El coordinador de la bancada del Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN) en el parlamento, Edwin Castro, defendió ayer la publicación de una Constitución por parte de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), como lo anunció el lunes el ex magistrado Rafael Solís.
En esa Constitución, que editaría la CSJ, se incluiría el segundo párrafo del artículo 201 de la Constitución de 1987, que de acuerdo con expertos legales y opositores era transitorio, el cual dice que los magistrados de aquella época se mantendrían en sus puestos mientras no se escogiera a sus sucesores.
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“Los poderes del Estado están autorizados para imprimir la Constitución. Si hay un artículo que no ha sido derogado, tiene que ser incluido. Si está vigente, hay que publicarlo”, adujo Castro.
NI LOS CPC LO HICIERON
Desde el lunes, el primer secretario del parlamento, el liberal Wilfredo Navarro explicó que en el año 2004 la Asamblea Nacional publicó una edición oficial de la Constitución, aclarando que el artículo 201 era transitorio.
Por su parte el diputado por la Bancada Democrática Nicaragüense (BDN), Eduardo Montealegre, señaló que ni siquiera las copias de la Constitución publicadas por los Consejos del Poder Ciudadano (CPC) incluyeron el polémico segundo párrafo del artículo 201.
En tanto, el segundo vicepresidente de la Asamblea Nacional, Carlos García, de la Alianza Liberal Nicaragüense (ALN), criticó que en Nicaragua el Poder Ejecutivo quiera imponer sus decisiones.
“Ésas son las incongruencias que tenemos dentro de los poderes del Estado, ésas son las interpretaciones que dan unos y las malas interpretaciones que dan otros. Desgraciadamente vivimos en un país donde cada quien hace lo que quiere y aquí se quiere instaurar que todo se haga como el Poder Ejecutivo quiere”, dijo García.
SÓLO LA ASAMBLEA PUEDE
“La Asamblea Nacional es la que debería emitir el texto oficial, inclusive la Asamblea Nacional resguarda una Constitución Política y en todo los actos solemnes todos la vemos. La edición oficial le corresponde a la Asamblea, pero ciertas editoras publican la Constitución y no hay derechos de autor para la Asamblea Nacional”, añadió García.
El FSLN revivió dos meses atrás el párrafo segundo del artículo 201 de la Constitución de 1987, para mantener de facto en sus cargos a 25 funcionarios de Estado.
En el parlamento siguen las negociaciones para escoger a los altos cargos y los magistrados del Poder Electoral son la supuesta manzana de la discordia.
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