Rezaye Álvarez M.
El estudio de factiblidad ambiental para la construcción del Canal Interoceánico que elabora la empresa Environmental Resources Management (ERM), no será analizado por el Ministerio de Ambiente y los Recursos Naturales (Marena).
En el artículo cuatro de la Ley 840, la comisión “es el órgano de Gobierno responsable de la supervisión del uso racional y sostenible de los recursos naturales, la protección del ambiente y biodiversidad del área geográfica de influencia alrededor del área de construcción del Gran Canal Interoceánico de Nicaragua dentro del marco de tratados vinculantes, convenciones internacionales y legislación nacional”.
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En una carta enviada por la titular del Marena, Juana Argeñal, al ambientalista Centro Humboldt en respuesta a la solicitud de información del organismo no gubernamental sobre el proceso de evaluación de impacto ambiental para el Canal, ella aclara que la Ley 840 le otorga esas funciones a la comisión del Gran Canal Interoceánico de Nicaragua.
Argeñal aclara al organismo que se está realizando un estudio de factibilidad ambiental y no uno de evaluación de impacto ambiental, como manda la legislación ambiental nacional.
“Quisiera informarle que la ley 840 otorga funciones a la comisión del Gran Canal Interoceánico de Nicaragua y en el marco de esta institucionalidad se ha definido que el estudio de factibilidad ambiental lo realice la empresa ERM…”, dijo textualmente la funcionaria.
Según Víctor Campos, subdirector del Centro Humboldt, la diferencia entre un estudio de factibilidad y uno de impacto ambiental, es que la factibilidad es un término más empresarial que solo evalúa si el área donde se realizará el proyecto es viable, mientras que en un estudio de impacto ambiental se evalúan los posibles daños al ambiente y se planifican medidas de mitigación.
APROBACIÓN INMEDIATA
En la carta Argeñal mencionó que espera que el estudio de factibilidad ambiental esté listo para junio de 2014 y resolverlo en 14 días.
El nuevo marco jurídico que establece la Ley 840 es resolver el permiso ambiental en 14 días, mientras que en el procedimiento normal que establece la legislación nicaragüense, el Marena tiene ocho meses para estudiar su viabilidad y otorgar los permisos ambientales.
Para Campos “un estudio de esa complejidad técnica no es para que se pueda resolver en 14 días, no hay equipo técnico en el mundo que pueda en un plazo tan breve revisar las implicaciones ambientales de una obra de tal complejidad”.
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