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Policía Orteguista

La mamá y la hermana del autoconvocado asesinado por la Policía muestran los récord policiales de sus familiares. LAPRENSA/CORTESÍA

Familiares de jóvenes atacados en León desmienten versión de la Policía Orteguista

La Policía también los señala de tener antecedentes por robo con violencia, robo con intimidación y violación de domicilio, lo cual es falso, según archivo de la misma PO y de los juzgados leoneses.

Familiares de Bryan Yeraldine Murillo López, asesinado en su casa la madrugada del miércoles pasado en León, por oficiales de la Policía Orteguista (PO), y de Kenner Javier Murillo López y Javier Feliciano Cortez Castillo, heridos de gravedad en el mismo acto brutal, desmintieron con récord policial en mano la versión de dicha institución, que los señaló de ser “prófugos por delitos de gravedad”, mediante un comunicado de prensa.

En dicho comunicado, la PO también los señala de tener antecedentes por robo con violencia, robo con intimidación y violación de domicilio, lo cual es falso, según archivo de la misma PO y de los juzgados leoneses.

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Marina López y Karen López (madre y hermana, respectivamente, del fallecido), con documentos emitidos por la propia Policía ayer en la mañana, demostraron que sus familiares no poseen antecedentes en los archivos de la institución del orden público ni han sido condenados por ninguna causa en tribunales de justicia, por lo tanto, no tienen ningún antecedente penal.

“No posee antecedentes”, dice el récord de policía de ambos jóvenes, emitidos por la misma institución. Luego fue bloqueado el acceso informático al expediente, según familiares.

Policías del dictador entraron disparando

El ataque policial fue aproximadamente a las 4:30 de la mañana del miércoles 17 de julio en el reparto Guadalupe, en León, cuando más de diez oficiales armados entraron violentamente a la casa de Marina López y sin mediar palabras empezaron a disparar dentro de la vivienda.

“Mi hijo (fallecido) se corrió por el pasillo, porque estaba dormido en la sala y hasta ahí lo siguieron ellos (los policías orteguistas), lo balearon; salió del otro cuarto Kenner y también le dispararon, igual pasó con el otro (Javier), como perros y ensangrentados los montaron a la patrulla”, relató doña Marina.

Tuvo falta, pero no fue condenado

Bryan Yeraldine Murillo López, quien fue enterrado ayer, es el único que tuvo una causa en el Juzgado Segundo Local Penal de León, en agosto de 2016, por falta penal (posesión menor de estupefacientes), la cual no amerita cárcel, pero la juez Gladys Berríos Mendoza clausuró el caso en agosto de 2017, por prescripción de la acción penal. Es decir, la PO abandonó el caso y se venció.

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El abogado y exfiscal departamental Boanerge Fornos explicó que una persona posee antecedentes penales si antes fue juzgada por la comisión de un hecho delictivo con un resultado de culpabilidad y que esté con sentencia firme, pero en el caso de Murillo López ni siquiera se le puede tomar como antecedente porque nunca fue juzgado.

Además, explicó Fornos, el supuesto nuevo delito cometido por la misma persona tiene que ser de la misma familia de delitos por el que fue condenado, es decir, por ejemplo: delitos contra la vida (asesinato u homicidio), si comete un nuevo hecho delictivo de la misma naturaleza, por ejemplo un parricidio y es encontrado culpable nuevamente, le será tomado como antecedente, siempre que sea dentro de un plazo de cinco años, y le agravará la pena, según artículo 36, numeral 9 del Código Penal.

Su delito fue hacer patriotismo

Según doña Marina, mamá del fallecido, el único delito de su hijo fue hacer patriotismo, participar en marchas y tranques en respuesta a la represión del régimen de Daniel Ortega en ese departamento ubicado en el occidente del país, donde iniciaron las protestas cívicas en abril del 2018.

Los otros dos lesionados se encuentran estables por el momento en el Hospital Escuela Óscar Danilo Rosales Argüello (Heodra), en León.

Policía arbitraria y desproporcionada

Para la abogada Yonarqui Martínez, la Policía actuó de forma arbitraria y desproporcionada en una evidente violación a derechos humanos, es responsable de esa muerte desde el momento que allanó una vivienda en horas inhábiles con exceso de fuerzas (más de diez efectivos fuertemente equipados con armas de alto calibre), contrario a la “legítima defensa” que alegan en su nota de prensa.

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“El testimonio de los familiares es importante porque vemos que la forma en que operaron es irracional e ilegal. Si analizamos, hay alevosía, la víctima no pudo defenderse, estaban dormidos (eran las 4:30 a.m.), desarmados, mientras los policías tienen ventaja y abuso de superioridad en número de efectivos y armas cuando realizan la acción (AK versus supuestos machetes, jamás están en iguales condiciones)”, expresó Martínez.

La abogada agregó que “evidentemente es un asesinato y los efectivos involucrados deben ser procesados, a ellos no los cubre la Ley de Amnistía”, dijo Martínez.

En el mismo sentido, el abogado penalista Elton Ortega explicó que la Policía no aplicó las normas de prevención ni las normas de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para agentes encargados de aplicación de la ley, que establecen que el uso de armas de fuego es en última instancia y no a priori, a como sucedió en este caso.
“Fue un actuar totalmente contrario a las normas de respeto elemental a los derechos humanos. En un país con respeto al Estado de Derecho tendría que haber una investigación formal, independiente y rigurosa, para deslindar responsabilidades y enjuiciar a quien corresponda por la muerte y las lesiones ocasionadas a estas personas”, dijo Ortega.

No existe legítima defensa

Según el artículo 34 del Código Penal de Nicaragua, numeral 4, se obra en legítima defensa de la persona o derechos propios o ajenos, siempre que concurran los requisitos siguientes.

a) Agresión ilegítima; en caso de defensa de los bienes se considerará agresión ilegítima, el ataque a los mismos que constituya delito y los ponga en grave peligro de deterioro o pérdida inminentes.

En este caso no hubo agresión de parte de las víctimas porque estaban dormidas en su casa de habitación, dijo la abogada Yonarqui Martínez. Más bien, a ellos se les violó su morada.

b) Necesidad racional del medio empleado para impedir o repeler la agresión: no está justificado el uso de armas, porque los jóvenes estaban en estado de indefensión dormidos, desarmados y un machete jamás será proporcional a un supuesto machete.

c) Falta de provocación suficiente por parte del defensor: por lo contrario, fueron los policías quienes llegaron a invadir la morada de las víctimas.

Nacionales León archivo

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