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Foto referencial. Sesión de la OEA. LA PRENSA/Archivo

La OEA podría desconocer los resultados de las votaciones en Nicaragua

La resolución aprobada por el Consejo Permanente este miércoles incluye "una valoración de las elecciones" en la próxima Asamblea General, que se realizará en noviembre

Con 26 votos a favor, 7 abstenciones y 1 delegación ausente —la de Nicaragua— la Organización de Estados Americanos (OEA) aprobó este miércoles 20 de octubre una resolución sobre la situación en Nicaragua en la que señala, entre otros puntos, “adoptar, si es necesario, otras acciones en conformidad con la Carta de la Organización de Estados Americanos y la Carta Democrática Interamericana, incluida una valoración de las elecciones del 7 de noviembre durante la 51 Asamblea General”.

“Desconocer las elecciones dependerá del texto de cualquier resolución que presente la Asamblea General (de la OEA) en noviembre, pero es un buen augurio”, indicó un especialista en diplomacia y relaciones internacionales bajo condición de anonimato. La Asamblea General está prevista a realizarse en el mes de noviembre en modalidad virtual.

El especialista consideró que la resolución aprobada este miércoles “es un firme respaldo al pueblo de Nicaragua en su lucha para recuperar la senda democrática”.

Los países que votaron a favor fueron: Belice, Brasil, Canadá, Colombia, Costa Rica, Chile, Dominica, Ecuador, El Salvador, Estados Unidos, Granada, Guyana, Haití, Jamaica, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía, Suriname, Trinidad y Tobago, Uruguay, Venezuela, Antigua y Barbuda, Bahamas.

Los países que se abstuvieron fueron: Barbados, Bolivia, Honduras, Argentina, México, Guatemala y San Vicente y las Granadinas.

El experto explicó que el no reconocimiento de los resultados de las elecciones implica “que la OEA, otros organismos multilaterales y gobiernos aliados seguirían presionando para, por ejemplo, anular resultados y convocar nuevas elecciones que cumplan con los estándares democráticos de la comunidad internacional”.

Por su parte, Eddy Acevedo, jefe de Staff y asesor senior del Woodrow Wilson Center, indicó que “en la reunión de la Asamblea General del 10 de noviembre, sospecho que los miembros de la OEA utilizarán la Carta Interamericana como guía, la que establece claramente los principios democráticos y el respeto a los derechos humanos que son temas que no existen en Nicaragua”.

Explicó que el Artículo 3 de la Carta Democrática Interamericana llama específicamente a elecciones libres y justas, “que ya sabemos no ocurrirá en Nicaragua en noviembre” y agregó que el Artículo 5 va más allá al ilustrar la importancia de los partidos políticos en una democracia, “nuevamente esto no existe en Nicaragua ya que el Consejo Supremo Electoral está controlado por el régimen de Ortega”.

“Son elementos esenciales de la democracia representativa, entre otros, el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales; el acceso al poder y su ejercicio con sujeción al Estado de derecho; la celebración de elecciones periódicas, libres, justas y basadas en el sufragio universal y secreto como expresión de la soberanía del pueblo; el régimen plural de partidos y organizaciones políticas; y la separación e independencia de los poderes públicos”.

Artículo 3 de la Carta Democrática Interamericana

El 21 octubre de 2020, la Asamblea General de la OEA, aprobó una resolución sobre Nicaragua que establecía un plazo hasta mayo de 2021 para que el régimen de Daniel Ortega reformara el sistema electoral de cara a realizar elecciones libres y justas el 7 de noviembre de ese año, cuando el país celebra las votaciones presidenciales y legislativas.

Veinte de los 34 Estados conectados en la reunión virtual votaron a favor de la resolución denominada Restablecimiento de las instituciones democráticas y el respeto a los derechos humanos en Nicaragua, mediante elecciones libres y justas. Nicaragua y San Vicente y las Granadinas votaron en contra, y 12 Estados se abstuvieron, entre estos México, Argentina, Honduras y Guatemala.

El régimen de Nicaragua aprobó el 4 de mayo de 2021 reformas a la Ley Electoral que, de acuerdo con analistas independientes y la comunidad internacional, no garantizan un proceso electoral legítimo y transparente. Al tiempo que se realizó la elección de magistrados al Consejo Supremo Electoral (CSE), en su mayoría afines al partido de gobierno.

Tras estas reformas, el régimen de Daniel Ortega inició el encarcelamiento de opositores, entre ellos siete precandidatos presidenciales y otros miembros de organizaciones opositoras, críticos independientes y defensores de derechos humanos, en su mayoría acusados por el supuesto delito de “conspiración para cometer menoscabo a la integridad nacional”.

OEA ya ha desconocido elecciones

En diciembre del año pasado, la OEA desconoció las elecciones de Venezuela a través de una resolución para desconocer las elecciones parlamentarias, sin participación de la oposición y criticadas por Estados Unidos, la Unión Europea y varios países de América Latina. La resolución venezolana tuvo 21 votos a favor, tres más de los que se requerían para ser aprobada.

La resolución sobre Venezuela expresa que las elecciones no fueron «libres ni justas de conformidad con las condiciones establecidas en el derecho internacional», en un contexto donde no han sido liberados los presos políticos y hay una «falta de independencia de la autoridad electoral».

La Asamblea General

La OEA en su sitio web explica que la Asamblea General es el órgano supremo de la Organización de los Estados Americanos y está compuesta por las delegaciones de todos los Estados Miembros, quienes tienen derecho a hacerse representar y a emitir su voto. La definición de los mecanismos, políticas, acciones y mandatos de la organización.

El Artículo 56 de Reformas al reglamento de la Asamblea General señala que “para reconsiderar una decisión tomada por el Plenario de la Asamblea General, por la Comisión General, o por una subcomisión o grupo de trabajo se requerirá que la moción correspondiente sea aprobada por el voto de las dos terceras partes de las delegaciones que integren esos cuerpos”.

Sus atribuciones se encuentran definidas en el Capítulo IX de la Carta que señala, en su artículo 57, que la Asamblea se reunirá anualmente en la época que determine el reglamento y en la sede seleccionada conforme al principio de rotación. En circunstancias especiales y con la aprobación de los dos tercios de los Estados Miembros, el Consejo Permanente puede convocar a un período extraordinario de sesiones de la Asamblea General. Todos los Estados Miembros tienen derecho a hacerse representar en ella y a emitir un voto cada uno.

Lea también: La OEA desconoce las elecciones parlamentarias de Venezuela y denuncia la consolidación de una «dictadura»

La Resolución aprobada este 20 de octubre

Los puntos de la resolución son los siguientes:

  1. Reiterar su llamado para la liberación inmediata de los candidatos presidenciales y de los presos políticos.
  2. Expresar su grave preocupación por la circunstancia de que los intentos del Consejo Permanente de comprometer al Gobierno de Nicaragua a la celebración de elecciones libres y justas han sido ignorados.
  3. Tomar nota con alarma del deterioro de la situación de los derechos políticos y derechos humanos en Nicaragua y del empeño del Gobierno de Nicaragua de minar el proceso electoral.
  4. Urgir con vehemencia al Gobierno de Nicaragua a poner en práctica sin demora los principios de la Carta Democrática Interamericana, así como de todos los estándares internacionalmente reconocidos, incluidas las reformas electorales acordadas, con vistas a celebrar elecciones libres, justas y transparentes tan pronto como sea posible, bajo observación de la OEA y otra observación internacional creíble.
  5. Adoptar, si es necesario, otras acciones en conformidad con la Carta de la Organización de Estados Americanos y la Carta Democrática Interamericana, incluida una valoración de las elecciones del 7 de noviembre durante la 51.a Asamblea General.

“La situación de Nicaragua”

El proyecto de resolución fue presentado por las misiones de Canadá, Antigua y Barbuda, Chile, Costa Rica, Ecuador, Paraguay y Uruguay.

“No hemos pedido este punto para juzgar a nadie, porque en todo caso estaríamos faltando al debido proceso, tal como lo han tenido centenares de líderes políticos en Nicaragua que hoy están tras las rejas por el solo hecho de pensar distinto”, comentó Issa Kort, embajador de Chile.

Consideró que la resolución aprobada este miércoles “es un firme respaldo al pueblo de Nicaragua en su lucha para recuperar la senda democrática”.

La representación de Nicaragua pidió la palabra al iniciar la sesión y mantuvo su negativa a la discusión de los temas nicaragüenses en el encuentro del Consejo Permanente de la OEA. Durante la votación Nicaragua ya no se encontraba y estuvo ausente durante la aprobación de esta resolución.

Previo a la sesión envió una “nota de protesta” «El 20 de octubre 2021, se ha convocado al Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos, OEA, para conocer, entre otros puntos, aspectos que corresponden única y exclusivamente a la decisión de los ciudadanos y ciudadanas nicaragüenses. Nuestro país, expresa categóricamente que no aceptamos discutir ni juzgar, los actos de soberanía que el pueblo nicaragüense, en ejercicio de sus derechos fundamentales realiza para vivir, conforme nuestras leyes y normas sociales», indica la nota.

Lea además: OEA discutirá situación de Nicaragua, pero el régimen no asistirá en «protesta». ¿Qué se puede esperar?

El Consejo Permanente de la OEA también aprobó en junio, una resolución sobre la situación de Nicaragua la cual fue aprobada por 26 de 34 países. La resolución demandaba elecciones libres y justas y «condena el arresto, acoso y restricciones arbitrarias impuestas a los posibles candidatos presidenciales, a los partidos políticos y a los medios de comunicación independientes». La Resolución pide «la inmediata liberación de los posibles candidatos y de todos los presos políticos».

Política elecciones en Nicaragua Nicaragua OEA archivo

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