Gloria Picón, Lucía Navas y Humberto Galo
Desde que se conoció la Ley que otorgó la concesión del Gran Canal a una empresa china tanto la oposición, como académicos y expertos en derecho constitucional han señalado que dicha Ley violenta un sinnúmero de artículos de la Carta Magna. Sin embargo, Edwin Castro, jefe de la bancada Sandinista, asegura, desde su perspectiva de académico, que no hay tal roce constitucional.
“He revisado de cabo a rabo la Ley del Canal y esta no tiene ningún roce constitucional y lo digo con toda la seriedad académica, obviamente quien quiera recurrir por inconstitucionalidad tiene todo el derecho, este es un país garantista, un país democrático, pero no auguro progreso en una inconstitucionalidad de la ley, porque no la tiene”, afirmó Castro.
Mientras tanto Soon Taen Kim, embajador saliente de Corea del Sur en Managua, afirma que en su país habría empresas interesadas en participar en la construcción del Gran Canal Interoceánico en Nicaragua, especialmente de las constructoras de buques comerciales.
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No obstante, varios académicos han señalado que la Ley que otorgó la concesión del Gran Canal violenta los artículos: 1, 2, 5, 6, 7, 10, 27, 44, 46, 49, 60, 81, 82, 83, 87, 89, 90, 99, 100, 102, 105, 131, 182, 183, por mencionar los más importantes.
VISIÓN SESGADA DE CASTRO
Para el doctor Óscar Castillo, experto en derecho constitucional, la visión de Castro no va a ser académica sino sesgada al interés político e ideológico, lo cual no es reprochable dado que defiende los intereses del partido, que fue quien aprobó la ley. Sin embargo, sostiene que las violaciones a la Constitución son varias empezando por el principio de soberanía e independencia del país.
Otro bloque que se violenta tiene que ver con el derecho de propiedad privada, cuando se habla de la justa indemnización, pero que no sea amañada como queda en la ley, que incluso da pie a la confiscación y deja indefenso al ciudadano.
A criterio de Castro el valor justo y razonable es el catastral y que si lo que desean es el precio de mercado que declaren y paguen sus impuestos con ese valor. “Entonces que lo declaren y paguen impuestos sobre ese nuevo valor, pero, por qué solo hasta la hora que se necesita vale eso, aquí jugamos con lo que me convenga o con la ley y la ley es justa y pareja”, sostuvo.
CAMINO PARA COMETER ABUSOS
“En la ley se priva el interés particular y no el interés público y ahí se cometen abusos, es un camino para cometer abusos, no estamos diciendo que la ley de entrada dice que pierde todo mundo, sino que se van a cometer abusos invocando ese carácter literal que la Ley de Concesión, que es una ley particular, está sobreponiéndose a una ley de orden general que es la Ley de Expropiación”, indicó Castillo.
Castro añadió que muchas de las cosas que se están diciendo se adelantan al proceso, ya que la Ley lo que abre es la posibilidad del estudio para decir dónde y cómo se va a hacer el Canal. “Pero algunos están reaccionando como que ya se ha decidido y ya se está diciendo que es inconstitucional, porque vamos a dañar el río o el lago, ¿cómo lo saben si no saben por dónde va a pasar?”.
En el punto 8.1 del Acuerdo Marco (MCA) dice que la comisión deberá garantizar a cualquier subproyecto, ya sea el canal húmedo, el canal seco, aeropuertos, puertos de aguas profundas, zonas de libre comercio y demás los siguientes beneficios: Título de dominio o, si se requiere, un título equivalente a uso y posesión, junto con el derecho exclusivo de poseer, ocupar, usar o realizar cualquier actividad en todas las propiedades del Gobierno o las de dominio privado que fueren razonablemente necesarias o deseables para desarrollar u operar un subproyecto.
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