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Clínicas móviles, campaña electoral, FSLN; CSE

Una de las clínicas móviles que pertenecen al Minsa estuvo en el barrio Monimbó en el municipio de Masaya, el lunes pasado, donde fue evidente el uso de la propaganda electoral del FSLN. LA PRENSA / MANUEL ESQUIVEL

Clínicas públicas en campaña del FSLN

El gobernante Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN) repite la práctica de utilizar las clínicas móviles propiedad del Estado como propaganda electoral, que está prohibida por la Ley Electoral (331)

El gobernante Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN) repite la práctica de utilizar las clínicas móviles propiedad del Estado como propaganda electoral, que está prohibida por la Ley Electoral (331). A las clínicas móviles que administra el Ministerio de Salud (Minsa) se les colocó propaganda de la pareja presidencial y el eslogan partidario, y son utilizadas en la campaña en las votaciones municipales del 5 de noviembre próximo.

Esta semana en el barrio Monimbó, en el municipio de Masaya, personal del Minsa llegó para dar consultas a la población en una clínica móvil rotulada con las imágenes del presidente y la vicepresidenta designados por el Consejo Supremo Electoral (CSE), Daniel Ortega y Rosario Murillo.

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Campaña para el FSLN

Y aunque se promueve el culto a la personalidad de la pareja presidencial, el FSLN solo permite campañas para su partido, no de los candidatos, por lo que esta sería propaganda electoral. Las clínicas las usó el partido sandinista como parte de su propaganda en las votaciones nacionales del 2016 y, pese a que fue denunciado, ni el CSE ni la Fiscalía electoral sancionó al FSLN con base en las prohibiciones de la Ley 331.

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Rosa Marina Zelaya, expresidenta del CSE, recordó que “la Ley Electoral es muy clara de que no puede ningún partido político utilizar los bienes del Estado para hacer campaña partidaria a su favor ni en contra de nadie”. “Es gravísimo esa violación en la Ley Electoral”, lamentó Zelaya.

Prohibición expresa

La expresidenta del CSE, Rosa Marina Zelaya, consideró que la Organización de Estados Americanos (OEA) como observador de las elecciones municipales “debe monitorear” las irregularidades en el proceso “y el uso de propiedad pública como propaganda debe incluirse”.

El artículo 107 de la Ley 331 “prohíbe el uso de bienes propiedad del Estado para fines de propaganda política”.

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