinoco Cruz, el abogado del empresario —Rafael Aguirre Chávez—; además de los hermanos Christian José (alias Melina) y Fernando Noel Alemán Toruño (alias Colombia).

El empresario Diego Solórzano, hermano del obispo de Granada, monseñor Jorge Solórzano Pérez, fue asesinado de dos impactos de bala la mañana del pasado 11 de enero. Él murió en la sala de emergencias del Hospital Antonio Lenín Fonseca.

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En el fallo de culpabilidad se establece que los hermanos Alemán Toruño fueron los autores materiales del asesinato, es decir, son quienes lo ejecutaron y los otros cuatro reos son autores intelectuales del asesinato,  o sea, son quienes lo planificaron.

En el caso de los autores intelectuales, también fueron declarados culpables por el delito de uso de falso documento.

Pruebas abundantes

Para establecer la culpabilidad de los seis acusados, la autoridad judicial se apoyó en la declaración de los 36 testigos y pruebas científicas que incriminan a los reos, tales como las pruebas de parafina que dieron positivo en el caso de los hermanos Christian y Fernando Alemán Toruño, quienes a cambio del pago de 3,000 dólares ejecutaron el crimen la mañana del pasado 11 de enero, cuando la víctima llegaba a su empresa en el barrio Monseñor Lezcano, Distrito Dos de Managua.

En el juicio, la Fiscalía también aportó como prueba dos videos donde se observa a los sicarios rondando la escena del crimen antes de asesinar al empresario Diego Solórzano.

Los sicarios quedaron grabados en una cámara de seguridad. LA PRENSA/Cortesía

En las mismas imágenes aparece el vehículo conducido por Christian Duarte Martínez  “marcando” el sitio donde  ejecutarían el crimen.

Además la Fiscalía presentó el cheque número 1022 por un monto de 60,000 dólares que la víctima emitió a nombre de Christian Duarte Martínez, en concepto de préstamo y que fue respaldado con la escritura pública número 60 hecha con datos falsos y cuya autoría el Ministerio Público atribuye al abogado Rafael Chávez, quien recibió a cambio 20,000 dólares para ser parte del engaño con el cual se apoderaron ilegítimamente del dinero del empresario.

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Igualmente, el Ministerio Público demostró en el juicio que el móvil fue la deuda de 132,000 dólares que Cristhian Duarte Martínez y su pareja Lomje Fajardo Martínez adquirieron con el empresario Diego Solórzano a través del préstamo de 60,000 dólares, que con los intereses a plazo de un año aumentaron a 132 mil. La pareja puso en garantía tres propiedades que no eran de ellos,  y el abogado Rafael Chávez se encargó de elaborar las escrituras falsas para que se les entregara el dinero.

Parte de las evidencias que presentó la Policía en la conferencia del 19 de enero. LA PRENSA/Cortesía

Fiscalía pide 30 años

Una vez que la jueza Fátima Rosales dictó el fallo de culpabilidad la noche del miércoles, la Fiscalía pidió que los seis reos sean condenados a 30 años de prisión por el delito de asesinato agravado.

Mientras que para los inculpados por uso de documentos falsos, solicitaron tres años más de encierro.

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Mientras que los abogados defensores solicitaron las penas mínimas de 25 años por asesinato agravado y seis meses por el uso de documentos falsos.

La juez anunció que la sentencia condenatoria será notificada a las partes a través de cédula judicial en el plazo establecido por la ley, que es de seis días hábiles después de emitido el fallo de culpabilidad.

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