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El Chipote

La Dirección de Auxilio Judicial (DAJ) en Managua, conocido como el nuevo Chipote. LA PRENSA

¿Qué pasa después de que los presos políticos son acusados tras estar siendo investigados en detención?

Abogados expertos en derecho penal explican paso a paso lo qué establece la ley. "Durante todas las etapas de detención deberían permitir visita a familiares amparados en el marco jurídico vigente: la Constitución y el Código Procesal Penal", indicó un jurista

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Se abre un nuevo plazo para una parte de los 34 opositores que están detenidos bajo investigación por un plazo máximo de 90 días, según los establecido en la última reforma al Código Procesal Penal (CPP), aprobada el 2 de febrero pasado. Inicia otro proceso judicial, pero se mantienen en prisión, explicaron juristas.

Las acusaciones del Ministerio Público se han efectuado en dos bloques, diferentes de acuerdo con las acusaciones de los supuestos delitos.

El primer caso es contra la extinta Fundación Violeta Barrios de Chamorro (FVBCH), en el que son 5 acusados ya detenidos, además de otras cuatro personas. El Ministerio Público informó el pasado martes 24 de agosto que pidió la ampliación de la acusación en contra de Cristiana Chamorro, exdirectora de esa Fundación, quien se encuentra detenida casa por cárcel desde el pasado 2 de junio.

La FVBCH es investigada por el supuesto delito de lavado de dinero, bienes y activos desde el 20 de mayo reciente. Ahora Cristiana Chamorro también es acusada de los delitos de apropiación y retención indebida, según el último comunicado de la Fiscalía sobre este caso.

En este mismo caso son acusadas otras nueve personas de diversos delitos, entre ellas Marcos Antonio Fletes Casco y Walter Antonio Gómez Silva, por lavado de dinero, bienes y activos y apropiación y retención indebida; gestión abusiva y falsedad ideológica. A ellos se les vencía este jueves el período de detención judicial de 90 días.

En el segundo bloque están los aspirantes presidenciales Félix Maradiaga, Juan Sebastián Chamorro y Arturo Cruz Sequeira, y los opositores José Bernard Pallais, José Adán Aguerri, Violeta Granera, Tamara Dávila y Manuel Salvador Orozco Ramírez, este último no está detenido. Todos ellos son acusados del delito de “conspiración para cometer menoscabo a la integridad nacional”, según informó el Ministerio Público (MP) en un comunicado divulgado este jueves 26 de agosto.

¿Qué implica el proceso de acusación?

Un abogado especialista en Derecho Penal, que habló con LA PRENSA bajo condición de anonimato, explicó que la acusación significa que “ya inició formalmente un proceso penal en contra de ellos” luego de haber sido investigados, aunque no hayan cumplido el máximo plazo de 90 de días de detención judicial, que se les impuso durante este proceso de investigación.

“Se supone que ya pasaron una etapa de investigación bajo detención y ahora son remitidos a juicio”, dijo la fuente anónima.

Por su parte, la abogada defensora de varios presos políticos, Yonarqui Martínez, agregó que los imputados ahora “empiezan un proceso penal normal”, conforme al Código Procesal Penal (Ley 1060) y al Código Penal, porque la última reforma a la Ley 1060 lo único que cambió es la extensión del plazo de las investigaciones.

“En este caso precisamente les aplicaron los 90 días, para que la Policía y el Ministerio Público completaran las diligencias, para poder acusar”, dijo Martínez.

La abogada Martínez además señaló que si la autoridad judicial avanza al proceso de acusación, es porque se supone que la Fiscalía tiene pruebas del delito.

Una abogada experta en Derecho Constitucional y Derecho Penal, manifestó que conforme lo establecido en el Código Procesal Penal, una vez presentada la acusación en audiencia preliminar y decretada la prisión preventiva contra los acusados, se debe programar la audiencia inicial dentro de los 10 días siguientes.

La audiencia inicial tiene como finalidad determinar si existe causa para proceder a juicio oral y público, así como iniciar el procedimiento para el intercambio de información sobre pruebas, revisar las medidas cautelares que se hayan aplicado en la audiencia preliminar y determinar los actos procesales que se realizarán previo al juicio. Los acusados, sus defensores y el Ministerio Público deberán estar presentes durante esta audiencia.

Por su parte el juez examinará la acusación y si considera que hay mérito suficiente dictará auto de remisión a juicio, en caso contrario podrá ordenar la puesta en libertad de las personas acusadas sin fundamento legal.

El juicio debe realizarse sobre la base de la acusación, y debe ser oral, público, contradictorio y concentrado y debe garantizarse el derecho a la defensa de los procesados so pena de nulidad del proceso.

¿Seguirán presos?

El Ministerio Público informó que se decretó la medida cautelar de prisión preventiva para los acusados que se encontraban bajo detención judicial, lo que significa que los opositores seguirán presos.

Martínez aclaró que a la prisión bajo investigación se le llama técnicamente “detención judicial” y durante el proceso de acusación se denomina prisión preventiva.

“La medida de prisión preventiva es una medida en un proceso ya iniciado, mientras que la detención judicial es una medida extraordinaria. Es decir, que la medida de detención judicial no es una medida restrictiva de libertad, porque sos culpable, sino que están buscando pruebas para ver si te acusan o no. Son dos cosas diferentes”, precisó Martínez.

La abogada experta en Derecho Constitucional señaló que según la legislación vigente, la prisión preventiva cabe en los casos de delitos graves y los procesados son remitidos al centro penitenciario.

“Hay que aclarar que dado que los procesos penales que se llevan contra presos políticos no tienen ningún fundamento legal, sino que son parte de la estrategia de criminalización y persecución política en contra de opositores, de tal forma que difícilmente estos procesos admiten un análisis jurídico legal, ya que están plagados de ilegalidades”, valoró la experta.

¿Ahora dónde estarán presos?

La pregunta más importante ahora es dónde cumplirán la prisión preventiva.

“Generalmente, una vez que se hace la audiencia inicial, es decir, que son remitidos a juicio, son trasladados al sistema penitenciario, pero ahorita como hay una desinformación, un hermetismo, una incertidumbre, se desconoce dónde es que van a seguir presos”, dijo el abogado penalista anónimo.

La fuente manifestó que el cambio de pasar de las cárceles de la Dirección de Auxilio Judicial —conocido como el nuevo Chipote—, al Sistema Penitenciario Jorge Navarro, conocido como La Modelo en Tipitapa, o a la Cárcel de Mujeres La Esperanza, es una disposición de la normativa del Sistema Penitenciario, no parte del cumplimiento de un mandato de la ley.

“Generalmente (esa disposición) la hacen a través de circulares o la normativa del Sistema Penitenciario, pero como le digo, eso no está en ninguno de los Códigos, ni en el Penal ni en el Procesal Penal lo va a encontrar”, precisó la fuente anónima.

La abogada Yonarqui Martínez dijo que existe la creencia general de que una vez que mandan a los presos a la cárcel La Modelo es porque están condenados, pero no es así.

“Cuando (los procesados) tienen prisión preventiva los mandan para el Sistema Penitenciario. Es más, los mismos jueces en muchas ocasiones, cuando hacen la audiencia inicial o la audiencia preliminar, le mandan oficio a los Distritos o le mandan oficio al Chipote, y le dicen que el reo tiene que ser enviado al Sistema Penitenciario Nacional. En otros casos pasan todo el proceso en las estaciones (policiales) y hasta que ya los condenan los mandan al Sistema Penitenciario”, explicó Martínez.

Los abogados y familiares de los detenidos han denunciado en reiteradas ocasiones el aislamiento al que han sido obligados sus parientes durante la detención judicial. “Durante todas las etapas de detención deberían permitir visita a familiares amparados en el marco jurídico vigente, la Constitución, el Código Procesal Penal: Principio de dignidad humana”, indicó el jurista en condición de anonimato.

¿Cuánto dura el proceso penal formal?

Es diferente para cada acusación, explicaron los dos abogados. La fuente anónima dijo que el proceso penal por la acusación de “conspiración para cometer menoscabo a la integridad nacional” debe durar tres meses lo más, según la ley.

Pero Martínez agregó que la Fiscalía puede solicitar la tramitación compleja para este caso, argumentando la pluralidad de los acusados (que son siete) y por el concurso de delito (varios delitos), lo que implica que se duplica el plazo, es decir, que el proceso se extendería 180 días.

Lea además: Las irregularidades del caso contra Cristiana Chamorro

Los opositores acusados de conspiración, inicialmente fueron acusados de “traición a la patria”, según lo establecido en la Ley de Defensa de los Derechos del Pueblo a la Independencia, a la Soberanía y la Autodeterminación para la Paz (Ley 1055).

En el caso de las acusaciones contra la Fundación Violeta Barrios de Chamorro, entre estos el delito de lavado de dinero que es el más grave, la Fiscalía ya pidió tramitación compleja desde el pasado 2 de junio que Cristiana Chamorro fue detenida, lo que implica que el proceso puede extenderse 180 días y hasta un año por reprogramaciones, dijo Martínez.

Chamorro es acusada de gestión abusiva, falsedad ideológica, además de lavado de dinero, bienes y activos en perjuicio del Estado de Nicaragua y la sociedad nicaragüense. Se agregan las acusaciones por los delitos de apropiación y retención indebida.

En este mismo caso, la Fiscalía está acusando a nueve personas más, así que la acusación cumple con la pluralidad de acusados y varios delitos.

La experta en derecho constitucional confirmó que “el proceso penal inicia con la presentación de la acusación, y puede tener una duración máxima de un año cuando se decrete la tramitación compleja”.

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