Martha Vásquez
El abogado Álvaro Leiva denunció ayer al juez Henry Olivares, del Juzgado Séptimo Local Penal de Managua, por violentar el principio de oralidad en la causa que se lleva contra Telémaco Talavera, rector de la Universidad Nacional Agraria, por acoso laboral contra dos periodistas extrabajadores de dicha universidad.
Talavera y otros funcionarios acusados, no se presentaron ayer a la audiencia inicial con carácter preliminar a la que estaba citado a las 2:00 p.m., donde sí comparecieron las perjudicadas María Lidia Bermúdez y Jennifer Centeno.
Durante la audiencia, el juez Olivares dio a conocer a las partes presentes que la abogada de Telémaco, Sayda Pérez, presentó en un último momento un escrito donde se oponía a la admisibilidad de la acusación por acoso laboral y lesiones sicológicas y solicitaba que se archivaran las diligencias.
Ante esto, Leiva solicitó al judicial que declarara rebelde a Telémaco por no comparecer a la audiencia y desacatar una cita judicial sin justificación, pero el juez decidió aceptar el documento escrito y dijo que se pronunciará en base a eso. “El juez está violentando el principio de oralidad del proceso, porque en materia penal ambas partes deben comparecer ante el juez y expresar de viva voz su intervención y petición, como manda la Ley, pero aún así el juez no dio cabida a mi petición y dijo que resolverá en base al escrito enviado de último”, dijo Leiva.
Las demandantes una vez más expresaron sentirse violentadas en sus derechos y esperarán la resolución del juez. Leiva dijo que estarán buscando los mecanismos para seguir buscando justicia para sus dos representadas.
La Red de Mujeres contra la Violencia se presentó a la audiencia para dar acompañamiento a las perjudicadas y mantuvo su posición que cuando el agresor es un personaje reconocido, como Talavera, goza de privilegios en el sistema judicial y muchas veces el delito queda impune.
RECHAZADA EN JUZGADO DE VIOLENCIA
La acusación contra Talavera fue interpuesta en un Juzgado de Violencia, pero fue rechazada, según la judicial de ese despacho porque no contenía delitos contenidos en la Ley 779 o Ley Integral contra la violencia hacia las mujeres. Por eso fue remitida a este Juzgado Local.
Para entonces Herenia Amaya, miembro de la Red de Mujeres contra la Violencia, expresó que una vez más queda en evidencia que hay mala interpretación de la Ley 779 de parte de funcionarios públicos, entre estos policías, fiscales y jueces, ya que la juez suplente de Violencia, Rosa Aracely Rubí no debió rechazar la causa de las dos extrabajadoras de la UNA.
“Cada quien lo hace a su manera y esto representa un gran obstáculo en la aplicación de la Ley. El resultado es la denegación de acceso a la justicia a las mujeres”, dijo Amaya.
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